RESOLUCIÓN 649 2015 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
TRANSFERENCIAS - DEPENDENCIAS - TRANSFIERE EL PROGRAMA DE TECNOLOGÍAS INFORMÁTICAS APLICADAS A LA CULTURA TIAC AL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL PATRIMONIO E INSTITUTO HISTÓRICO - SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL - TRANSFIERE - PATRIMONIO - PERSONAL - PRESUPUESTO
Publicación:
05/06/2015
Sanción:
29/05/2015
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO:
La Ley N° 1227, los Decretos N° 1395/GCBA/2007 y el N° 660/11, las Resoluciones N°
2165/MCGC/05 y 3049/MCGC/2007 y el Expediente Electrónico N°
18569500/DGTALMC/14, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 1227 se estableció el marco legal para la investigación,
preservación, salvaguarda, protección, restauración, promoción, acrecentamiento y
transmisión a las generaciones futuras del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (PCCABA);
Que por el artículo 10 de la mencionada Ley, se creó la Unidad Técnica de
Coordinación Integral de Catálogos, Registros e Inventarios (UTCICRI), dependiente
del Ministerio de Cultura en su calidad de autoridad de aplicación, a los efectos de
recopilar y coordinar toda la información sobre los bienes culturales de la Ciudad
existentes en cualquier tipo de fuente y que pertenezcan tanto al sector público como
al de los particulares;
Que por Decreto N° 1395/GCBA/2007 se aprueba en el ámbito del Ministerio de
Cultura el Programa de Tecnología Informáticas Aplicadas a la Cultura (TIAC);
Que por Resolución N° 3049/MCGC/07 se aprobó la Organización de la Unidad
Técnica de Coordinación Integral de Catálogos, Registros e Inventarios (UTCICRI);
Que por la mencionada Resolución el Ministerio de Cultura ha prestado su
conformidad en el sentido de que la Unidad Coordinadora del TIAC ejerza la
coordinación técnica de la UTCICRI;
Que por Decreto N° 660/11 se estableció entre las responsabilidades primarias de la
Subsecretaría de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, la de coordinar, dirigir,
organizar y ejecutar el Programa de Tecnologías Informáticas Aplicadas a la Cultura
(TIAC);
Que por lo expuesto, el Ministerio de Cultura propicia la transferencia del Programa de
Tecnologías Informáticas Aplicadas a la Cultura (TIAC), con su patrimonio, personal y
presupuesto de la órbita de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural al ámbito de la
Dirección General Patrimonio e Instituto Histórico, modificándose parcialmente las
Responsabilidades Primarias de la citada Dirección General;
Que por lo expresado, se procede a dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Transfiérese el Programa de Tecnologías Informáticas Aplicadas a la
Cultura (TIAC), con su patrimonio, personal y presupuesto, de la órbita de la
Subsecretaría de Patrimonio Cultural, al ámbito de la Dirección General Patrimonio e
Instituto Histórico.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del
Ministerio de Hacienda, a la Dirección General de Capital Humano, y a la
Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, para
su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido,
archíves Lombardi - Ibarra