DECRETO 2066 1978
Síntesis:
APROBACIÓN - FORMULARIO - PROCEDIMIENTO - IMPRENTA MUNICIPAL - REMITO FACTURACIÓN DE MATERIAL O IMPRESOS
Publicación:
21/04/1978
Sanción:
06/04/1978
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Visto la necesidad de adecuar el procedimiento a seguir por el Departamento Imprenta Municipal, con respecto a lo determinado en el Artículo 7° de las Normas Anuales de Ejecución del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 1978, sancionado por Ordenanza N° 33.954 del 31 de diciembre de 1977, por el cual se le habilita en concepto de anticipo de créditos una suma que no podrá exceder de $ 1.000.000.000,00 (Un mil millones), y
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de ello, el Departamento Imprenta Municipal podrá acopiar el material destinado a la ejecución de los trabajos a su cargo;
Que los anticipos respectivos serán reintegrados con cargo a los créditos de las Unidades Presupuestarias receptoras de los trabajos, a medida que se efectúen los mismos.
Que, asimismo, el Departamento Imprenta Municipal deberá rendir en tiempo y forma a la Contaduría General los créditos asignados a tal fin;
Por ello,
El Intendente Municipal
Artículo 1° - Apruébase el formulario "Remito Facturación de Material o Impresos" y el procedimiento que para "Pedidos de Carácter Ordinario" deberán seguir la Imprenta Municipal y Unidades de Organización, que figuran como Anexo I y II del presente Decreto y a todo efecto forman parte del mismo.
Art. 2° - El formulario que figura como Anexo I, será utilizado por la Imprenta Municipal como documento oficial para la rendición de los anticipos que le fueran otorgados, ante la Contaduría General.
Art. 3° - Los créditos rendidos serán afectados a las partidas correspondientes de cada Unidad de Organización, en función del costo del trabajo realizado.
Art. 4° - El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y General de la Intendencia.
Art. 5° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal, y para su conocimiento y demás efectos, tome conocimiento la Contaduría General y la Dirección de Planeamiento.
ANEXOS
PROCEDIMIENTO A SEGUIR CON PEDIDOS
DE CARÁCTER ORDINARIO
1. La Unidad de Organización solicita a la Dirección Imprenta Municipal por medio de la Boleta de Pedido y Valoración, todo el material que sea necesario referido a papel, cartón, e impresos, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Directiva N° 6 (B.M. 15.411)
2. La Dirección Imprenta Municipal, facturará por cuadruplicado (original y tres copias), únicamente los pedidos ordinarios por medio del formulario "Remito/ facturación de Materiales o Impresos", el que deberá ser devuelto por duplicado, cumpliendo con los siguientes rquisitos:
a) Conformidad escrita del responsable de la Unidad de Organización;
b) Unidad Presupuestaria;
c) Partida Presupuestaria hasta nivel de actividad a afectar (en caso de que un renglón deba ser afectado a varias actividades, deberá aclararse con sus montos respectivos).
3. A la recepción del trabajo, la Unidad de Organización conformará el triplicado, que será retenido por la Imprenta Municipal como constancia de entrega, retirando el original y dos copias para dar cumplimiento a los requisitos que se establecen en el N° 2 (dos) anterior.
4. Formalizado el paso descripto precedentemente, la Unidad de Organización, deberá devolver dentro de las 72 horas el original y el duplicado debidamente cumplimentados.
5. La Imprenta Municipal remitirá en forma mensual a la Contaduría General, las liquidaciones cumplimentadas por medio del formulario descripto en el punto 2., que serán separados por Secretaría.
6. La Contaduría General procederá con las liquidaciones conformadas, a imputarlas a las demás fases presupuestarias, desafectando el anticipo de créditos oportunamente otorgados a la Imprenta Municipal.
El citado anticipo de créditos deberá quedar totalmente regularizado al 31 de diciembre de cada año.