DECRETO 470 2014
Síntesis:
MODIFICA PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES - LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UNA PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRÁNEA UBICADA EN LA DENOMINADA ÁREA FACULTAD DE DERECHO
Publicación:
27/11/2014
Sanción:
26/11/2014
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros. 70, 3.057, 3.058, 4.003, 4.888, 4.923, la Ley Nacional N° 17.520, los
Decretos Nros. 795/10, 413/12 y 291/14, el Expediente Electrónico N° 15.235.290-
2014-MGEYA-DGTALMDU y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 3.058, reglamentada por el Decreto N° 795/10, se creó el Sistema
de Estacionamientos Subterráneos de carácter disuasorio, destinado a regular el
ingreso de automóviles particulares al área central de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que asimismo, la referida ley establece en su artículo 9° que el Poder Ejecutivo
dispondrá el llamado a licitación pública para la construcción y concesión de cada una
de las mencionadas playas de estacionamiento subterráneo;
Que en tal sentido, por el Decreto N° 413/12 se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Generales para la Concesión de Obra Pública para la Construcción y
Explotación de Playas subterráneas de estacionamiento, autorizadas por las Leyes
Nros. 3.057 y 3.058, y sus Decretos reglamentarios Nros. 227/12 y 795/10,
respectivamente;
Que, en ese marco, por el Decreto N° 291/14 se aprobaron los Pliegos de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirán el llamado a
Licitación Pública para el otorgamiento mediante Concesión de Obra Pública para la
Construcción y Explotación de una Playa de Estacionamiento Subterránea de carácter
disuasorio ubicada en la denominada "Área Facultad de Derecho" conforme surge del
Anexo I de la Ley N° 3.058 -Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones,
bajo el régimen de Concesión de Obra Pública;
Que la Ley N° 4.923, en su artículo 4°, declaró de interés público y autorizó las obras
para la construcción del Centro de Exposiciones y Convenciones de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires según los términos establecidos en el artículo 5.4.10,
inciso 3° Disposiciones Particulares del Código de Planeamiento Urbano en la
Manzana 175 C y en un sector de las Manzanas 178 A y 175 B, todas ellas de la
Sección 15, Circunscripción 19;
Que en su artículo 5° la mencionada Ley dispuso que el proyecto de las obras del
Centro de Exposiciones y Convenciones de la Ciudad destinará una ocupación del
suelo en las cantidades en él citadas a Centro de Convenciones y usos
complementarios, estacionamiento vehicular y carga y descarga;
Que por el artículo 7° se autorizó el uso de estacionamiento en un sector de la
Manzana 178 A de la Sección 15, Circunscripción 19, con el fin exclusivo de satisfacer
los requisitos establecidos por la Ley N° 4.888 para el Anexo B del Anexo IV;
Que el Anexo IV de la citada ley está constituido por las especificaciones técnicas que
rigen el llamado a Licitación Pública Nacional para la Contratación de la Prestación del
Servicio Público del Sistema de Estacionamiento Regulado en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 4.003;
Que por su parte, el Anexo B del citado Anexo IV define las cinco Zonas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires que deberán disponer de uno o más predios destinados a
la guarda de vehículos infractores, identificándose en la Zona 2 predio 2.1 ubicado en
Eduardo Couture y Francisco Romero;
Que de tal modo, el artículo 7° de la Ley N° 4.923 dispone que un sector del predio en
que se ha proyectado el emplazamiento de la Playa de Estacionamiento Subterránea
de carácter disuasorio ubicada en la denominada "Área Facultad de Derecho" -Nuevo
Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones-, sea utilizado con el fin exclusivo
de satisfacer la guarda de vehículos acarreados desde la vía pública cuando se
encontraren en las condiciones descriptas por el artículo 2.1.5 del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, conforme su redacción según la Ley N°
4.003;
Que en esas condiciones la Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de Gabinete
de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha manifestado la
necesidad de contar en la futura Playa de Estacionamiento Subterránea de carácter
disuasorio ubicada en la denominada "Área Facultad de Derecho" -Nuevo Parque y
Centro de Exposiciones y Convenciones- con el espacio que determinó a los fines de
cumplir las previsiones de la norma citada en el párrafo precedente;
Que tal circunstancia requiere la modificación de los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares y de Especificaciones Técnicas que fueran aprobados por Decreto N°
291/14 con el objeto de adecuarlos a la nueva situación planteada;
Que por otro lado, el Ministerio de Desarrollo Urbano ha manifestado que las
modificaciones que deben realizarse al proyecto de la Playa de Estacionamiento
Subterránea de carácter disuasorio ubicada en la denominada "Área Facultad de
Derecho" -Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones- impiden que su
construcción pueda fraccionarse eventualmente en dos etapas, tal como se encuentra
previsto en los pliegos licitatorios;
Que a la vez, se considera adecuado modificar el Pliego de Bases y Condiciones
Generales para la Concesión de Obra Pública para la Construcción y Explotación de
Playas de Estacionamiento subterráneo, autorizados por las Leyes Nros. 3.057 y
3.058, y sus Decretos Reglamentarios Nros. 227/12 y 795/10, respectivamente, que
fuera aprobado por el Decreto N° 413/12 en los términos del artículo 3° de la Ley N°
3.057 y del artículo 4° de la Ley 3.058;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
que le compete en virtud de la Ley N° 1.218.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 104, incisos 21, 23 y 24 de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Sustitúyese el artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones Generales
para la Concesión de Obra Pública para la Construcción y Explotación de Playas de
Estacionamiento subterráneo, autorizados por las Leyes Nros. 3.057 y 3.058, y sus
Decretos Reglamentarios Nros. 227/12 y 795/10, respectivamente, que fuera aprobado
por el artículo 1° del Decreto N° 413/12, el que quedará redactado en los términos del
Anexo I (PLIEG-2014-15648858-DGTALMDU) que forma parte integrante del presente
Decreto.
Artículo 2°.- Modifícanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas que rigen el llamado a Licitación Pública para el
otorgamiento mediante Concesión de Obra Pública para la Construcción y Explotación
de una Playa de Estacionamiento Subterránea de carácter disuasorio ubicada en la
denominada "Área Facultad de Derecho" conforme surge del Anexo I de la Ley N°
3.058 -Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones-, bajo el régimen de
Concesión de Obra Pública, que fueran aprobados por el artículo 1° del Decreto N°
291/14, en los términos de los Anexos II (PLIEG-2014- 16500600-DGTALMDU) y III
(PLIEG-2014-16498584-SSPUAI), respectivamente, que forman parte integrante del
presente Decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo
Urbano y de Desarrollo Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
comuníquese a los Ministerios de Desarrollo Económico, Desarrollo Urbano, a la
Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Dirección
General de Concesiones del Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese.
MACRI - Chaín - Cabrera - Rodríguez Larreta
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4531