ORDENANZA 38846 1983

Síntesis:

SUSPENDE LA APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 25 Y 27 DEL ESTATUTO DEL DOCENTE MUNICIPAL PARA ÁREAS DE ENSEÑANZA ESPECÍFICA, ORDENANZA 36.432 - DESIGNACIÓN DE PERSONAL INTERINO O SUPLENTE.

Publicación:

20/04/1983

Sanción:

30/03/1983

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Promulgación:

30/03/1983


Visto la necesidad de designar personal docente interino o suplente, en las áreas de enseñanza comprendidas en el Estatuto del Docente Municipal para Áreas de Enseñanza Específica, aprobado por Ordenanza N° 36.432 (B.M. N° 16.464), y

CONSIDERANDO:

Que hasta la fecha no se ha aprobado el orden de mérito establecido para la designación de dicho personal, previsto en el artículo 27 del estatuto;

Que por ello resulta necesario arbitrar los medios que posibiliten la designación de tal personal, con el objeto de no obstaculizar la actividad docente durante el presente ciclo lectivo, facultando para ello a los directores de los establecimientos educativos contemplados en el estatuto citado;

Que a tal efecto corresponde suspender transitoriamente la aplicación de los artículos 25 y 27, estableciendo un mecanismo de designación que rija durante el período qué comprenda la referida suspensión;

Que por Decreto N° 427/83 fue aprobado el orden de mérito de aspirantes a Cargos Docentes de ingreso en el Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca, por lo que procede exceptuar de lo dispuesto en la presente ordenanza a las designaciones de personal de ejecución que en el citado establecimiento se efectúen;

Por ello,

El Intendente Municipal

Sanciona y Promulga con Fuerza de

ORDENANZA:

Artículo 1° - Suspéndese hasta la finalización del presente ciclo lectivo, la aplicación de los artículos 25 y 27 del Estatuto del Docente Municipal para Áreas de Enseñanza Específica, aprobado por Ordenanza N° 36.432 (B.M. N° 16.464).

Art. 2° - Facúltase, durante el presente ciclo lectivo, a los Directores de los establecimientos comprendidos en dicho estatuto, para designar personal docente interino o suplente que posea los títulos y demás requisitos previstos en el ordenamiento vigente en cargos de ejecución y ascenso, inmediatamente después de producida la necesidad del mismo.

Art. 3° - El Departamento Ejecutivo aprobará las designaciones aludidas o en su defecto, reconocerá los servicios prestados por el agente puesto en funciones por la Dirección del establecimiento educativo.

Art. 4° - Las designaciones mencionadas en el artículo 2° caducarán indefectiblemente al 31 de diciembre de 1983, cuando no se hallen respaldadas por el orden de mérito respectivo o ante la presentación del titular, interino o suplente.

Art. 5° - Autorízase al Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca a designar personal docente no incluido en el orden de mérito, que posea los títulos y demás requisitos previstos en el ordenamiento vigente, una vez agotado el listado de orden de mérito, aprobado por Decreto N° 427/83.

Art. 6° - La presente ordenanza será refrendada por los señores Secretarios de Salud Pública y Medio Ambiente, Cultura, Obras y Servicios Públicos, Educación y General de la Intendencia.

Art. 7° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Planeamiento y a la Dirección General del Personal. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

SUSPENDE
Ord. 38846 suspende los Arts. 25 y 26 de la Ord. 36432 hasta la finalización del ciclo lectivo 1983 - Designaciones y listados por orden de mérito
REFERENCIADA POR
MODIFICADA POR
Ord. 39677 prorroga los Arts. 1° y 2° de la Ord. 38846 - Suspensión de los Arts. 25 y 27 de la Ord. 36432 y Facultad de designación de docentes de los Directores de los establecimientos