DECRETO 335 2016

Síntesis:

APRUEBA PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES -  LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA - CONCESIÓN OBRA PÚBLICA - CONSTRUCCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE  PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRÁNEA - ÁREA FACULTAD DE DERECHO - DEROGA DECRETO 291-14 Y ARTÍCULO 2° DEL DECRETO 470-14 - JEFATURA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

07/06/2016

Sanción:

03/06/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley Nacional N° 17.520, las Leyes Nros. 70, 3.058, 5.460, los Decretos Nros.

795/10, 413/12, 291/14, 470/14, 363/15 y 141/16, las Resoluciones Nros

241/MDUGC/14 y 180/MDUGC/15, el Expediente Electrónico N° 22.032.516-2015-

MGEYA-DGPUYA, y

CONSIDERANDO:

Que La Ley Nacional N° 17.520 establece el régimen de Concesiones de Obras

Públicas, siendo dicha ley aplicable en virtud de lo establecido en la Cláusula

Transitoria Tercera de la Ley N° 70;

Que por la Ley N° 3.058, reglamentada por el Decreto N° 795/10, se creó el Sistema

de Estacionamientos Subterráneos de carácter disuasorio, destinados a regular el

ingreso de automóviles particulares al área central de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que asimismo la referida ley establece que el Poder Ejecutivo dispondrá el llamado a

licitación pública para la construcción y concesión de cada una de las mencionadas

playas de estacionamiento subterráneo;

Que en tal sentido, por el Decreto N° 413/12, y su modificatorio N° 470/14, se aprobó

el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Concesión de Obra Pública para

la Construcción y Explotación de Playas de Estacionamiento subterráneo autorizadas

por las Leyes Nros. 3.057 y 3.058 y sus Decretos Reglamentarios Nros. 227/12 y

795/10, respectivamente;

Que por Decreto N° 291/14, y su modificatorio el Decreto N° 470/14, se aprobaron los

Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que

rigieron el llamado a Licitación Pública para el otorgamiento mediante Concesión de

Obra Pública para la Construcción y Explotación de una Playa de Estacionamiento

Subterránea de carácter disuasorio ubicada en la denominada "Área Facultad de

Derecho" conforme surge del Anexo I de la Ley N° 3.058 -Nuevo Parque y Centro de

Exposiciones y Convenciones-, bajo el régimen de Concesión de Obra Pública;

Que en función de la delegación dispuesta en el Decreto N° 291/14, el entonces

Ministro de Desarrollo Urbano llamó a licitación pública por la Resolución N°

241/MDUGC/14 a los fines de otorgar la Concesión de Obra Pública referida;

Que tal como surge del Acta de Apertura N° 1/2015 realizada en la ocasión señalada

para ello, no se presentó ninguna oferta, por lo cual dicha licitación pública de fue

declarada desierta mediante la Resolución N° 180/MDUGC/15;

Que por el actuado citado en el Visto, se propicia el nuevo llamado a Licitación Pública

para el otorgamiento mediante Concesión de Obra Pública para la Construcción y

Explotación de una Playa de Estacionamiento Subterránea disuasoria ubicada en la

denominada "Área Facultad de Derecho" conforme surge del Anexo I de la Ley N°

3.058 -Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones-, bajo el régimen de

Concesión de Obra Pública;

Que en virtud del análisis efectuado por las áreas con competencia técnica en la

materia resulta procedente aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y

de Especificaciones Técnicas que regirán la presente Licitación Pública, que se

ajustan a los requerimientos técnicos actuales, y en consecuencia, derogar el Decreto

N° 291/14 y el artículo 2° del Decreto N° 470/14;

Que la ley 5.460 estableció la actual estructura ministerial y que el Decreto N° 363/15

aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos, con las responsabilidades primarias y objetivos de

las Unidades de Organización integrantes de este Gobierno, siendo dicha estructura

orgánica modificada parcialmente por el Decreto N°141/16;

Que a fin de lograr una mejor coordinación administrativa y eficiencia en la gestión del

proceso en cuestión, es procedente delegar en el Ministerio de Desarrollo Urbano y

Transporte la facultad para realizar el llamado a Licitación Pública, emitir circulares

aclaratorias, con y sin consulta sobre la documentación de la presente Licitación del

presente Decreto, dictar los actos administrativos necesarios para materializar la

contratación previos a la adjudicación y todos aquellos que sean necesarios para la

etapa de ejecución de la obra hasta su finalización y recepción provisoria, así como a

rescindir el contrato durante esa etapa, en caso de corresponder;

Que en este orden de ideas, se propicia delegar en los señores Ministros de Desarrollo

Urbano y Transporte y de Modernización, Innovación y Tecnología las facultades

necesarias para adjudicar la concesión y explotación y suscribir el pertinente contrato;

Que en este sentido resulta pertinente delegar en el Ministerio de Modernización,

Innovación y Tecnología las facultades para dictar todos los actos administrativos

necesarios para el control de la explotación y, en su oportunidad, la recepción

definitiva de las obras;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

que le compete, en virtud de la Ley N° 1.218.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 104, incisos 21, 23 y 24 de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de

Especificaciones Técnicas que regirán el llamado a Licitación Pública para el

otorgamiento mediante Concesión de Obra Pública para la Construcción y Explotación

de una Playa de Estacionamiento Subterránea de carácter disuasorio ubicada en la

denominada "Área Facultad de Derecho" conforme surge del Anexo I de la Ley N°

3.058 -Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones-, bajo el régimen de

Concesión de Obra Pública, los que como Anexos I (PLIEG-2016-9967170-

SSOBRAS) y II (PLIEG-2016-9967275-SSOBRAS) forman parte integrante del

presente Decreto.

Artículo 2°.- Delégase al señor Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte la facultad

para realizar el llamado a Licitación Pública, emitir circulares aclaratorias, con y sin

consulta sobre la documentación de la presente Licitación aprobada por el artículo 1°

del presente Decreto, dictar los actos administrativos necesarios para materializar la

contratación previos a la adjudicación y todos aquellos que sean necesarios para la

etapa de ejecución de la obra hasta su finalización y recepción provisoria, así como a

rescindir el contrato durante esa etapa, en caso de corresponder, de conformidad con

el régimen de la Ley de Concesiones de Obras Públicas N° 17.520, en observancia

con la documentación que se aprueba por el artículo precedente.

Artículo 3°.- Deléganse en los señores Ministros de Desarrollo Urbano y Transporte y

de Modernización, Innovación y Tecnología las facultades necesarias para adjudicar la

concesión y explotación y suscribir el pertinente contrato.

Artículo 4°.- Delégase en el señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología

las facultades para dictar todos los actos administrativos que sean necesarios para el

control de la explotación de la concesión y, en su oportunidad, la recepción definitiva

de las obras.

Artículo 5°.- Deróganse el Decreto N° 291/14 y el artículo 2° del Decreto N° 470/14.

Artículo 6°.- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo

Urbano y Transporte y de Modernización, Innovación y Tecnología y por el señor Jefe

de Gabinete de Ministros.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y

comuníquese a los Ministerios de Modernización, Innovación y Tecnología y de

Desarrollo Urbano y Transporte, a la Secretaría de Transporte del Ministerio de

Desarrollo Urbano y Transporte y a la Dirección General de Concesiones dependiente

del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Freire - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4898

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 5 del Decreto 335-12, deroga el Decreto 291-GCABA-14.</p>
MODIFICA
<p>Art. 5 del Decreto 335-12, deroga el art 2° del Decreto 470-GCABA-14.</p>