LEY 5052 2014
Síntesis:
INCORPORA ARTÍCULO AL CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - ESTACIONAMIENTO EN OCASIÓN DE EVENTOS DE CONCURRENCIA MASIVA Y HABITUAL
Publicación:
17/10/2014
Sanción:
04/09/2014
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
02/10/2014
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Incorpórase el Artículo 7.1.24 "Estacionamiento en ocasión de eventos de
concurrencia masiva y habitual" al Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de
Buenos Aires con el siguiente texto:
"7.1.24 Estacionamiento en ocasión de eventos de concurrencia masiva y habitual. En
ocasión de eventos de concurrencia masiva y habitual, y en la franja horaria y sitios
que se establezcan, se podrá exceptuar el cumplimiento de las restricciones
contenidas en los artículos 7.1.2, 7.1.3 y 7.1.8 de este Código. La excepción a que
refiere este artículo se establece por Ley específica dictada a tal fin.
Requiere en todos los casos de la instalación de la señalización correspondiente, no
pudiendo en ningún caso obstruir rampas para personas con discapacidad ni sendas
peatonales."
Art. 2°.- En un plazo de ciento ochenta (180) días corridos de promulgada la presente
Ley, la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte remitirá el
Proyecto de Ley de Estacionamiento en Ocasión de Eventos de Concurrencia Masiva
y Habitual a que hace referencia el artículo anterior con expresa indicación, en cada
caso, de la zona comprendida, normas de estacionamiento aplicables para cada tramo
de arteria, su modalidad y la franja horaria de su vigencia, para su tratamiento en la
Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 3°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 14 de octubre de 2014
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.052 (Expediente Electrónico N° 13.433.427-
MGEYA-DGALE-2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en su sesión del día 4 de septiembre de 2014 ha quedado
automáticamente promulgada el día 2 de octubre de 2014.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a
la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Clusellas