RESOLUCIÓN 566 2014 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - AGC - CREACIÓN DE DEPENDENCIAS - CREA SENDOS CARGOS COMO SUBGERENCIA OPERATIVA INSPECTIVA - DEPENDIENTES DE LA GERENCIA OPERATIVA DE VERIFICACIONES ESPECIALES - EN LAS DIRECCIONES GENERALES DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS - APRUEBA MISIONES Y FUNCIONES - ORGANIGRAMA
Publicación:
24/09/2014
Sanción:
19/09/2014
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO:
66/AGC/14, N° 527/AGC/14 Y EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 13376696-
MGEYA -AGC-2014, Y
CONSIDERANDO:
Que a través del dictado de la Ley N° 2.624 se crea la Agencia Gubernamental de
Control (AGC) como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y
Seguridad, ejerciendo el contralor, fiscalización y regulación en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto N° 271/GCABA/2014 se estableció que "las verificaciones
especiales del sistema de contralor de obras, del sistema de instalaciones de
ascensores y demás instalaciones de transporte vertical, del régimen de habilitaciones,
de instalaciones sanitarias y del relevamiento del cumplimiento de las obligaciones del
propietario relativo a la conservación de las obras establecidas por la Ley 257 son
llevadas a cabo por la Agencia Gubernamental de Control, a través de agentes
verificadores que revistan en ese organismo, conforme las funciones y
responsabilidades establecidas en el Anexo I...", facultando a la AGC a dictar las
normas aclaratorias, complementarias y operativas que fueren necesarias para su
implementación;
Que en concordancia con dichas previsiones, se procedió al dictado de la Resolución
N° 527/AGC/2014, mediante la cual, entre otras aspectos, se modificó la estructura de
la AGC creándose las Gerencias Operativas de Verificaciones Especiales en el ámbito
de las Direcciones Generales de Fiscalización y Control (DGFYC) y de Fiscalización y
Control de Obras (DGFYCO), dotándolas de las competencias pertinentes, en aras a
ar cabal cumplimiento al precitado plexo normativo;
Que por su parte la Subgerencia Operativa de Administración de Personal
dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa (UCA) de esta AGC, propicia
la creación dos (2) Subgerencias Operativas Inspectivas en el ámbito de las referidas
Gerencias Operativas de Verificaciones Especiales de la DGFYC y de la DGFYCO
respectivamente, describiendo las funciones y misiones correspondientes;
Que en atención a la necesidad de asegurar las medidas necesarias y conducentes
para la pronta y eficaz satisfacción del interés general conforme lo previsto por el
artículo 6° del Decreto 271/14, esta AGC debe adoptar todas las medidas conducentes
para el cumplimiento en forma irrevocable con las funciones y misiones que le ha
asignado este plexo normativo;
Que en ese contexto, resulta imperiosa la creación de las Subgerencias Operativas
Inspectivas precedentemente referidas, para asegurar la correcta y cabal ejecución de
las incumbencias oportunamente atribuidas a las Gerencias Operativas de
Verificaciones Especiales a fin de lograr el efectivo cumplimiento del régimen previsto
en el Decreto N° 271/14, correspondiendo en consecuencia el dictado del acto
administrativo pertinente;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su
competencia.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 inc. e) de la Ley N°
2.624,
Artículo 1.- Créase, en la órbita de la Gerencia Operativa de Verificaciones Especiales
de la Dirección General de Fiscalización y Control, la Subgerencia Operativa
Inspectiva, sustituyéndose en su parte pertinente el organigrama de la Agencia
Gubernamental de Control aprobado por el Anexo IV de la Resolución N°
66/AGC/2013, por el Anexo I (IF-2014- 13428716-AGC) que forma parte integrante de
la presente.
Artículo 2.- Créase, en el ámbito de la Gerencia Operativa de Verificaciones
Especiales de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, la
Subgerencia Operativa Inspectiva, sustituyéndose en su parte pertinente el
organigrama de la Agencia Gubernamental de Control aprobado por el Anexo IV de la
Resolución N° 66/AGC/2013, por el Anexo II (IF-2014-13428642-AGC) que forma
parte integrante de la presente.
Artículo 3.- Modificase el Anexo V de la Resolución N° 66/AGC/2013 en lo relativo a
las misiones y funciones en su parte pertinente, conforme el Anexo III (IF-2014-
13428498-AGC) que forma parte integrante de la presente.
Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, comuníquese a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta
AGC y al Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Gómez Centurión
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4487