DECRETO 335 2016
Síntesis:
APRUEBA PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA - CONCESIÓN OBRA PÚBLICA - CONSTRUCCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRÁNEA - ÁREA FACULTAD DE DERECHO - DEROGA DECRETO 291-14 Y ARTÍCULO 2° DEL DECRETO 470-14 - JEFATURA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
07/06/2016
Sanción:
03/06/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley Nacional N° 17.520, las Leyes Nros. 70, 3.058, 5.460, los Decretos Nros.
795/10, 413/12, 291/14, 470/14, 363/15 y 141/16, las Resoluciones Nros
241/MDUGC/14 y 180/MDUGC/15, el Expediente Electrónico N° 22.032.516-2015-
MGEYA-DGPUYA, y
CONSIDERANDO:
Que La Ley Nacional N° 17.520 establece el régimen de Concesiones de Obras
Públicas, siendo dicha ley aplicable en virtud de lo establecido en la Cláusula
Transitoria Tercera de la Ley N° 70;
Que por la Ley N° 3.058, reglamentada por el Decreto N° 795/10, se creó el Sistema
de Estacionamientos Subterráneos de carácter disuasorio, destinados a regular el
ingreso de automóviles particulares al área central de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que asimismo la referida ley establece que el Poder Ejecutivo dispondrá el llamado a
licitación pública para la construcción y concesión de cada una de las mencionadas
playas de estacionamiento subterráneo;
Que en tal sentido, por el Decreto N° 413/12, y su modificatorio N° 470/14, se aprobó
el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Concesión de Obra Pública para
la Construcción y Explotación de Playas de Estacionamiento subterráneo autorizadas
por las Leyes Nros. 3.057 y 3.058 y sus Decretos Reglamentarios Nros. 227/12 y
795/10, respectivamente;
Que por Decreto N° 291/14, y su modificatorio el Decreto N° 470/14, se aprobaron los
Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que
rigieron el llamado a Licitación Pública para el otorgamiento mediante Concesión de
Obra Pública para la Construcción y Explotación de una Playa de Estacionamiento
Subterránea de carácter disuasorio ubicada en la denominada "Área Facultad de
Derecho" conforme surge del Anexo I de la Ley N° 3.058 -Nuevo Parque y Centro de
Exposiciones y Convenciones-, bajo el régimen de Concesión de Obra Pública;
Que en función de la delegación dispuesta en el Decreto N° 291/14, el entonces
Ministro de Desarrollo Urbano llamó a licitación pública por la Resolución N°
241/MDUGC/14 a los fines de otorgar la Concesión de Obra Pública referida;
Que tal como surge del Acta de Apertura N° 1/2015 realizada en la ocasión señalada
para ello, no se presentó ninguna oferta, por lo cual dicha licitación pública de fue
declarada desierta mediante la Resolución N° 180/MDUGC/15;
Que por el actuado citado en el Visto, se propicia el nuevo llamado a Licitación Pública
para el otorgamiento mediante Concesión de Obra Pública para la Construcción y
Explotación de una Playa de Estacionamiento Subterránea disuasoria ubicada en la
denominada "Área Facultad de Derecho" conforme surge del Anexo I de la Ley N°
3.058 -Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones-, bajo el régimen de
Concesión de Obra Pública;
Que en virtud del análisis efectuado por las áreas con competencia técnica en la
materia resulta procedente aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y
de Especificaciones Técnicas que regirán la presente Licitación Pública, que se
ajustan a los requerimientos técnicos actuales, y en consecuencia, derogar el Decreto
N° 291/14 y el artículo 2° del Decreto N° 470/14;
Que la ley 5.460 estableció la actual estructura ministerial y que el Decreto N° 363/15
aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos, con las responsabilidades primarias y objetivos de
las Unidades de Organización integrantes de este Gobierno, siendo dicha estructura
orgánica modificada parcialmente por el Decreto N°141/16;
Que a fin de lograr una mejor coordinación administrativa y eficiencia en la gestión del
proceso en cuestión, es procedente delegar en el Ministerio de Desarrollo Urbano y
Transporte la facultad para realizar el llamado a Licitación Pública, emitir circulares
aclaratorias, con y sin consulta sobre la documentación de la presente Licitación del
presente Decreto, dictar los actos administrativos necesarios para materializar la
contratación previos a la adjudicación y todos aquellos que sean necesarios para la
etapa de ejecución de la obra hasta su finalización y recepción provisoria, así como a
rescindir el contrato durante esa etapa, en caso de corresponder;
Que en este orden de ideas, se propicia delegar en los señores Ministros de Desarrollo
Urbano y Transporte y de Modernización, Innovación y Tecnología las facultades
necesarias para adjudicar la concesión y explotación y suscribir el pertinente contrato;
Que en este sentido resulta pertinente delegar en el Ministerio de Modernización,
Innovación y Tecnología las facultades para dictar todos los actos administrativos
necesarios para el control de la explotación y, en su oportunidad, la recepción
definitiva de las obras;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
que le compete, en virtud de la Ley N° 1.218.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 104, incisos 21, 23 y 24 de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas que regirán el llamado a Licitación Pública para el
otorgamiento mediante Concesión de Obra Pública para la Construcción y Explotación
de una Playa de Estacionamiento Subterránea de carácter disuasorio ubicada en la
denominada "Área Facultad de Derecho" conforme surge del Anexo I de la Ley N°
3.058 -Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones-, bajo el régimen de
Concesión de Obra Pública, los que como Anexos I (PLIEG-2016-9967170-
SSOBRAS) y II (PLIEG-2016-9967275-SSOBRAS) forman parte integrante del
presente Decreto.
Artículo 2°.- Delégase al señor Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte la facultad
para realizar el llamado a Licitación Pública, emitir circulares aclaratorias, con y sin
consulta sobre la documentación de la presente Licitación aprobada por el artículo 1°
del presente Decreto, dictar los actos administrativos necesarios para materializar la
contratación previos a la adjudicación y todos aquellos que sean necesarios para la
etapa de ejecución de la obra hasta su finalización y recepción provisoria, así como a
rescindir el contrato durante esa etapa, en caso de corresponder, de conformidad con
el régimen de la Ley de Concesiones de Obras Públicas N° 17.520, en observancia
con la documentación que se aprueba por el artículo precedente.
Artículo 3°.- Deléganse en los señores Ministros de Desarrollo Urbano y Transporte y
de Modernización, Innovación y Tecnología las facultades necesarias para adjudicar la
concesión y explotación y suscribir el pertinente contrato.
Artículo 4°.- Delégase en el señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología
las facultades para dictar todos los actos administrativos que sean necesarios para el
control de la explotación de la concesión y, en su oportunidad, la recepción definitiva
de las obras.
Artículo 5°.- Deróganse el Decreto N° 291/14 y el artículo 2° del Decreto N° 470/14.
Artículo 6°.- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo
Urbano y Transporte y de Modernización, Innovación y Tecnología y por el señor Jefe
de Gabinete de Ministros.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
comuníquese a los Ministerios de Modernización, Innovación y Tecnología y de
Desarrollo Urbano y Transporte, a la Secretaría de Transporte del Ministerio de
Desarrollo Urbano y Transporte y a la Dirección General de Concesiones dependiente
del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Freire - Miguel
ANEXOS