RESOLUCIÓN 1220 2014 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE APRUEBA LISTADO DE PROFESIONALES QUE PODRÁN INTEGRAR LA JUNTAS EVALUADORAS PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA DISCAPACIDAD - DIRECCIÓN GENERAL DE REDES Y PROGRAMAS DE SALUD- DELEGACIÓN DE FACULTADES - FISZMAN NANCY ANALÍA - PAULOS SUSANA GRACIELA - LEDESMA SILVIA FABIANA - GREGORIC LUIS OSVALDO - CIERI CLELIA GRACIELA - PENNA JUAN CARLOS - HAYDEE ABAGNALE - FILLIAT NEREA CRISTINA - BLANCO MÓNICA - MARÍA DEL CARMEN MONTARULLI - GRACIELA HERRERA BEATRIZ GRACIELA - FABIANA DEL POZO - MORETTI MARIA EUGENIA - MANULI DANIELA ANDREA - JUANIN MÓNICA GRACIELARISSAU GUSTAVO - VACCARO NORMA BEATRIZ- VARGAS CARDONA MARCELA - GILABERT MIRTA ROSA -MUÑIZ HORACIO - FENDRIK EDGARDO- PUNDYK CARLOS - MONDADA SUSANA - NILDA MOLOUGNIC - SAPPA VANESA SOLEDAD - BOLASELL BÁRBARA GABRIELA- MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

04/09/2014

Sanción:

29/08/2014

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO:

La Ley Nacional N° 22.431, las Leyes N° 153 y 447, las Resoluciones Firma Conjunta

N° 3/MSGC/13 y 4/MSGC/14, la Resolución N° 1614/MSGC/13 modificada por

Resolución N° 943/MSGC/14, el Expediente N° 12256543/MGEYA/DGRYPS/14 y,

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del Decreto 795/GCBA/07 se estableció que "El Ministerio de

Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires emitirá los certificados

previstos en la Ley N° 22.431, a favor de las personas con necesidades especiales

que residan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de los establecimientos

asistenciales que al efecto establezca y con los profesionales que designe";

Que, el citado Decreto faculta a este Ministerio de Salud a dictar las normas de

procedimientos y aprobar los requisitos y documentos necesarios para el cumplimiento

de la tarea encomendada;

Que por Resolución 1614/MSGC/2013, modificada por Resolución N° 943/MSGC/2014

se estableció que la emisión de los Certificados de Discapacidad se realiza en el

Centro Único de Discapacidad, creado por Resolución Firma Conjunta N°

4/MSGC/2014,

Que, asimismo, fijó las misiones y funciones de la Comisión de Certificación de

Discapacidad en la órbita del Departamento de Rehabilitación, dependiente de la

Dirección General Redes y Programas de Salud, perteneciente a la Subsecretaría de

Atención Integrada de la Salud;

Que entre las competencias atribuidas al Departamento de Rehabilitación se

encuentra la de: "Coordinar acciones destinadas a otorgar los certificados de

discapacidad a favor de las personas con necesidades especiales, a través de los

establecimientos asistenciales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

que se establezcan con sus respectivos profesionales.";

Que el artículo 10 de la Resolución N° 1614/MSGC/2013 y su modificatoria, creó, en el

ámbito de la Comisión de Certificación de Discapacidad, las Juntas Evaluadoras que

certificarán la discapacidad para el otorgamiento del Certificado Único de

Discapacidad en los términos de la Resolución Firma Conjunta 3/MSGC/13,

constituyéndolas por tres (3) profesionales en forma interdisciplinaria;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la

integración de las referidas Juntas Evaluadoras;

Que, por otra parte, dado la dinámica de la temática que nos ocupa, se considera

menester delegar en la Dirección General de Redes y Programas de Salud, de

conformidad con las misiones y funciones asignadas a la misma, las facultades de

dictar de las normas de procedimientos, aprobar los requisitos y documentos y realizar

las acciones necesarias para el cumplimiento de la emisión de certificados de

discapacidad;

Que la Dirección General Legal y Técnica dependiente de este Ministerio ha tomado la

intervención propia de su competencia.

Por ello y en virtud de lo establecido en el artículo 8°, inciso b) punto 7 de la Ley 4013

y en el Decreto 795/GCBA/07,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el listado de profesionales que podrán integrar la Juntas

Evaluadoras para la certificación de la discapacidad, que como Anexo I registrado

como IF-2014-12259224-DGRYPS forma parte integrante de la presente.

Articulo 2°.- Delégase en la Dirección General de Redes y Programas de Salud, de

conformidad con las misiones y funciones asignadas a la misma, las facultades de

dictar las normas de procedimientos, aprobar los requisitos y documentos y realizar las

acciones necesarias para el cumplimiento del proceso de certificación de discapacidad

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Gírese a la

Subsecretaria de Atención Integrada de Salud para su conocimiento, como así

también para que proceda a la notificación del Servicio Nacional de Rehabilitación del

Ministerio de Salud de la Nación; a los Ministerios de Desarrollo Social y de Desarrollo

Económico; a las Direcciones Generales Redes y Programas de Salud, Región

Sanitaria I, II, III y IV y Salud Mental. Cumplido, archívese. Reybaud


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4473

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art 2 de la Res 1220-MS-14 delega en la DGRyPS, de conformidad con las misiones y funciones asignadas a la misma por Dto 593-11, las facultades de dictar las normas de procedimientos, aprobar los requisitos y documentos y realizar las acciones necesarias para el cumplimiento del proceso de certificación de discapacidad.
RATIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 852-MSGC-15, rectifica los términos de la Resolución Nro 1220-MSGC-14.</p>