RESOLUCIÓN 4411 1998 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

DESESTIMA LA VERIFICACIÓN DE CRÉDITO INTERPUESTA POR SIAD S.R.L., REGISTRO N° 0183-CVDEXMCBA-97 EN LOS TÉRMINOS DEL DECRETO N° 225-GCBA-96, POR ENTENDER COMO RECHAZO A LA VÍA ADMINISTRATIVA INTENTADA LA OPCIÓN DE LA VÍA JUDICIAL, INCOADA EL 4 DE NOVIEMBRE DE 1997, PERSIGUIENDO EL COBRO DE FACTURAS IMPAGAS POR SERVICIOS PRESTADOS Y RELACIONADOS CON LOS ANTECEDENTES TRAMITADOS EN ESTE REGISTRO;

Publicación:

02/02/1999

Sanción:

05/11/1998

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 0183-CVDexMCBA-97, el Decreto N° 225-GCBA-96; y,

CONSIDERANDO

Que por dicho Registro, y cumplimentando los requisitos exigidos por el art. 4° de la citada norma, la firma SIAD S.R.L. gestionó el pago de la suma de pesos dos millones cuatrocientos noventa y ocho mil seiscientos setenta y uno con dieciocho centavos ($ 2.498.671,18) presuntamente adeudada por la prestación del servicio de comedores escolares en áreas de las Secretarías de Salud y de Educación de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en el trámite de la petición intervino la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, creada por el Decreto premencionado;

Que el citado cuerpo impuso a la solicitud de verificación crediticia en cuestión el procedimiento establecido por la norma que institucionalizara su funcionamiento;

Que el 30 de abril de 1997, luego de efectuada la revisión del crédito reclamado, y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad se notificaron a la accionante las alternativas que permitirían satisfacer los créditos verificados en su favor por un importe de pesos seiscientos sesenta y un mil setecientos veintisiete con setenta y dos centavos ($ 661.727,72) -por deuda anterior al 6/8/96- y de pesos tres millones quinientos sesenta y cuatro mil seiscientos setenta y cuatro con doce centavos ($ 3.564.674,12) -por deuda posterior a dicha fecha-;

Que dichas sumas no incluían readecuación de precios en virtud de no haberse constatado diferencias porcentuales promediadas superiores al diez por ciento (10 %);

Que la causante aceptó los montos verificados y se manifestó respecto de las propuestas de pago hechas conocer;

Que posteriormente se modificó y reformuló la proposición efectuada;

Que ello se notificó a la interesada a través de cartas documentos por las cuales se puso en conocimiento -en relación a la deuda posterior al 6/8/96- una readecuación de precios del orden del treinta y siete por ciento (37 %) para las prestaciones en comedores escolares y del veintiocho por ciento (28 %) en comedores hospitalarios;

Que requerido el acuerdo sobre el particular la empresa manifestó su disconformidad;

Que se ha dado cuenta de la acción judicial incoada el 4 de noviembre de 1997 por SIAD S.R.L. contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, persiguiendo el cobro de facturas impagas relacionadas con servicios prestados y relacionados con los antecedentes tramitados en este Registro

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires emitió dictamen con fecha 26 de agosto de 1998 constatando el cumplimiento formal de las pautas establecidas por el Decreto N° 225-GCBA-96 por parte de los organismos intervinientes en la tramitación de estos actuados;

Que con relación a la resolución definitiva a darse a la presente tramitación aconsejó el dictado del acto administrativo pertinente por el cual se formalice la desestimación de la verificación crediticia intentada por SIAD S.R.L.;

Que con dicho asesoramiento satisfizo su necesaria intervención prevista por el Art. 8° del Decreto N° 225-GCBA-96;

Que como conclusión del trámite efectuado, y en cumplimiento de lo prescripto por el art. 7° in fine de la normativa mentada, la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con fecha 14 de octubre de 1998, suscribió Acta de estilo por la cual no se verificó el presunto crédito reclamado y aconsejó el rechazo del mismo, en su totalidad;

Por ello, y en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 9° del Decreto N° 225-GCBA-96,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase la verificación de crédito interpuesta por SIAD S.R.L., en los términos del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 2° - Notifíquese a la interesada.

Art. 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Planificación Presupuestaria, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Tesorería y de Contaduría General.

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