DISPOSICIÓN 170 2015 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

APROBACIÓN DE FORMULARIOS - FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS - FORMULARIOS DE SOLICITUD DE INICIO DE OBRA - SOLICITUD DE INSPECCIÓN DEMOLEDORES - SOLICITUD DE INSPECCIÓN EXCAVADORES - CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DEMOLEDORES Y EXCAVADORES - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO DEMOLEDORES Y EXCAVADORES - INSPECCIONES OBLIGATORIAS SEGÚN LAS DISTINTAS ETAPAS DE OBRA - CÓDIGO DE EDIFICACIÓN - VERIFICACIONES ESPECIALES DE OBRA

Publicación:

05/02/2015

Sanción:

30/01/2015

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Estado:

No vigente


VISTO:

EL DECRETO N° 271/GCABA/14, LA RESOLUCIÓN 66/AGC/13 y modificatorias, LA

LEY 4268, EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 00687332/2015 Y;

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la Ley 4268 se incorporó el parágrafo 2.2.1.8 "Inspecciones

obligatorias según las distintas etapas de obra" al Código de Edificación de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el citado artículo establece los lineamientos sobre las inspecciones que deben

llevarse a cabo según las etapas de las obras de demolición y excavación y el

procedimiento a través del cual las mismas deben ser solicitadas para registrarse,

solicitar e informar al organismo de control sobre el inicio de los trabajos;

Que en relación a la solicitud de las verificaciones especiales de obra, resulta

necesario implementar los formularios de: Solicitud de Inicio de Obra (IO); Solicitud de

Inspección Demoledores (D); Solicitud de Inspección Excavadores (E); Certificado de

Inscripción Demoledores y Excavadores (CI); Formulario de Inscripción al Registro

Demoledores y Excavadores (R) que se adjuntan como (ANEXO I) a la presente, de

carácter obligatorio y de alcance general a los Directores de Obra y empresas

Demoledoras/ Excavadoras, en atención a lo establecido en la Ley N° 4268 y el

Código de la Edificación;

Que dichos formularios deberán ser presentados obligatoriamente por el Propietario

y/o Profesional Director de Obra y/o Apoderado, ante esta Dirección General de

Fiscalización y Control de Obras sita en la calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón N°

2941 de esta ciudad, en original y copia;

Que en tal sentido, ésta Dirección General establece mediante el Anexo I de la

presente, los referidos formularios y el plazo de los mismos;

Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébense los formularios de Solicitud de Inicio de Obra (IO); Solicitud

de Inspección Demoledores (D); Solicitud de Inspección Excavadores (E); Certificado

de Inscripción Demoledores y Excavadores (CI); Formulario de Inscripción al Registro

Demoledores y Excavadores (R) detallados en el ANEXO I (DI-2015-01975969-

DGFYCO) que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y comuníquese a la Dirección Ejecutiva de la AGC, a la Dirección

General Legal y Técnica, a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro.

Notifíquese al Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo (CPAU) y al Consejo

de Ingeniería Civil (CPIC) Cumplido, archívese. Alonso


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4574

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 472-AGC-19 deja sin efecto a la Disposición 170-DGFYCO-15.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Disposición 1227-DGFYCO-15, modifica formularios aprobados por Disposición 170-DGFYCO-15.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 170-DGFYCO-15 aprueba los formularios de Solicitud de Inicio de Obra, Solicitud de Inspección Demoledores, Solicitud de Inspección Excavadores, Certificado de Inscripción Demoledores y Excavadores, y el Formulario de Inscripción al Registro Demoledores y Excavadores, en el marco del previsto en el parágrafo 2.2.1.8 del Código de Edificación, de acuerdo al texto dado por el art. 1 de la Ley 4268.</p>