RESOLUCIÓN 214 2015 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

APRUEBA  LOS TEXTOS DEFINITIVOS DE LOS TÍTULOS DE LA SERIE 11 - SISTEMAS DE GESTIÓN ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y CONTROL DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD - EMISIÓN DE UN BONO CON VENCIMIENTO EN EL AÑO 2021 - AMORTIZABLE EN CUOTAS IGUALES Y CONSECUTIVAS - CONTRATOS - PROSPECTOS - SUPLEMENTOS - DEUDA PÚBLICA - TASAS DE INTÉRES - INVERSORES - ENDEUDAMIENTO - CONSORCIOS EXTRANJEROS 

Publicación:

19/02/2015

Sanción:

18/02/2015

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

La Ley N° 5.014, la Ley N° 5.236, el Decreto N° 281-/14, las Resoluciones N° 1.197-

MHGC/2014 y N° 1.285-MHGC/2014, el Expediente N° 2015-2.891.895-DGCPUB; y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.014, modificada por la Ley N° 5.236, se autorizó al Poder

Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a efectuar una operación voluntaria de

administración de pasivos en los términos de los artículos 85 y 92 de la Ley 70 de

Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la

Ciudad, su reglamentación y disposiciones concordantes y/o la emisión de títulos de

deuda pública y/o la suscripción de un compromiso irrevocable (en adelante, el

"Compromiso") de emitir los títulos de deuda pública antes del 6 de abril de 2015,

cuyas condiciones serán determinadas a la fecha de suscripción del Compromiso, en

el marco del Programa de Asistencia Financiera, instrumentado por la Ordenanza N°

51.270 del 21 de diciembre de 1996, con las modificaciones introducidas por la Ley

323, el Decreto N° 557/2000, las Leyes 2.789, 3.152, 3.380, 3.753 y 3.894 y

disposiciones concordantes, por un importe de hasta dólares estadounidenses

ochocientos noventa millones (U$S 890.000.000) o su equivalente en pesos, otra u

otras monedas (en adelante, los "Títulos");

Que el artículo 4° de la Ley N° 5.014 autorizó al Poder Ejecutivo a efectuar, a través

del Ministerio de Hacienda, los trámites correspondientes y suscribir todos los

instrumentos, contratos y documentación necesaria y/o conveniente a fin de dar

cumplimiento a las operaciones contempladas por dicha ley, para que por sí o por

terceros actúe en la instrumentación, emisión, registro y pago de los contratos y de los

Títulos autorizados por esa Ley;

Que, a su vez, el artículo 5° de la Ley N° 5.014, modificado por la Ley N° 5.236,

autorizó al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, conforme las pautas

establecidas en el artículo 2° de dicha Ley, a dictar las normas reglamentarias y/o

complementarias que establezcan las restantes condiciones necesarias para el

cumplimiento de dicha ley, efectuar la apertura de cuentas custodio en el país y/o en el

exterior y la instrumentación de acuerdos de cobertura de riesgo cambiario ya sea por

medio de operaciones de cobertura de monedas y/o de tasas de interés;

Que, en el sentido de lo antedicho, mediante la Resolución N° 1.197-MHGC/2014 se

seleccionó la oferta presentada por el consorcio compuesto por HSBC Securities

(USA) Inc., J.P Morgan Securities LLC y Bank of América Corporation para que actúen

como colocadores en las operaciones de crédito público autorizadas por la Ley N°

5.014, modificada por la Ley N° 5.236, en el marco del Programa de Asistencia

Financiera instrumentado por la Ordenanza N° 51.270 del 21 de diciembre de 1996,

con las modificaciones introducidas por la Ley N° 323, el Decreto N° 557/2000, las

Leyes N° 2.789, 3.152, 3.380 y 3.894, por la suma de hasta dólares estadounidenses

ochocientos noventa millones (U$S 890.000.000) o su equivalente en pesos, otra u

otras monedas;

Que la Resolución N° 1.285-MHGC/2014 aprobó, además, entre otros, los modelos de:

(i) Noveno Suplemento del Convenio de Fideicomiso (Ninth Supplemental Trust Deed)

a suscribir entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y The Bank of

New York Mellon; (ii) Contrato de Sindicación (Syndication Agreement) a suscribir

entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HSBC Securities (USA)

Inc., J.P Morgan Securities LLC y Bank of América Corporation actuando a través de

Merrill Lynch, Pierce, Fenner and Smith Incorporated; y (iii) Prospecto (Offering

Circular) y Suplemento de Prospecto (Pricing Supplement and Supplemental Offering

Circular), documentos todos ellos en idioma inglés con su correspondiente traducción

pública al idioma español, debidamente certificada;

Que la Ciudad participó de un roadshow entre el 6 y el 10 de febrero de 2015,

visitando inversores en Nueva York, Los Ángeles y Londres, incluyendo varias

reuniones individuales y con grupos pequeños de inversores;

Que, ante la necesidad de afrontar el próximo vencimiento del 6 de abril de 2015,

resulta oportuno y conveniente, a los efectos de mejorar el perfil de vencimientos,

prolongando los plazos de amortización y reduciendo la tasa de interés, la emisión de

un bono con vencimiento en el año 2021, amortizable en cuotas iguales y consecutivas

en los últimos tres (3) años de vida del mismo;

Que el 11 de febrero de 2015 se efectuó la colocación de los Títulos de la Serie 11,

habiéndose determinado el monto de la Serie en la suma de valor nominal dólares

estadounidenses quinientos millones (VN U$S 500.000.000 ), determinándose la tasa

de interés fija en un 8.950 % anual;

Que, en consecuencia, quedará para futuras emisiones un monto autorizado de

dólares estadounidenses trescientos noventa millones (U$S 390.000.000) de acuerdo

a la Ley N° 5.014, modificada por la Ley N° 5.236;

Que la aprobación y suscripción de los contratos, prospecto, suplemento y demás

documentos presentados para ser suscriptos, relativos a la operación de crédito

público, se encuentran comprendidos en las atribuciones y deberes del Poder

Ejecutivo, en los términos de los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que, en tal sentido, corresponde aprobar los textos definitivos del (i) Prospecto

(Offering Circular) del 4 de febrero de 2015, Suplemento de Prospecto Preliminar

(Preliminary Pricing Supplement and Supplemental Offering Circular) del 4 de febrero

de 2015 y Suplemento de Prospecto Definitivo (Final Pricing Supplement and

Supplemental Offering Circular) del 11 de febrero de 2015 y Suplemento de Prospecto

Definitivo Actualizado del 18 de Febrero de 2015 ( Pricing Suplement and

Supplemental Offering Circular as restated on February 18, 2015) ; (ii) Contrato de

Sindicación (Syndication Agreement) del 11 de febrero de 2015 entre el Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HSBC Securities (USA) Inc., J.P Morgan

Securities LLC y Bank of América Corporation actuando a través de Merrill Lynch,

Pierce, Fenner and Smith Incorporated; (iii) Quinto Suplemento del Contrato de

Agencia (Fifth Supplemental Agency Agreement) del 19 de febrero de 2015 entre el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HSBC Securities (USA) Inc., J.P

Morgan Securities LLC y Bank of América Corporation actuando a través de Merrill

Lynch, Pierce, Fenner and Smith Incorporated; y (iv) Noveno Suplemento del Convenio

de Fideicomiso (Ninth Supplemental Trust Deed) del 19 de febrero de 2015 entre el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y The Bank of New York Mellon,

documentos todos ellos en idioma inglés con su correspondiente traducción pública al

idioma español, debidamente certificada;

Que los términos y condiciones generales y particulares de los Títulos se encuentran

establecidos en el Cuarto Suplemento del Convenio de Fideicomiso (Fourth

Supplemental Trust Deed) del 30 de julio de 2008, con las modificaciones introducidas

por el Octavo Suplemento del Convenio de Fideicomiso (Eighth Supplemental Trust

Deed) del 29 de febrero de 2012 y por el Noveno Suplemento del Convenio de

Fideicomiso (Ninth Supplemental Trust Deed) del 19 de febrero de 2015. La

descripción e información contenidas en el Prospecto (Offering Circular), en el

Suplemento de Prospecto Preliminar (Preliminary Pricing Supplement and

Supplemental Offering Circular) y en el Suplemento de Prospecto Definitivo (Final

Pricing Supplement and Supplemental Offering Circular), son los usuales que se

adoptan en este tipo de operaciones, cumplen con la normativa nacional y de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las operaciones de Crédito Público,

incluyendo la Ley N° 5.014, la Ley N° 5.236 y sus normas reglamentarias, y resultan

adecuados a los propósitos y objetivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que atento a lo establecido por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en relación con el registro de los contratos y demás

documentación y hasta tanto se constituya el mismo, toda la documentación relativa a

la ampliación del Programa y la emisión de los Títulos de la Serie 11 será

protocolizada en la Escribanía General de la Ciudad;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

debida, conforme lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las la Ley N° 5.014, la Ley N° 5.236,

el Decreto N° 281-/14, las Resoluciones N° 1.197-MHGC/2014, y N° 1.285-

MHGC/2014,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° .- Apruébanse los textos definitivos del (i) Prospecto (Offering Circular) del 4

de febrero de 2015, Suplemento de Prospecto Preliminar (Preliminary Pricing

Supplement and Supplemental Offering Circular) del 4 de febrero de 2015 y

Suplemento de Prospecto Definitivo (Final Pricing Supplement and Supplemental

Offering Circular) del 11 de febrero de 2015 y Suplemento de Prospecto Definitivo

Actualizado (Pricing Supplement and Supplemental Offering Circular as restated on

February 18, 2015) ; (ii) Contrato de Sindicación (Syndication Agreement) del 11 de

febrero de 2015 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HSBC

Securities (USA) Inc., J.P Morgan Securities LLC y Bank of América Corporation

actuando a través de Merrill Lynch, Pierce, Fenner and Smith Incorporated; (iii) Quinto

Suplemento del Contrato de Agencia (Fifth Supplemental Agency Agreement) del 19

de febrero de 2015 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HSBC

Securities (USA) Inc., J.P Morgan Securities LLC y Bank of América Corporation

actuando a través de Merrill Lynch, Pierce, Fenner and Smith Incorporated; y (iv)

Noveno Suplemento del Convenio de Fideicomiso (Ninth Supplemental Trust Deed)

del 19 de febrero de 2015 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

The Bank of New York Mellon, documentos todos ellos en idioma inglés con su

correspondiente traducción pública al idioma español debidamente certificada, que se

adjuntan como Anexo I ( IF- 2015-03002849-MHGC) , que a todos sus efectos forma

parte integrante de la presente Resolución. Considérense, por lo tanto, emitidos los

Títulos de la Serie 11 el 19 de febrero de 2015 por la suma de valor nominal dólares

estadounidenses quinientos millones (VN U$S 500.000.000).

Artículo 2°.- Déjase establecido que hasta tanto se constituya el Registro a que hace

referencia el artículo 105, inciso 2) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, los documentos aprobados en el artículo precedente, serán

protocolizados en la Escribanía General del Gobierno, con lo cual se considerará

cumplido el requisito de registración establecido en dicho artículo.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de la Oficina

de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos pase a la

Dirección General de Crédito Público. Cumplido, archívese. Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4582

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 214-MHGC-15: Considera emitidos los Títulos de la Serie 11 el 19 de febrero de 2015, conforme la autorización conferida por el art. 5 de la Ley 5014.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 214-MHGC-15: Aprueba los textos definitivos de los convenios por emisión de títulos de deuda pública, suscriptos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  y los consorcios de inversores, cuyos modelos fueron aprobados por el Art. 2 de la Resolución-1285-MHGC-14.</p>