RESOLUCIÓN 53 2015 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
PROGRAMA CIUDADANÍA PORTEÑA - CON TODO DERECHO - COMPONENTE ESTUDIAR ES TRABAJAR - AMPLIACIÓN - RANGO EDAD - FRANJA ETÁREA - BENEFICIARIOS - JÓVENES DE ENTRE 18 Y 40 AÑOS - HOGARES - MODIFICA LA RESOLUCIÓN 923-MDSGC-10
Publicación:
25/02/2015
Sanción:
13/02/2015
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 1878, la Resolución N° 715/MDSGC/2008, la Resolución N°
923/MDSGC/2010, y el Expediente N° 2049705-MGEYA-DGCPOR-2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 1878, se creó el Programa Ciudadanía Porteña - Con Todo
Derecho, actualmente dependiente de la Dirección General de Ciudadanía Porteña en
el ámbito de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario del Ministerio
de Desarrollo Social;
Que el referido Programa, tiene como fin conferir una prestación monetaria mensual
por hogar beneficiario, no retributiva, intransferible e inembargable, que se otorga a
aquellos hogares que cumplan con las condiciones y pautas establecidas en la Ley;
Que mediante Resolución N° 715/MDSGC/2008, se aprobó la implementación, en el
ámbito del Programa Ciudadanía Porteña - Con Todo Derecho, del componente
Estudiar es Trabajar, el cual se encuentra dirigido a los jóvenes integrantes de un
hogar beneficiario del Programa Ciudadanía Porteña - Con Todo Derecho, conforme
los criterios de accesibilidad establecidos por la Ley 1878;
Que mediante Resolución N° 923/MDSGC/10, se aprobó la ampliación de la edad de
los jóvenes a los cuales se encuentra dirigido el componente Estudiar es Trabajar,
encontrándose destinado el mismo a jóvenes de entre 18 y 29 años inclusive;
Que a los fines de extender el alcance del componente Estudiar es Trabajar, y en base
a una decisión estratégica, que tiene como objetivo ser más eficiente en la
interposición del circuito de reproducción intergeneracional de la pobreza, resulta
pertinente establecer el rango de edad dentro del cual deben encontrarse aquellos que
resulten beneficiarios del mismo, entre los 18 y 40 años inclusive;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 923/MDSGC/2010, el cual
quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1°.- Déjase establecido que el componente "Estudiar es Trabajar",
perteneciente al Programa Ciudadanía Porteña-Con Todo Derecho, se encuentra
dirigido a jóvenes de entre 18 y 40 años inclusive, de conformidad con los alcances y
modalidades que establece la Resolución N° 715/MDSGC/2008."
Artículo 2°.- Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social, a la Subsecretaría
de Fortalecimiento Familiar y Comunitario y a la Dirección General de Ciudadanía
Porteña, Cumplido, archívese. Stanley