DECRETO 3758 1985

Síntesis:

PROCURACIÓN GENERAL - OFICIOS JUDICIALES - CÉDULAS DE NOTIFICACIÓN - DEMANDAS - DOMICILIO LEGAL DE LA MCBA - ACCIONES JUDICIALES EN QUE LA COMUNA SEA ACTORA O DEMANDADA - URUGUAY 440.

Publicación:

23/05/1985

Sanción:

20/05/1985

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto lo solicitado por la Procuración General y

CONSIDERANDO:

Que es menester proveer el domicilio de notificaciones para todas las causas judiciales en que la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires fuere interviniente;

Que en virtud de la competencia ejercida por la Procuración General en la atención de la defensa de los intereses municipales cabe allanar las dificultades que el procedimiento genera traduciéndose en recargo de trabajo y demoras innecesarias en el diligenciamiento frente a la perentoriedad de los plazos procesales;

Por ello,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1° - Todas las notificaciones judiciales originadas en juicios en que la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires sea actora o demandada o en que fuere citada como tercero, en el ámbito del derecho público o privado, que tramiten por vía de acción o de recurso consten ellas en mandamiento cédula u oficio que estén dirigidos a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires al intendente Municipal o a cualquiera de sus reparticiones o dependencias a excepción de las entidades autárquicas, deberán practicarse en la sede de la Procuración General con domicilio en Uruguay 440, Piso 2°, Of. 21, División Trámite y Carpetas

Art. 2° - El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de la fecha.

Art. 3° - El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.

Art. 4° - Dése al Registro Municipal y para su y demás efectos, previa publicación, pase a la Procuración General.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Dec. 3.758-85 Establece lugar de notificaciones de juicios en que la MCBA sea parte.
COMPLEMENTADA POR
Arts. 1 y 2 Decreto 294-97 establece la recepción de actuaciones en Mesa de Entradas de la Proc.Gral. según Decreto 3758-95, y la no recepción de las mismas por parte de las demás mesas de entradas
INTEGRADA POR
<p>Res. 242-PG-04 Regl. Dto. 3758-85. Recepción de Actuaciones en cada sector de la Procuración General.</p>