RESOLUCIÓN 923 2010 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Síntesis:

SE ESTABLE RANGO DE EDADES PARA EL COMPONENTE ESTUDIAR ES TRABAJAR DEL PROGRAMA CIUDADANÍA PORTEÑA-CON TODO DERECHO - JÓVENES - JUVENTUD - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Publicación:

28/10/2010

Sanción:

10/09/2010

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Estado:

No vigente


VISTO:

la Ley N° 1878, la Resolución N° 715/MDSGC/08 y la Carpeta N° 994013-DGCPOR-2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 1878, se creó el Programa Ciudadanía Porteña - Con Todo Derecho, actualmente dependiente de la Dirección General de Ciudadanía Porteña en el ámbito de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario del Ministerio de Desarrollo Social;

Que el referido Programa, tiene como fin conferir una prestación monetaria mensual por hogar beneficiario, no retributiva, intransferible e inembargable, que se otorga a aquellos hogares que cumplan con las condiciones y pautas establecidas en la Ley;

Que mediante Resolución N° 715-MDSGC-08, se aprobó la implementación, en el ámbito del Programa Ciudadanía Porteña - Con Todo Derecho, del componente Estudiar es Trabajar, el cual se encuentra dirigido a los jóvenes integrantes de un hogar beneficiario del Programa Ciudadanía Porteña - Con Todo Derecho, conforme los criterios de accesibilidad establecidos por la Ley N° 1878;

Que el componente Estudiar es Trabajar tiene por objeto que los beneficiarios asistan a instituciones pertenecientes a la educación formal, ya sea de nivel primario, secundario, terciario o universitario;

Que a la fecha, y tal como surge de los considerandos de la Resolución N° 715/MDSGC/2008, el componente Estudiar es Trabajar se encuentra destinado a jóvenes de 19 a 25 años de edad inclusive;

Que la Dirección Nacional de Juventud y el Observatorio de Juventud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consideran jóvenes a aquellas personas que se encuentran entre los 18 y 29 años inclusive;

Que a los fines de adecuar el alcance del componente Estudiar es Trabajar con las pautas vigentes en los referidos organismos, resulta pertinente establecer el rango de edad dentro del cual deben encontrarse aquellos que resulten beneficiarios del mismo;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjase establecido que el componente �Estudiar es Trabajar�, perteneciente al Programa Ciudadanía Porteña-Con Todo Derecho, se encuentra dirigido a jóvenes de entre 18 y 29 años inclusive, de conformidad con los alcances y modalidades que establece la Resolución N° 715/MDSGC/2008.

Artículo 2°.- Regístrese, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social, a la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario y a la Dirección General de Ciudadanía Porteña, Cumplido, archívese. Vidal

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 316/MDHYHGC/23, deja sin efecto la Resolucion Nº 923-MDSGC/10.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 53-MDSGC-15, modifica el  art. 1 de la Resolución 923-MDSGC-10.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art 1 de la Res 923-MDS-10 deja establecido que el componente Estudiar es Trabajar, perteneciente al Programa Ciudadanía Porteña-Con Todo Derecho, se encuentra dirigido a jóvenes de entre 18 y 29 años inclusive, de conformidad con los alcances y modalidades que establece la Res 715-MDS-08</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 923-MDS-10 deja establecido que el componente Estudiar es Trabajar, perteneciente al Programa Ciudadanía Porteña-Con Todo Derecho, se encuentra dirigido a jóvenes de entre 18 y 29 años inclusive, de conformidad con los alcances y modalidades que establece la Resolución 715-MDSGC-08.</p>