RESOLUCIÓN 50 2015 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

MODIFICA LOS FORMULARIOS F02 F03 F04 F06 - REGLAMENTO PROVISORIO PARA LA INICIACIÓN Y ASIGNACIÓN DE EXPEDIENTES EN EL FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - MEDIDAS DE PRUEBAS ANTICIPADAS - EXHORTOS -  DEMANDADOS ADICIONALES - ACTORES O  PETICIONARIOS - CAUSA RESERVADA - SUSTITUYE  LOS FORMULARIOS  DE LA RESOLUCIÓN 335-CM-01

Publicación:

23/06/2015

Sanción:

11/06/2015

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO:

La Resoluciones CM Nros. 460/2000 y 335/2001, y la Actuación N° 5895/15, y

CONSIDERANDO:

Que por Res. CM N° 460/2000 se aprobó el Reglamento provisorio para la iniciación y

asignación de expedientes en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo texto fue sustituido por la Res. CM N°

335/2001.

Que en la actuación mencionada en el Visto, la Presidencia de la Cámara de

Apelaciones del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario, impulsó la modificación

de las planillas de incorporación de datos para el sorteo de expedientes, conforme la

actualización practicada por la Secretaría General.

Que para el desarrollo de esta última tarea se efectuó un relevamiento de las planillas

utilizadas en diferentes fueros, tanto nacionales como provinciales, con el objetivo de

que resulten de mayor practicidad y claridad para los letrados.

Que consecuentemente, se solicita a este Consejo la modificación de los formularios

F02, F03, F04 y F06, incluidos en los Apéndices B, C y D, de la Res. CM N° 335/2001.

Que el artículo 38, inciso 14, de la Ley N° 31, establece entre las competencias de la

Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial, la de dictaminar sobre

los reglamentos del Poder Judicial.

Que ello así, la mencionada Comisión se expidió a través del Dictamen CAGyMJ N°

8/2015 y propuso al Plenario se apruebe la modificación de los formularios referidos en

los considerandos anteriores, de conformidad con el proyecto remitido por la Cámara

de Apelaciones del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario.

Que de otra parte, el artículo 116, inciso 3, de la Constitución de la Ciudad de Buenos

Aires, establece entre las competencias del Consejo la de "Dictar los reglamentos

internos del Poder Judicial", y el artículo 20, inciso 3, de la Ley N° 31, entre las

competencias del Plenario, la de "Dictar su propio reglamento interno y el del Poder

Judicial, excluidos los correspondientes al Tribunal Superior y al Ministerio Público".

Que en concordancia con ello, el artículo 1.25 de la Resolución CM N° 152/1999 prevé

"El Consejo de la Magistratura dicta los reglamentos internos para cada Fuero, así

como sus respectivas modificaciones, teniendo en cuenta los proyectos que elabore la

Cámara correspondiente, con arreglo al presente reglamento".

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, tomó la intervención de su

competencia mediante el Dictamen N° 5895/2015 y concluyó que "teniendo en cuenta

la normativa legal vigente aplicable, es opinión de esta Dirección General, que no

existe obstáculo, desde el punto de vista jurídico, para que se continúe con la

tramitación de las presentes actuaciones."

Que por lo expuesto, la competencia para resolver lo solicitado es del resorte del

Consejo de la Magistratura.

Que atento ello, de acuerdo con lo dictaminado por la Comisión de Administración,

Gestión y Modernización Judicial, corresponde aprobar los formularios propuestos por

la Cámara de Apelaciones del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario, y

modificar en consecuencia la Resolución CM N° 335/2001.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por artículo 116 de la Constitución

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Modificar los formularios F02, F03, F04 y F06, incluidos en los Apéndices

B, C y D de la Res. CM N° 335/2001, y sustituirlos por los que como Anexo I forman

parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a la Presidencia de la Cámara de Apelaciones

en lo Contencioso Administrativo y Tributario y por su intermedio a todas las

dependencias del mismo fuero, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de

internet del Poder Judicial, y, oportunamente, archívese. Basterra - Olmos


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4664

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 50-CMBA-15, modifica los formularios F02, F03, F04 y F06, incluidos en los Apéndices<br />B, C y D de la Resolución  335-CMBA-01.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 50-CMBA-15, modifica los formularios F02, F03, F04 y F06, incluidos en los Apéndices<br />B, C y D de la Resolución  335-CM-15, modificatoria de la Resolución 460-CM-00.</p>