DISPOSICIÓN 1432 2014 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
Síntesis:
APRUEBA LA IMPLEMENTACIÓN DEL LIBRO DE INSPECCIÓN DIGITAL - ASCENSORES REGISTRADOS - REPRESENTANTE TÉCNICO - EMPRESA MANTENEDORA - USUARIO PROPIETARIO - ADMINISTRADOR - PÚBLICO - DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
Publicación:
09/01/2015
Sanción:
29/12/2014
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
Estado:
No vigente
VISTO:
La ley N° 2624, Resolución N° 430/AGC/13, las Disposiciones N° 1100/DGFYCO/13,
N° 1101/DGFYCO/13, Expediente Electrónico N° 4371958/MGEYA/AGC/2013 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N°430/AGC/13 de fecha 17 de Septiembre de 2013 se
encuentra aprobado el proyecto "Ascensores Registrados" a cargo de esta Dirección
General de Fiscalización y Control de Obras;
Que desde entonces se encuentra desarrollándose la "Primera Fase" del referido
proyecto en la cual fueron implementados los aplicativos web para la identificación de
ascensores y de las empresas conservadoras mediante la Disposición 1100/
DGFYCO/13;
Que asimismo, la Disposición N° 1101/DGFYCO/13 se estableció el uso del aplicativo
Módulo Web de Uso DGFYCO el cual define la interrelación entre el aplicativo web y
las áreas operativas y de sistemas de la AGC;
Que en virtud de la implementación del proyecto Ascensores Registrados resulta
necesario incluir y promover el uso de las herramientas informáticas para el registro e
identificación de los ascensores y las empresas conservadoras y sus representantes
técnicos para lo que resulta necesario implementar la digitalización del libro de
inspección;
Que en el referido "Libro de Inspección Digital" el representante técnico registrará el
estado del ascensor así como también las recomendaciones técnico-específicas que
estime pertinente;
Que en tal sentido esta Dirección General establece mediante los Anexos I, II y III la
implementación del "Libro de Inspección Digital" como parte integrante del proyecto
Ascensores Registrados;
Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas,
Artículo 1°.- Apruébase la implementación del "Libro de Inspección Digital", de
conformidad al procedimiento desarrollado en los ANEXOS I, II y III que forman parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y comuníquese a la Dirección Ejecutiva de la AGC, a la Gerencia
Operativa de Fiscalización y Control de Instalaciones Complementarias, a la
Subgerencia Operativa de Elevadores, a la Unidad Sistemas Informáticos y Procesos
de la AGC, al Ministerio de Desarrollo Urbano, a la Dirección General de Registro de
Obras y Catastro, a los Consejos Profesionales de Ingeniería, a la Cámara de
Empresas Conservadoras de Ascensores y Afines, Federación de Asociaciones y
Cámaras de Ascensores, y a la Cámara de Ascensores y Afines. Cumplido, Archívese.
Alonso
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4555