RESOLUCIÓN 77 2015 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
CESE DE AGENTES - TITULARES INTERINOS - CUATRIN JORGE GUILLERMO - TAPIA JAQUELINA MARCELA - CAPELO PATRICIA - PEREYRA CARLOS - LOPEZ DANTAS MARCELA - FERNANDEZ TARIGO FELIPE - BARBIERI SALVADOR LUIS - GUIMIL MARIA CECILIA - GARCIA FEDERICO RODRIGO - REGUERO MARIANO MARTIN - BUHL JORGE MIGUEL - LA SCALEIA SAVERIO EDUARDO - BIGLIA NORA GABRIELA - DESIGNACIÓN - CUATRIN JORGE GUILLERMO - GIACOBONE GABRIEL - TAPIA JAQUELINA MARCELA - LOPEZ DANTAS MARCELA - ROMERO SAAVEDRA IVAN LUCAS - FERNANDEZ TARIGO FELIPE - BARBIERI SALVADOR LUIS - GUIMIL MARIA CECILIA - GARCIA FEDERICO RODRIGO - REGUERO MARIANO MARTIN - BUHL JORGE MIGUEL - LA SCALEIA SAVERIO EDUARDO - BIGLIA NORA GABRIELA - GERENCIAS Y SUBGERENCIAS OPERATIVAS - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
Publicación:
06/03/2015
Sanción:
27/02/2015
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
VISTO:
La Ley N° 2.628, los Decretos N° 684/GCBA/09 sus modificatorios y complementarios,
N° 509/GCBA/13, N° 172/GCBA/14 sus normas complementarias, N° 353/GCBA/14 y
su modificatorio N° 539/GCBA/14, las Resoluciones N° 228/APRA/12 su confirmatoria
N° 235/APRA/14, sus modificatorias N° 434/APRA/2014 y N° 435/APRA/2014, N°
5/APRA/15, N° 40/APRA/15 y N° 128/SSGRH/15 el EX-2015-00649440- -MGEYA-
DGTALAPRA y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 2628 en su artículo 8° inciso b) prevé que son funciones de esta
Presidencia: "(...) Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia,
respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los aprobados
por la presente ley, organizativos, operativos y de administración de los recursos
humanos";
Que, por el artículo 3° de la RESOL-2014-228-APRA, esta Presidencia aprobó la
estructura organizativa de esta entidad autárquica, instituyó su esquema de
organización bajo Anexo I SADE N° IF-2014-05784068-APRA y las responsabilidades
primarias de los núcleos administrativos que lo componen bajo Anexo II SADE N° IF-
2014-05784079-APRA integrando ambos Anexos el acto administrativo enunciado;
Que, asimismo, por el artículo 2° de la RESOL-2014-235-APRA se designaron
interinamente, a partir del 19 de mayo de 2014, a las personas en los cargos
denominados Subgerencias Operativas y que se especifican en el Anexo I IF-2014-
05948999-APRA integrando el mencionado acto administrativo;
Que, posteriormente, el artículo 4° de la RESOL-2014-434-APRA creó la Subgerencia
Operativa de Cambio Climático en la órbita de la Dirección General de Estrategias
Ambientales, modificándose el artículo 3° de la RESOL-2014-228-APRA,
estableciendo que la organización administrativa de esta Agencia se compone según
Anexo I SADE N° IF-2014-12783072-APRA y las responsabilidades primarias de los
núcleos administrativos que la integran bajo Anexo II IF-2014-12783105-APRA;
Que, a comienzos del año en curso, la Directora General de Estrategias Ambientales
sometió a consideración por ante esta instancia de una nueva distribución de sus
funciones asignadas mediante los núcleos administrativos de su repartición;
Que fundó su petición con motivo del dictado por la RESOL- 2015-5-APRA, en donde
se aceptó la renuncia de la entonces titular interina a cargo de la Gerencia Operativa
de Economía Sustentable y Consumo Responsable a partir del 1° de enero de 2015;
Que, en mérito a lo anteriormente reseñado, haciendo lugar a la redistribución
requerida, resulta conveniente utilizar su cargo presupuestario asignado, sustituir su
denominación e instituirla como "Gerencia Operativa de Sanidad y Protección Animal";
Que, entonces corresponde establecer que las misiones y funciones oportunamente
conferidas a la entonces Gerencia Operativa de Economía Sustentable y Consumo
Responsable deben ser absorbidas por la Subgerencia Operativa de Producción Más
Limpia;
Que, habiéndose elevado la categoría del Régimen Gerencial que ostentaba la
entonces Subgerencia Operativa de Sanidad y Protección Animal, quedando a
disposición su partida presupuestaria que le fuera atribuida, resulta oportuno destinarla
a fin de estatuir, en su lugar, a la "Subgerencia Operativa de Interpretación del
Patrimonio Natural Urbano", dado que ha adquirido relevancia la visión estratégica y
compromiso para la ejecución de nuevos espacios de conservación y de educación
ambiental;
Que, culminando con las modificaciones de esta Autoridad Superior, cabe agregar que
reasume las misiones y funciones de la Subgerencia Operativa de Gestión de
Recursos y Logística y el cargo para su funcionamiento se transfiere a la institución de
la "Subgerencia Operativa de Innovación Ambiental";
Que, como se ha expresado, el accionar evidencia una redistribución de cargos del
Régimen Gerencial con sustitución en sus denominaciones, además la Autoridad
Superior enunciada, no ha requerido nuevas asignaciones presupuestarias a las
actualmente existentes;
Que, conferida la intervención de los Ministerios de Hacienda y Modernización como lo
prevé el artículo 1° del Decreto N° 539/GCBA/2014 prestaron su conformidad con el
proceder adoptado por esta Agencia habida cuenta que no genera erogación
presupuestaria a las actualmente previstas;
Que, por su parte, la Presidencia de esta Agencia por RESOL-2015-40-APRA resolvió
que habiendo evaluado el funcionamiento de las dependencias que directamente se le
incardinan, resultaba conveniente efectuar modificaciones en los titulares interinos de
las Unidades de Coordinación General de Control de Gestión su similar de la Gestión
Ambiental y en la Gerencia Operativa de Planificación del Manejo de Residuos
Domiciliarios;
Que, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente, resulta conveniente
modificar las misiones y funciones de los citados núcleos administrativos y los órganos
que le dependen;
Que, por otro lado, las Direcciones Generales de Control Ambiental y Técnica
Administrativa y Legal también manifestaron la necesidad de una redistribución de las
funciones para el ejercicio de la competencia junto con la propuesta de ceses y
designaciones en los titulares de los cargos del Régimen Gerencial Transitorio en el
ámbito de esa Autoridad Superior;
Que, la Dirección General Control Ambiental, en el ámbito de la competencia de la
Gerencia Operativa de Control Operativo, se propuso su cambio de denominación
estatuyendo en su lugar al de "Gerencia Operativa de Fiscalización Ambiental";
Que, dentro de las funciones que constituyen las Subgerencias Operativas que le
dependen al referido núcleo administrativo, se propicia el cambio de su denominación
y atribuciones de las denominadas: "Control Operativo de Estaciones de Servicio",
"Control Operativo de Industrias y Establecimientos Especiales", "Control Operativo
Fuentes Fijas", "Control Operativo de Verificaciones Ambientales" y "Control Operativo
de Recursos Hídricos y Cuenca Matanza Riachuelo", instituyendo en su lugar a 4
(CUATRO) Subgerencia Operativas de Fiscalización Ambiental, las que se dividirán
por zona que se corresponderá con el ámbito territorial de las 15 (QUINCE) Comunas
se distribuyen en el territorio de esta Ciudad y una específica abocada al horario
nocturno;
Que, en función de lo anteriormente desarrollado y accediendo a lo requerido, la
Gerencia Operativa de Asuntos Legales y Clausuras, dependiente de la Dirección
General de Control Ambiental, ostentará competencia en materia de
contraverificaciones ambientales;
Que, en cuanto a la redistribución de funciones propuesta por la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal, en primer lugar, propicia suprimir la denominación
"Subgerencia Operativa de Formación y Desarrollo de Personal", transfiriendo sus
funciones por ante la Gerencia Operativa de Recursos Humanos y mantener la
asignación presupuestaria;
Que, en su lugar, se estatuye la "Subgerencia Operativa de Seguimiento Inter e
Intrajurisdiccional", la que dependerá de modo directo de la máxima instancia de la
referida Autoridad Superior, destinando el cargo presupuestario vacante para el
ejercicio de sus funciones;
Que, otra causal de la petición de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal,
se sustenta en que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente
del Ministerio de Modernización resolvió cesar las tareas al titular interino de la
Subgerencia Operativa de Logística, en mérito a lo previsto en el artículo 59, inciso d)
de la Ley N° 471 y le concedió el incentivo previsto en el artículo 1° del Decreto N°
139/12, en la cantidad de cuotas mensuales y consecutivas que para cada caso se
indica y, de corresponder, el reintegro del monto de la cuota del plan de regularización
de deuda previsional como trabajador autónomo;
Que, como consecuencia de lo resuelto por la referida Subsecretaría, resulta
conveniente suprimir la denominación "Subgerencia Operativa de Logística y
Mantenimiento", transferir sus funciones a la Gerencia Operativa de Sistemas,
Infraestructura y Procesos y mantener la asignación presupuestaria;
Que, con motivo de lo decidido en el considerando precedente, se instituye la
"Subgerencia Operativa de Servicios Jurídicos", la que dependerá de modo directo de
la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, afectando el cargo presupuestario
vacante para el ejercicio de sus funciones;
Que, se aduna a la modificación de dependencias de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal, la supresión de la denominación "Subgerencia Operativa de
Gestión Presupuestaria", manteniendo su asignación presupuestaria, transfiriéndose
sus funciones a la Subgerencia Operativa de Control de Gestión Presupuestaria;
Que, dado a lo manifestado, la partida presupuestaria vacante se afecta para la
institución de las funciones que se denomina "Subgerencia Operativa Gestión del
Desarrollo de los Recursos Humanos", la que dependerá de modo directo de la
Gerencia Operativa de Recursos Humanos;
Que, finalizando con las modificaciones en la Autoridad Superior propiciante, se
establece que la Subgerencia Operativa Mesa de Entradas, pasará a depender desde
la máxima autoridad del Organismo hacia la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos
de modo directo;
Que, frente a lo expuesto, como la Presidencia también ha accedido a lo requerido,
resulta necesario reflejarlo con el dictado del presente acto administrativo, efectuando
los ceses y designaciones de los nuevos titulares interinos propuestos para el ejercicio
de funciones transitorias del Régimen Gerencial;
Que, como la organización administrativa de esta Agencia y la de todo órgano estatal
constituye una de las tantas esferas abstractas de funciones en que, por razones de
especialidad, se descompone el poder del gobierno, corresponde para su ejercicio
dictar el presente acto administrativo, receptando lo aquí exteriorizado materializando
en este mismo acto las pertinentes designaciones para el cumplimiento transitorio de
las funciones del Régimen Gerencial;
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha dado cumplimiento a la
instrucción impartida.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.628 y el
Decreto N° 509/GCBA/13,
Artículo 1°.- Cesense a quienes se desempeñaban comos titulares interinos de las
Gerencias y Subgerencias Operativas cuyas funciones han sido redistribuidas
conforme se ha mencionado en los considerandos que edifican la presente decisión y
se explicita en el Anexo I IF-2015-03466864-APRA integrante de la presente.
Artículo 2°.- Modifícase el artículo 5° de la RESOL-2014-434-APRA relacionado con la
organización administrativa de la Agencia de Protección Ambiental, entidad autárquica
en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires cuyo esquema de organización se establece bajo Anexo II IF-2015-
03466871-APRA y sus inherentes responsabilidades primarias de los órganos que
componen la Agencia de Protección Ambiental bajo Anexo III IF-2015-03466878-
APRA las que se constituyen la presente resolución.
Artículo 3°.- Desígnese, en este mismo acto, a los responsables de los cargos
instituidos en el artículo precede al presente bajo el Régimen Gerencial Transitorio de
acuerdo al Anexo IV IF-2015-03466890-APRA que integra la presente decisión.
Artículo 4°.- Regístrese, instrúyase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos de
la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal que deberá adoptar los recaudos
necesarios a fin de notificar a los Agentes mencionados de lo aquí decidido,
publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Unidad de Auditoría Interna, a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y a la Dirección General de
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y a las
Direcciones Generales dependientes de la Agencia de Protección Ambiental y para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos.
Cumplido, archívese. Villalonga
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4593