RESOLUCIÓN 214 2015 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
APRUEBA LOS TEXTOS DEFINITIVOS DE LOS TÍTULOS DE LA SERIE 11 - SISTEMAS DE GESTIÓN ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y CONTROL DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD - EMISIÓN DE UN BONO CON VENCIMIENTO EN EL AÑO 2021 - AMORTIZABLE EN CUOTAS IGUALES Y CONSECUTIVAS - CONTRATOS - PROSPECTOS - SUPLEMENTOS - DEUDA PÚBLICA - TASAS DE INTÉRES - INVERSORES - ENDEUDAMIENTO - CONSORCIOS EXTRANJEROS
Publicación:
19/02/2015
Sanción:
18/02/2015
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
La Ley N° 5.014, la Ley N° 5.236, el Decreto N° 281-/14, las Resoluciones N° 1.197-
MHGC/2014 y N° 1.285-MHGC/2014, el Expediente N° 2015-2.891.895-DGCPUB; y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.014, modificada por la Ley N° 5.236, se autorizó al Poder
Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a efectuar una operación voluntaria de
administración de pasivos en los términos de los artículos 85 y 92 de la Ley 70 de
Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la
Ciudad, su reglamentación y disposiciones concordantes y/o la emisión de títulos de
deuda pública y/o la suscripción de un compromiso irrevocable (en adelante, el
"Compromiso") de emitir los títulos de deuda pública antes del 6 de abril de 2015,
cuyas condiciones serán determinadas a la fecha de suscripción del Compromiso, en
el marco del Programa de Asistencia Financiera, instrumentado por la Ordenanza N°
51.270 del 21 de diciembre de 1996, con las modificaciones introducidas por la Ley
323, el Decreto N° 557/2000, las Leyes 2.789, 3.152, 3.380, 3.753 y 3.894 y
disposiciones concordantes, por un importe de hasta dólares estadounidenses
ochocientos noventa millones (U$S 890.000.000) o su equivalente en pesos, otra u
otras monedas (en adelante, los "Títulos");
Que el artículo 4° de la Ley N° 5.014 autorizó al Poder Ejecutivo a efectuar, a través
del Ministerio de Hacienda, los trámites correspondientes y suscribir todos los
instrumentos, contratos y documentación necesaria y/o conveniente a fin de dar
cumplimiento a las operaciones contempladas por dicha ley, para que por sí o por
terceros actúe en la instrumentación, emisión, registro y pago de los contratos y de los
Títulos autorizados por esa Ley;
Que, a su vez, el artículo 5° de la Ley N° 5.014, modificado por la Ley N° 5.236,
autorizó al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, conforme las pautas
establecidas en el artículo 2° de dicha Ley, a dictar las normas reglamentarias y/o
complementarias que establezcan las restantes condiciones necesarias para el
cumplimiento de dicha ley, efectuar la apertura de cuentas custodio en el país y/o en el
exterior y la instrumentación de acuerdos de cobertura de riesgo cambiario ya sea por
medio de operaciones de cobertura de monedas y/o de tasas de interés;
Que, en el sentido de lo antedicho, mediante la Resolución N° 1.197-MHGC/2014 se
seleccionó la oferta presentada por el consorcio compuesto por HSBC Securities
(USA) Inc., J.P Morgan Securities LLC y Bank of América Corporation para que actúen
como colocadores en las operaciones de crédito público autorizadas por la Ley N°
5.014, modificada por la Ley N° 5.236, en el marco del Programa de Asistencia
Financiera instrumentado por la Ordenanza N° 51.270 del 21 de diciembre de 1996,
con las modificaciones introducidas por la Ley N° 323, el Decreto N° 557/2000, las
Leyes N° 2.789, 3.152, 3.380 y 3.894, por la suma de hasta dólares estadounidenses
ochocientos noventa millones (U$S 890.000.000) o su equivalente en pesos, otra u
otras monedas;
Que la Resolución N° 1.285-MHGC/2014 aprobó, además, entre otros, los modelos de:
(i) Noveno Suplemento del Convenio de Fideicomiso (Ninth Supplemental Trust Deed)
a suscribir entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y The Bank of
New York Mellon; (ii) Contrato de Sindicación (Syndication Agreement) a suscribir
entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HSBC Securities (USA)
Inc., J.P Morgan Securities LLC y Bank of América Corporation actuando a través de
Merrill Lynch, Pierce, Fenner and Smith Incorporated; y (iii) Prospecto (Offering
Circular) y Suplemento de Prospecto (Pricing Supplement and Supplemental Offering
Circular), documentos todos ellos en idioma inglés con su correspondiente traducción
pública al idioma español, debidamente certificada;
Que la Ciudad participó de un roadshow entre el 6 y el 10 de febrero de 2015,
visitando inversores en Nueva York, Los Ángeles y Londres, incluyendo varias
reuniones individuales y con grupos pequeños de inversores;
Que, ante la necesidad de afrontar el próximo vencimiento del 6 de abril de 2015,
resulta oportuno y conveniente, a los efectos de mejorar el perfil de vencimientos,
prolongando los plazos de amortización y reduciendo la tasa de interés, la emisión de
un bono con vencimiento en el año 2021, amortizable en cuotas iguales y consecutivas
en los últimos tres (3) años de vida del mismo;
Que el 11 de febrero de 2015 se efectuó la colocación de los Títulos de la Serie 11,
habiéndose determinado el monto de la Serie en la suma de valor nominal dólares
estadounidenses quinientos millones (VN U$S 500.000.000 ), determinándose la tasa
de interés fija en un 8.950 % anual;
Que, en consecuencia, quedará para futuras emisiones un monto autorizado de
dólares estadounidenses trescientos noventa millones (U$S 390.000.000) de acuerdo
a la Ley N° 5.014, modificada por la Ley N° 5.236;
Que la aprobación y suscripción de los contratos, prospecto, suplemento y demás
documentos presentados para ser suscriptos, relativos a la operación de crédito
público, se encuentran comprendidos en las atribuciones y deberes del Poder
Ejecutivo, en los términos de los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, en tal sentido, corresponde aprobar los textos definitivos del (i) Prospecto
(Offering Circular) del 4 de febrero de 2015, Suplemento de Prospecto Preliminar
(Preliminary Pricing Supplement and Supplemental Offering Circular) del 4 de febrero
de 2015 y Suplemento de Prospecto Definitivo (Final Pricing Supplement and
Supplemental Offering Circular) del 11 de febrero de 2015 y Suplemento de Prospecto
Definitivo Actualizado del 18 de Febrero de 2015 ( Pricing Suplement and
Supplemental Offering Circular as restated on February 18, 2015) ; (ii) Contrato de
Sindicación (Syndication Agreement) del 11 de febrero de 2015 entre el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HSBC Securities (USA) Inc., J.P Morgan
Securities LLC y Bank of América Corporation actuando a través de Merrill Lynch,
Pierce, Fenner and Smith Incorporated; (iii) Quinto Suplemento del Contrato de
Agencia (Fifth Supplemental Agency Agreement) del 19 de febrero de 2015 entre el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HSBC Securities (USA) Inc., J.P
Morgan Securities LLC y Bank of América Corporation actuando a través de Merrill
Lynch, Pierce, Fenner and Smith Incorporated; y (iv) Noveno Suplemento del Convenio
de Fideicomiso (Ninth Supplemental Trust Deed) del 19 de febrero de 2015 entre el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y The Bank of New York Mellon,
documentos todos ellos en idioma inglés con su correspondiente traducción pública al
idioma español, debidamente certificada;
Que los términos y condiciones generales y particulares de los Títulos se encuentran
establecidos en el Cuarto Suplemento del Convenio de Fideicomiso (Fourth
Supplemental Trust Deed) del 30 de julio de 2008, con las modificaciones introducidas
por el Octavo Suplemento del Convenio de Fideicomiso (Eighth Supplemental Trust
Deed) del 29 de febrero de 2012 y por el Noveno Suplemento del Convenio de
Fideicomiso (Ninth Supplemental Trust Deed) del 19 de febrero de 2015. La
descripción e información contenidas en el Prospecto (Offering Circular), en el
Suplemento de Prospecto Preliminar (Preliminary Pricing Supplement and
Supplemental Offering Circular) y en el Suplemento de Prospecto Definitivo (Final
Pricing Supplement and Supplemental Offering Circular), son los usuales que se
adoptan en este tipo de operaciones, cumplen con la normativa nacional y de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las operaciones de Crédito Público,
incluyendo la Ley N° 5.014, la Ley N° 5.236 y sus normas reglamentarias, y resultan
adecuados a los propósitos y objetivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que atento a lo establecido por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en relación con el registro de los contratos y demás
documentación y hasta tanto se constituya el mismo, toda la documentación relativa a
la ampliación del Programa y la emisión de los Títulos de la Serie 11 será
protocolizada en la Escribanía General de la Ciudad;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
debida, conforme lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las la Ley N° 5.014, la Ley N° 5.236,
el Decreto N° 281-/14, las Resoluciones N° 1.197-MHGC/2014, y N° 1.285-
MHGC/2014,
Artículo 1° .- Apruébanse los textos definitivos del (i) Prospecto (Offering Circular) del 4
de febrero de 2015, Suplemento de Prospecto Preliminar (Preliminary Pricing
Supplement and Supplemental Offering Circular) del 4 de febrero de 2015 y
Suplemento de Prospecto Definitivo (Final Pricing Supplement and Supplemental
Offering Circular) del 11 de febrero de 2015 y Suplemento de Prospecto Definitivo
Actualizado (Pricing Supplement and Supplemental Offering Circular as restated on
February 18, 2015) ; (ii) Contrato de Sindicación (Syndication Agreement) del 11 de
febrero de 2015 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HSBC
Securities (USA) Inc., J.P Morgan Securities LLC y Bank of América Corporation
actuando a través de Merrill Lynch, Pierce, Fenner and Smith Incorporated; (iii) Quinto
Suplemento del Contrato de Agencia (Fifth Supplemental Agency Agreement) del 19
de febrero de 2015 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HSBC
Securities (USA) Inc., J.P Morgan Securities LLC y Bank of América Corporation
actuando a través de Merrill Lynch, Pierce, Fenner and Smith Incorporated; y (iv)
Noveno Suplemento del Convenio de Fideicomiso (Ninth Supplemental Trust Deed)
del 19 de febrero de 2015 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
The Bank of New York Mellon, documentos todos ellos en idioma inglés con su
correspondiente traducción pública al idioma español debidamente certificada, que se
adjuntan como Anexo I ( IF- 2015-03002849-MHGC) , que a todos sus efectos forma
parte integrante de la presente Resolución. Considérense, por lo tanto, emitidos los
Títulos de la Serie 11 el 19 de febrero de 2015 por la suma de valor nominal dólares
estadounidenses quinientos millones (VN U$S 500.000.000).
Artículo 2°.- Déjase establecido que hasta tanto se constituya el Registro a que hace
referencia el artículo 105, inciso 2) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, los documentos aprobados en el artículo precedente, serán
protocolizados en la Escribanía General del Gobierno, con lo cual se considerará
cumplido el requisito de registración establecido en dicho artículo.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de la Oficina
de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos pase a la
Dirección General de Crédito Público. Cumplido, archívese. Grindetti
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4582