ACORDADA ELECTORAL 1 2014 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Síntesis:
CONVOCATORIA A ELECCIONES - ELECCIONES PRIMARIAS ABIERTAS SIMULTÁNEAS Y OBLIGATORIA - APRUEBA CRONOGRAMA ELECTORAL - PROTOCOLO ELECTORAL AÑO 2015 - HABILITACIÓN DEL TRIBUNAL DURANTE LA FERIA JUDICIAL DE ENERO DE 2015 EXCLUSIVAMENTE PARA LAS CAUSAS RELACIONADAS CON MATERIA ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS - REGISTRO DE ELECTORAS EXTRANJERAS Y ELECTORES EXTRANJEROS - PADRÓN FEDERAL - ELECCIONES 2015
Publicación:
09/01/2015
Sanción:
29/12/2014
Organismo:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 29 días del mes de diciembre de dos
mil catorce, se reúnen en Acuerdo en razón de haber tomado conocimiento del decreto
n° 530/GCBA/2014 de convocatoria a elecciones (BOCBA 4549 de 29/12/2014), el
Vicepresidente del Tribunal Superior de Justicia, José Osvaldo Casás y las juezas
Alicia E. C. Ruiz, Ana María Conde e Inés M. Weinberg
consideran:
1. El 29 de diciembre de 2014 se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires n° 4549 el decreto n° 530-GCBA- 2014 mediante el cual el Jefe de Gobierno
convoca al electorado de la Ciudad de Buenos Aires a elecciones Primarias, Abiertas,
Simultáneas y Obligatorias para la selección de los candidatos a Jefe de Gobierno,
Diputados y miembros de las Juntas Comunales el día 26 de Abril de 2015; para elegir
Jefe y Vice Jefe de Gobierno, Diputados y miembros de las Juntas Comunales el día 5
de Julio de 2015; y para una eventual segunda vuelta el día 19 de julio de 2015.
2. Tal como ha ocurrido para las elecciones de los años 2000,2003, 2005, 2007, 2009,
2011 y 2013 y de acuerdo con lo establecido en el artículo 113 inc. 6 de la
Constitución de la Ciudad, corresponde a este Tribunal ejercer las funciones que,
conforme al Código Electoral Nacional, son propias de la Junta Electoral y de los
jueces electorales. Todo ello en el marco del "Convenio de Colaboración" suscripto el
27 de febrero de 2007 entre el Poder Judicial de la Nación --representado por la
Cámara Nacional Electoral y el Juzgado Federal Electoral de la Capital Federal-- el
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y el Tribunal.
3. La asignación al Tribunal de la competencia electoral debe ser interpretada de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial
que establece las facultades y deberes de la Presidencia del Tribunal Superior de
Justicia y con el art. 5 del Reglamento aprobado por Acordada n° 7 (texto ordenado
según Acordada n° 13/2012 del 16/10/2012, BOCBA n° 4027) en cuanto admite la
distribución de funciones administrativas entre la Presidencia y la Vicepresidencia.
Igualmente resulta conveniente garantizar a los participantes del proceso electoral la
posibilidad de recurrir ante el Tribunal las decisiones que se adopten sólo por la
Presidencia.
4. Las etapas del proceso electoral se ajustarán al cronograma que como Anexo I
integra esta Acordada. Con la finalidad de poner en ejecución las tareas que demanda
su cumplimiento es necesario adoptar de inmediato todas aquellas medidas que no
admiten demora.
5. Corresponde además publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad y en el sitio web
institucional del Tribunal el listado de partidos políticos informados por la Justicia
Federal Electoral del distrito que cumplen con los requisitos del artículo 4 del decreto
n° 376/GCBA/2014 y del art. 2°, decreto n° 441/GCBA/201.
6. En atención al proceso electoral en curso, por razones de orden y celeridad resulta
conveniente como se ha decidido en años electorales anteriores- que el registro de
las resoluciones dictadas en el ejercicio de la competencia establecida en el art. 113.
Inc. 6 CCBA por el Tribunal o por su Presidencia, se unifique en un protocolo especial
destinado a ese efecto.
Además es aconsejable, por el motivo indicado, poner a cargo de la Secretaría de
Asuntos Originarios las tareas de protocolización y custodia del referido registro hasta
la finalización del año 2015.
7. En atención a la feria judicial de enero, corresponde decretar la habilitación del
Tribunal durante ella, exclusivamente para las causas relacionadas con materia
electoral y de partidos políticos. A ese fin resulta apropiado disponer la apertura de la
Mesa de Entradas Electoral, que funcionará de lunes a viernes en el horario de 9 a 15
horas, a partir del 5 de enero y hasta el 31 de julio de 2015 y poner a su cargo al
prosecretario administrativo mayor Roberto Néstor Asorey, quien se ha desempeñado
en Mesa de Entradas Judicial y cuenta con vasta experiencia en materia electoral,
asistido por el agente Manuel Gallo.
Toda vez que el día 6 de enero de 2015 se cierran las novedades para el padrón de
electores, durante el mes de enero se inscribirá en el Registro de Electoras
Extranjeras y Electores Extranjeros solamente hasta esa fecha, en el horario de 9 a 16
horas.
8. Teniendo en consideración que en el año 2015 se celebrarán también los comicios
para elegir autoridades nacionales (9 de agosto, 25 de octubre y 22 de noviembre) se
entiende conveniente a los fines de mantener, en la media de lo posible, los
establecimientos y mesas de votación para cargos locales y federales, establecer que
las mesas sean mixtas (conf. Acordada Electoral n° 4/2011) y que se integren con
hasta trescientos cincuenta (350) electores (de igual modo que en el ámbito federal).
9. También es adecuado establecer que el diseño de padrón a utilizar sea el mismo
que el empleado en el ámbito federal a fin de mejorar la identificación del elector y
otorgarle un comprobante de la emisión de voto (troquelado).
Por ello,
1°. La Presidencia del Tribunal adoptará las medidas que sean necesarias para
cumplir con las etapas del proceso electoral en el ejercicio de la competencia
establecida en el artículo 113 inciso 6 de la Constitución de la Ciudad, y decidirá todas
las cuestiones de trámite e interlocutorias vinculadas con dicho proceso, con
excepción de las que se enuncian en el punto 2.
2°. El Tribunal decidirá las cuestiones previstas en el Capítulo II del Título V y en el
artículo 52 incs. 3, 4, 5 y 6, del CE; en los artículos 26 y 27 de la ley n° 268 y en los
arts. 24 y 26 del Anexo I de la ley n° 4894 y su decreto reglamentario n° 376-GCBA-
2014 y los arts. 4 inc. e, 6, 7, 8 y 10 del Anexo II de la ley n° 4894 y su decreto
reglamentario n° 441-GCBA-2014.
3°. La Presidencia podrá encomendar a la Vicepresidencia la intervención en su
reemplazo o su participación conjunta en los actos y audiencias que deban practicarse
cuando así lo considere conveniente para el mejor desarrollo del proceso electoral o
cuando razones vinculadas con la atención de los demás asuntos judiciales y
administrativos en trámite ante el Tribunal así lo aconsejen. También podrá someter a
consideración del pleno del Tribunal aquellas cuestiones que, a su juicio, justifiquen su
decisión en forma colegiada, por su trascendencia.
4°. Las decisiones de la Presidencia y, en su caso, de la Vicepresidencia, sólo son
impugnables mediante recurso de reposición, el que se regirá, en lo pertinente, por lo
dispuesto en los artículos 212 a 214 del CCAyT y será resuelto por el Tribunal en
pleno.
5°. Aprobar el cronograma electoral que, como Anexo I, integra esta Acordada.
6°. Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la página web del Tribunal el listado
de partidos políticos, informados por la Justicia Federal Electoral del distrito, que
cumplen con los requisitos del artículo 4 del decreto n° 376/GCBA/2014 y del art. 2°,
decreto n° 441/GCBA/2014 que, como Anexo II, integra esta Acordada.
7°. Disponer la apertura del Protocolo "Electoral año 2015" que se iniciará con la
presente resolución.
8°. Decretar la habilitación del Tribunal durante la feria judicial de enero de 2015
exclusivamente para las causas relacionadas con materia electoral y de partidos
políticos.
9° Disponer la apertura de la Mesa de Entradas Electoral, que funcionará de lunes a
viernes en el horario de 9 a 15 horas, a partir del 5 de enero y hasta el 31 de julio de
2015 y poner a su cargo al prosecretario administrativo mayor Roberto Néstor Asorey,
asistido por el agente Manuel Gallo.
10° Establecer que durante el mes de enero de 2015, el Registro de Electoras
Extranjeras y Electores Extranjeros inscribirá hasta el día 6 inclusive, en el horario de 9
a 16 horas.
11°. Constituir mesas mixtas de votación con hasta trescientos cincuenta (350)
electores.
12°. Adoptar el diseño del padrón federal para el proceso electoral año 2015.
13°. Mandar que se registre, se ponga en conocimiento del Poder Ejecutivo, de la
Legislatura, de las Juntas Comunales, del Ministerio Público Fiscal, de la Auditoría
General de la Ciudad, de la Dirección General Electoral y del Juzgado Federal
Electoral, mediante el libramiento de los oficios correspondientes y que se publique en
el sitio web del Tribunal y por un día en el Boletín Oficial. Casás - Conde - Ruiz -
Weinberg
ANEXOS