RESOLUCIÓN 1120 2015 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA EL DESARROLLO DEL DISEÑO CURRICULAR JURISDICCIONAL DEL SEGUNDO CICLO DE LA MODALIDAD TÉCNICO PROFESIONAL DE NIVEL SECUNDARIO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - ESPECIALIDAD ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS - TÍTULO TÉCNICO EN GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES - ESTABLECIMIENTOS DE GESTIÓN ESTATAL - DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TÉCNICA - EVALUACIÓN DE IMPLEMENTACIÓN - ESCUELA DE CAPACITACIÓN DOCENTE - CENTRO DE PEDAGOGÍAS DE ANTICIPACIÓN - CEPA

Publicación:

12/06/2015

Sanción:

25/02/2015

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

Las Leyes Nacionales Nros. 26.058 y 26.206, las Resoluciones CFE Nros. 47/08,

77/09, 84/09, las Resoluciones Nros. 2990-SED/02, 1281-MEGC/11, 1412-MEGC/11,

4145-SSGECP/12 y 2758-MEGC/14, el Expediente Electrónico N° 17.165.013-

MGEYA-DGPLINED/14, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la aprobación del Desarrollo del Diseño

Curricular Jurisdiccional del Segundo Ciclo de la modalidad Técnico Profesional de

Nivel Secundario, correspondiente a la especialidad "Administración de Empresas",

título "Técnico en Gestión y Administración de las Organizaciones", a los efectos de su

implementación a partir del Ciclo 2015 en las Escuelas de la modalidad de Educación

Técnico Profesional de Nivel Secundario que imparten la especialidad, dependientes

de la Dirección de Educación Técnica, dependiente de la Dirección General de

Educación de Gestión Estatal;

Que uno de los propósitos de la política educativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires es el fortalecimiento de la modalidad Técnico Profesional

de Nivel Secundario, mediante su actualización y modernización curricular y

pedagógica, que permitan el desarrollo académico de los estudiantes y su acceso al

Segundo Ciclo de dicha modalidad;

Que en el marco de los principios, objetivos y postulados sustentados en la Ley de

Educación Técnico Profesional N° 26.058 y en la Ley Nacional de Educación N°

26.206, en el seno del Consejo Federal de Educación, mediante las Resoluciones CFE

Nros. 47/08 y 84/09 se aprobaron los "Lineamientos y Criterios para la Organización

Institucional y Curricular de la Educación Técnico Profesional correspondiente a la

Educación Secundaria" y el documento con los "Lineamientos Políticos y Estratégicos

de la Educación Secundaria Obligatoria", respectivamente;

Que en las Escuelas Técnicas secundarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

se encuentran vigentes los planes de estudios no ciclados en "Administración de

Empresas" y Ciclo Superior en "Administración de Empresas";

Que los mencionados planes de estudios, instituidos con anterioridad a la

transferencia de los servicios educativos a esta jurisdicción, fueron ordenados, en lo

que refiere a su denominación, asignaturas por curso y cantidad de horas cátedra

asignadas, según lo establecido en el Anexo I de la Resolución N° 2990- SED/02;

Que por otra parte, en acuerdo federal de la Asamblea del Consejo Federal de

Educación, mediante la Resolución CFE N° 129/11, Anexo I, fueron aprobados los

documentos con los "Marcos de Referencia para Procesos de Homologación de

Títulos de Nivel Secundario Sector Administración y Gestión";

Que este Ministerio de Educación aprobó los "Criterios Generales para la Definición

Curricular de la Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario", mediante

Resolución N° 1281-MEGC/11, modificada por el artículo 16 de la Resolución N° 4145-

SSGECP/12;

Que resulta necesario tomar en consideración los lineamientos señalados para la

revisión y reformulación de los planes de estudios de dicha modalidad educativa, con

el objeto de resguardar la validez nacional de los títulos técnicos de Nivel Secundario,

y el alcance de sus habilitaciones profesionales;

Que este Ministerio de Educación adopta, a los fines de la homologación y validez

nacional de los títulos para la modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, un

Primer Ciclo común a la modalidad de dos años de duración y un Segundo Ciclo

especializado, de cuatro años de duración;

Que es necesario un ordenamiento de la oferta para la especialidad "Administración

de Empresas", en base a la nueva estructura de ciclado para la modalidad Técnico

Profesional de Nivel Secundario adoptada por este Ministerio;

Que la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa, en ejercicio de sus

respectivas competencias, a través de la Gerencia Operativa de Currículum de su

dependencia, ha revisado y analizado los planes de estudios vigentes del Ciclo

Superior en "Administración de Empresas" de la modalidad Técnico Profesional de

Nivel Secundario, con el objeto de realizar su actualización, en adecuación con los

marcos normativos nacional, federal y jurisdiccional;

Que como resultado de este proceso y en cumplimiento de lo dispuesto en la

Resolución N° 3116- MEGC/10, la Gerencia Operativa de Currículum dependiente de

la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa ha elaborado la

propuesta del Diseño Curricular de la especialidad "Administración de Empresas",

título "Técnico en Gestión y Administración de las Organizaciones", del Segundo Ciclo

de la modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, que fuera aprobado

mediante la Resolución N° 2758-MEGC/14;

Que el mismo responde a los mencionados requisitos normativos, los derechos de los

estudiantes y a la necesaria actualización científica, tecnológica y didáctica en las

disciplinas que componen los Diseños Curriculares de referencia;

Que han participado en el proceso de revisión y producción del nuevo Diseño

Curricular de la especialidad "Administración de Empresas" la Gerencia Operativa de

Currículum y la Dirección de Educación Técnica, de acuerdo con sus

responsabilidades primarias y específicas;

Que por iniciativa de esta cartera se incorporó al proceso de revisión y formulación de

la nueva norma curricular la Dirección General de Educación de Gestión Privada;

Que en representación de la Dirección de Educación Técnica, intervinieron en el

proceso de revisión y producción del nuevo Desarrollo del Diseño Curricular de la

especialidad "Administración de Empresas" supervisores escolares, equipos de

conducción, coordinadores de áreas específicas y docentes de las Escuelas Técnicas;

Que el presente Desarrollo del Diseño Curricular fue construido a partir del Diseño

Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución N° 2758-MEGC/14 y sus Anexos I, II

y III que son parte integrante del mismo, y cuyo proceso de homologación tramita por

la vía administrativa correspondiente;

Que por Resolución N° 1412-MEGC/11 se estableció el marco normativo legal de la

jurisdicción, amparando la estabilidad laboral del personal docente de las escuelas que

implementen nuevos planes de estudios;

Que por todo lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente a

los efectos de aprobar el Desarrollo del Diseño Curricular Jurisdiccional que se detalla

en el Anexo de la presente Resolución, complementario de la Resolución N° 2758-

MEGC/14, y su implementación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

en resguardo de la validez nacional de los Títulos Técnicos de Nivel Secundario;

Que han tomado la correspondiente intervención las Direcciones Generales de

Educación de Gestión Estatal y de Planeamiento e Innovación Educativa;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el Desarrollo del Diseño Curricular Jurisdiccional del Segundo

Ciclo de la modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, correspondiente a la

especialidad "Administración de Empresas", título "Técnico en Gestión y

Administración de las Organizaciones", para los establecimientos de gestión estatal

dependientes de la Dirección de Educación Técnica, que como Anexo (IF-2014-

17201243-DGPLINED) forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Establécese, como plan de trabajo a partir del año 2015, la organización de

líneas de capacitación, actualización y perfeccionamiento docente en las disciplinas

que comprenden el nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional y la elaboración de los

proyectos institucionales y normativos, en todos los establecimientos educativos de la

jurisdicción, de gestión estatal, para facilitar la implementación del citado Diseño

Curricular.

Artículo 3.- Dispónese que la presente Resolución se aplicará, en forma gradual y

progresiva, en las Escuelas de la modalidad de Educación Técnico Profesional de

Nivel Secundario que imparten la especialidad "Administración de Empresas", a partir

del ciclo lectivo 2015.

Artículo 4.- Dispónese que la implementación de la presente Resolución es

responsabilidad de la Dirección de Educación Técnica, dependiente de la Dirección

General de Educación de Gestión Estatal.

Artículo 5.- Establécese que los actuales planes de estudios del Ciclo Superior de la

especialidad "Administración de Empresas" de esta modalidad y nivel, que se imparten

en los establecimientos de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario

dependientes de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, a través de la

Dirección de Educación Técnica, mantendrán su vigencia hasta la implementación

definitiva del Desarrollo del Diseño Curricular Jurisdiccional que se aprueba en el

artículo 1 de la presente Resolución, la que quedará concretada en el ciclo lectivo

2018.

Artículo 6.- Determínase que, en los casos que el personal docente vea afectada su

carga horaria laboral como consecuencia del cambio de los planes de estudios

vigentes a la fecha, será de aplicación lo dispuesto en la Resolución N° 1412-

MEGC/11.

Artículo 7.- Establécese que la evaluación del proceso de implementación y

seguimiento de la presente Resolución será responsabilidad de la Dirección General

de Planeamiento e Innovación Educativa.

Artículo 8.- Encomiéndase, a partir de la entrada en vigencia de la presente

Resolución, a la Escuela de Capacitación Docente - Centro de Pedagogías de

Anticipación (CEPA) el diseño, certificación y/o ejecución de la capacitación docente

requerida para la efectiva implementación de la presente por parte de la Dirección de

Educación Técnica, dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión

Estatal, y de la Gerencia Operativa de Currículum, dependiente de la Dirección

General de Planeamiento e Innovación Educativa, dando intervención a la misma.

Artículo 9.- Encomiéndase a la Dirección General de Planeamiento e Innovación

Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, la producción de

materiales y recursos de apoyo a la enseñanza en los Laboratorios y Talleres de la

especialidad "Administración de Empresas", título "Técnico en Gestión y

Administración de las Organizaciones", de acuerdo con las Secciones y Contenidos

definidos en el Anexo.

Artículo 10.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión

Educativa y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económica Financiera y

Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Planeamiento e

Innovación Educativa, de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión

Privada y de Administración de Recursos, y para su conocimiento y demás efectos,

pase a la Dirección de Educación Técnica, a las Gerencias Operativas de Currículum,

de Recursos Humanos Docentes, de Títulos y Legalizaciones y de Clasificación y

Disciplina Docente. Cumplido, archívese. Bullrich


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4657

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 6 de la Resolución 1120-ME-15 determina que, en los casos que el personal docente vea afectada su carga horaria laboral como consecuencia del cambio de los planes de estudios vigentes a la fecha, será de aplicación lo dispuesto en la Resolución 1412-MEGC-11, ampliando su ámbito de aplicación.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art 1 de la Resolución 1120-ME-15 aprueba el Desarrollo del Diseño Curricular Jurisdiccional del Segundo<br />Ciclo de la modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, correspondiente a la especialidad Administración de Empresas, título Técnico en Gestión y Administración de las Organizaciones, en marco de la Resolución 2758-ME-14.</p>