RESOLUCIÓN 1285 2014 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

 PROGRAMA PARA LA EMISIÓN DE LA SERIE 10 DE TÍTULOS DE DEUDA PÚBLICA  A MEDIANO PLAZO- FACULTA A LA SUBSECRETARÍA DE FINANZAS Y-O A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO A EFECTUAR LOS TRÁMITES Y SUSCRIBIR LOS INSTRUMENTOS CONTRATOS Y DOCUMENTACIÓN PARA LA OPERACIÓN VOLUNTARIA DE ADMINISTRACIÓN DE PASIVOS AUTORIZADA - EMISIÓN DE TÍTULOS DE DEUDA PÚBLICA - PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA - APRUEBA MODELOS -  NOVENO SUPLEMENTO DEL CONTRATO DE FIDEICOMISO - TRUST DEED -  CONTRATO DE SINDICACIÓN - CONTRATO DE AGENTE DE LA OFERTA DE RECOMPRA -  ACUERDO DE LICITACIÓN PARA LA OFERTA - PROSPECTO Y SUPLEMENTO - HSBC SECURITIES (USA) INC. - J.P MORGAN SECURITIES LLC - BANK OF AMÉRICA CORPORATION - THE BANK OF NEW YORK MELLON - MINISTERIO DE HACIENDA

Publicación:

29/07/2014

Sanción:

23/07/2014

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

La Ley N° 5.014, el Decreto N° 281-GCBA/2014 y la Resolución N° 1.197-

MHGC/2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.014 se autorizó al Poder Ejecutivo a efectuar, a través del

Ministerio de Hacienda, una operación voluntaria de administración de pasivos en los

términos de los artículos 85 y 92 de la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión,

Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad, su

reglamentación y disposiciones concordantes, mediante la emisión, en su caso, de

títulos de deuda pública en el marco del Programa de Asistencia Financiera,

instrumentado por la Ordenanza N° 51.270 del 21 de diciembre de 1996, con las

modificaciones introducidas por la Ley 323, el Decreto N° 557/2000, las Leyes N°

2789, 3152, 3380, 3753, 3894, 4.037 y por la ley N° 5.014 y disposiciones

concordantes, por un importe de hasta dólares estadounidenses ochocientos noventa

millones (U$S 890.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas (en

adelante, los "Títulos");

Que el artículo 4° de la Ley 5.014 autorizó al Poder Ejecutivo a efectuar, a través del

Ministerio de Hacienda, los trámites correspondientes y suscribir todos los

instrumentos, contratos y documentación necesaria y/o conveniente a fin de dar

cumplimiento a los artículos precedentes, para que por sí o por terceros actúe en la

instrumentación, emisión, registro y pago de los Títulos autorizados por esa Ley;

Que, a su vez, el artículo 5° de la Ley N° 5.014 autorizó al Poder Ejecutivo, a través

del Ministerio de Hacienda, conforme las pautas establecidas en el artículo 2° de esa

Ley, a dictar las normas reglamentarias y/o complementarias que establezcan las

restantes condiciones necesarias para el cumplimiento de dicha ley, así como la

instrumentación de acuerdos de cobertura de riesgo cambiario ya sea por medio de

operaciones de cobertura de monedas y/o de tasas de interés;

Que, en el sentido de lo antedicho, mediante la Resolución N° 1.197-MHGC/2014 se

seleccionó la oferta presentada por el consorcio compuesto por HSBC Securities

(USA) Inc., J.P Morgan Securities LLC y Bank of America Corporation para que actúen

como colocadores en las operaciones de crédito público autorizadas por la Ley N°

5.014, en el marco del Programa de Asistencia Financiera instrumentado por la

Ordenanza N° 51.270, del 21 de diciembre de 1996, con las modificaciones

introducidas por la Ley N° 323, el Decreto N° 557/2000, las Leyes N° 2.789, 3.152,

3.380 y 3.894, en la suma de dólares estadounidenses ochocientos noventa millones

(U$S 890.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas;

Que la Ley N° 2.095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad en su artículo 4°

inciso f) excluye expresamente de su aplicación a los contratos comprendidos en

operaciones de crédito público;

Que resulta necesario aprobar los modelos de: (i) Noveno Suplemento del Convenio

de Fideicomiso (Ninth Supplemental Trust Deed) a suscribir entre el Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y The Bank of New York Mellon; (ii) Contrato de

Sindicación (Syndication Agreement) a suscribir entre el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, HSBC Securities (USA) Inc., J.P Morgan Securities LLC y

Bank of América Corporation actuando a través de Merrill Lynch, Pierce, Fenner and

Smith Incorporated; (iii) Contrato de Agente de la Oferta de Recompra (Dealer

Manager Agreement) a suscribir entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, HSBC Securities (USA) Inc., J.P Morgan Securities LLC y Bank of América

Corporation actuando a través de Merrill Lynch, Pierce, Fenner and Smith

Incorporated; (iv) Acuerdo de licitación para la Oferta (Tender Offer Agreement) a

suscribir entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y D.F. King & Co.,

Inc.; y (v) Prospecto (Offering Circular) y Suplemento de Prospecto (Pricing

Supplement and Supplemental Offering Circular), documentos todos ellos en idioma

inglés con su correspondiente traducción pública al idioma español, debidamente

certificada;

Que en la emisión se utilizarán el Contrato de Fideicomiso (Trust Deed) suscripto el 30

de julio de 2008 y sus enmiendas, el Acuerdo de Colocación Modificado y Reordenado

(Amended and Restated Dealer Agreement) suscripto el 30 de julio de 2008 y el

Contrato de Agencia Modificado y Reordenado (Amended and Restated Agency

Agreement) suscripto el 30 julio de 2008, que fueron aprobados por la Resolución N°

2.209-MHGC/2008 de este Ministerio de Hacienda;

Que los términos y condiciones generales y particulares, incluyendo los plazos, los

montos e intereses y demás cláusulas contenidas en los contratos, y demás

documentación a ser suscripta, así como en el prospecto, son los usuales que se

adoptan en este tipo de operaciones, cumplen con la normativa nacional y de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las operaciones de Crédito Público,

incluyendo las Leyes N° 3.894 y 4.037, con las modificaciones introducidas por la Ley

N° 5.014 y sus normas reglamentarias y complementarias, y resultan adecuados a los

propósitos y objetivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a los fines de dotar a los Títulos de la suficiente transparencia y liquidez es

conveniente presentar una solicitud para admitir la registración del Programa de

Asistencia Financiera y la cotización de los Títulos en la Bolsa de Comercio de

Luxemburgo y para operar en el Euro MTF Market de la Bolsa de Comercio de

Luxemburgo;

Que la aprobación y suscripción de los contratos, prospecto y demás documentos

presentados para ser suscriptos, relativos a la operación de crédito público, se

encuentran comprendidos en las atribuciones y deberes del Poder Ejecutivo, en los

términos de los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

debida, conforme lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218, modificada por la Ley N° 3.167;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.014,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°:Facúltase a la Subsecretaría de Finanzas y/o a la Dirección General de

Crédito Público, ambas dependientes de este Ministerio a efectuar los trámites

correspondientes y suscribir todos los instrumentos, contratos y documentación

necesaria y/o conveniente para llevar adelante la operación voluntaria de

administración de pasivos autorizada por la Ley N° 5.014, incluyendo la emisión de

Títulos de Deuda Pública bajo el Programa de Asistencia Financiera por el monto de

hasta dólares estadounidenses ochocientos noventa millones (USD 890.000.000) o su

equivalente en pesos, otra u otras monedas.

Artículo 2°:Apruébanse los modelos de: (i) Noveno Suplemento del Convenio de

Fideicomiso (Ninth Supplemental Trust Deed) a suscribir entre el Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y The Bank of New York Mellon; (ii) Contrato de

Sindicación (Syndication Agreement) a suscribir entre el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, HSBC Securities (USA) Inc., J.P Morgan Securities LLC y

Bank of América Corporation actuando a través de Merrill Lynch, Pierce, Fenner and

Smith Incorporated; (iii) Contrato de Agente de la Oferta de Recompra (Dealer

Manager Agreement) a suscribir entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, HSBC Securities (USA) Inc., J.P Morgan Securities LLC y Bank of América

Corporation actuando a través de Merrill Lynch, Pierce, Fenner and Smith

Incorporated; (iv) Acuerdo de licitación para la Oferta (Tender Offer Agreement) a

suscribir entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y D.F. King & Co.,

Inc.; y (v) Prospecto (Offering Circular) y Suplemento de Prospecto (Pricing

Supplement and Supplemental Offering Circular), documentos todos ellos en idioma

inglés con su correspondiente traducción pública al idioma español debidamente

certificada, obrantes en Anexo el que forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°:Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

remítase para su conocimiento a las Direcciones Generales de Contaduría, de

Tesorería y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y

demás efectos pase a la Dirección General de Crédito Público. Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4447

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Artículo 1 de la Resolución 1285-MHGC-14, faculta a la Subsecretaría de Finanzas y/o a la Dirección General de Crédito Público, a efectuar los trámites correspondientes y suscribir todos los instrumentos, contratos y documentación necesaria y/o conveniente para llevar adelante la operación voluntaria de administración de pasivos autorizada por la Ley 5014, incluyendo la emisión de Títulos de Deuda Pública bajo el Programa de Asistencia Financiera.
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 214-MHGC-15: Aprueba los textos definitivos de los convenios por emisión de títulos de deuda pública, suscriptos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  y los consorcios de inversores, cuyos modelos fueron aprobados por el Art. 2 de la Resolución-1285-MHGC-14.</p>