RESOLUCIÓN 53 2015 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Síntesis:

PROGRAMA CIUDADANÍA PORTEÑA - CON TODO DERECHO - COMPONENTE ESTUDIAR ES TRABAJAR - AMPLIACIÓN - RANGO EDAD - FRANJA ETÁREA - BENEFICIARIOS - JÓVENES DE ENTRE 18 Y 40 AÑOS - HOGARES - MODIFICA LA RESOLUCIÓN 923-MDSGC-10

Publicación:

25/02/2015

Sanción:

13/02/2015

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 1878, la Resolución N° 715/MDSGC/2008, la Resolución N°

923/MDSGC/2010, y el Expediente N° 2049705-MGEYA-DGCPOR-2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 1878, se creó el Programa Ciudadanía Porteña - Con Todo

Derecho, actualmente dependiente de la Dirección General de Ciudadanía Porteña en

el ámbito de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario del Ministerio

de Desarrollo Social;

Que el referido Programa, tiene como fin conferir una prestación monetaria mensual

por hogar beneficiario, no retributiva, intransferible e inembargable, que se otorga a

aquellos hogares que cumplan con las condiciones y pautas establecidas en la Ley;

Que mediante Resolución N° 715/MDSGC/2008, se aprobó la implementación, en el

ámbito del Programa Ciudadanía Porteña - Con Todo Derecho, del componente

Estudiar es Trabajar, el cual se encuentra dirigido a los jóvenes integrantes de un

hogar beneficiario del Programa Ciudadanía Porteña - Con Todo Derecho, conforme

los criterios de accesibilidad establecidos por la Ley 1878;

Que mediante Resolución N° 923/MDSGC/10, se aprobó la ampliación de la edad de

los jóvenes a los cuales se encuentra dirigido el componente Estudiar es Trabajar,

encontrándose destinado el mismo a jóvenes de entre 18 y 29 años inclusive;

Que a los fines de extender el alcance del componente Estudiar es Trabajar, y en base

a una decisión estratégica, que tiene como objetivo ser más eficiente en la

interposición del circuito de reproducción intergeneracional de la pobreza, resulta

pertinente establecer el rango de edad dentro del cual deben encontrarse aquellos que

resulten beneficiarios del mismo, entre los 18 y 40 años inclusive;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

LA MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 923/MDSGC/2010, el cual

quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1°.- Déjase establecido que el componente "Estudiar es Trabajar",

perteneciente al Programa Ciudadanía Porteña-Con Todo Derecho, se encuentra

dirigido a jóvenes de entre 18 y 40 años inclusive, de conformidad con los alcances y

modalidades que establece la Resolución N° 715/MDSGC/2008."

Artículo 2°.- Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General

Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social, a la Subsecretaría

de Fortalecimiento Familiar y Comunitario y a la Dirección General de Ciudadanía

Porteña, Cumplido, archívese. Stanley

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 316/MDHYHGC/23, deja sin efecto la Resolucion N° 53-MDSGC/15.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 53-MDSGC-15, modifica el  art. 1 de la Resolución 923-MDSGC-10.</p>