DECRETO 2066 1978

Síntesis:

APROBACIÓN - FORMULARIO - PROCEDIMIENTO - IMPRENTA MUNICIPAL - REMITO FACTURACIÓN DE MATERIAL O IMPRESOS

Publicación:

21/04/1978

Sanción:

06/04/1978

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto la necesidad de adecuar el procedimiento a seguir por el Departamento Imprenta Municipal, con respecto a lo determinado en el Artículo 7° de las Normas Anuales de Ejecución del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 1978, sancionado por Ordenanza N° 33.954 del 31 de diciembre de 1977, por el cual se le habilita en concepto de anticipo de créditos una suma que no podrá exceder de $ 1.000.000.000,00 (Un mil millones), y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de ello, el Departamento Imprenta Municipal podrá acopiar el material destinado a la ejecución de los trabajos a su cargo;

Que los anticipos respectivos serán reintegrados con cargo a los créditos de las Unidades Presupuestarias receptoras de los trabajos, a medida que se efectúen los mismos.

Que, asimismo, el Departamento Imprenta Municipal deberá rendir en tiempo y forma a la Contaduría General los créditos asignados a tal fin;

Por ello,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase el formulario "Remito Facturación de Material o Impresos" y el procedimiento que para "Pedidos de Carácter Ordinario" deberán seguir la Imprenta Municipal y Unidades de Organización, que figuran como Anexo I y II del presente Decreto y a todo efecto forman parte del mismo.

Art. 2° - El formulario que figura como Anexo I, será utilizado por la Imprenta Municipal como documento oficial para la rendición de los anticipos que le fueran otorgados, ante la Contaduría General.

Art. 3° - Los créditos rendidos serán afectados a las partidas correspondientes de cada Unidad de Organización, en función del costo del trabajo realizado.

Art. 4° - El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía y General de la Intendencia.

Art. 5° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal, y para su conocimiento y demás efectos, tome conocimiento la Contaduría General y la Dirección de Planeamiento.

NOTA: La presente norma figura en DM 1993 TOMO I AD 221.13


ANEXOS

ANEXO I


Ver archivo 1

ANEXO II



PROCEDIMIENTO A SEGUIR CON PEDIDOS

DE CARÁCTER ORDINARIO



1. La Unidad de Organización solicita a la Dirección Imprenta Municipal por medio de la Boleta de Pedido y Valoración, todo el material que sea necesario referido a papel, cartón, e impresos, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Directiva N° 6 (B.M. 15.411)

2. La Dirección Imprenta Municipal, facturará por cuadruplicado (original y tres copias), únicamente los pedidos ordinarios por medio del formulario "Remito/ facturación de Materiales o Impresos", el que deberá ser devuelto por duplicado, cumpliendo con los siguientes rquisitos:

a) Conformidad escrita del responsable de la Unidad de Organización;
b) Unidad Presupuestaria;
c) Partida Presupuestaria hasta nivel de actividad a afectar (en caso de que un renglón deba ser afectado a varias actividades, deberá aclararse con sus montos respectivos).

3. A la recepción del trabajo, la Unidad de Organización conformará el triplicado, que será retenido por la Imprenta Municipal como constancia de entrega, retirando el original y dos copias para dar cumplimiento a los requisitos que se establecen en el N° 2 (dos) anterior.

4. Formalizado el paso descripto precedentemente, la Unidad de Organización, deberá devolver dentro de las 72 horas el original y el duplicado debidamente cumplimentados.

5. La Imprenta Municipal remitirá en forma mensual a la Contaduría General, las liquidaciones cumplimentadas por medio del formulario descripto en el punto 2., que serán separados por Secretaría.

6. La Contaduría General procederá con las liquidaciones conformadas, a imputarlas a las demás fases presupuestarias, desafectando el anticipo de créditos oportunamente otorgados a la Imprenta Municipal.
El citado anticipo de créditos deberá quedar totalmente regularizado al 31 de diciembre de cada año.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Punto 1. del Anexo II del Dto 2066-78 establece que la Unidad de Organización solicita a la Dirección Imprenta Municipal por medio de la Boleta de Pedido y Valoración, todo el material que sea necesario referido a papel, cartón, e impresos, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Directiva 6 (BM 15411)</p>
INTEGRADA POR
<p>Art 1 del Dto 2066-78 habilita, con carácter de Cuenta de Orden, la Cuenta Acopio de Materiales , destinada a la Dirección de Imprenta Municipal, para hacer frente a la compra de insumos necesarios para atender los requerimientos que le formulen las Unidades de Organización de la Administración Municipal, en un todo de acuerdo con lo esteblecido en el Dto 2066-78 </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 del Decreto 4202-MCBA-83, modifica lo dispuesto por el Decreto 2066-78, en virtud de lo aprobado por el artículo 1.</p>