ORDENANZA 43411 1988
Síntesis:
NORMA DEROGADA - AUTORIZA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A OTORGAR SUBSIDIOS A ASOCIACIONES COOPERADORAS DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DESTINADOS A SOLVENTAR GASTOS DE TRANSPORTES DE ALUMNOS. TRANSPORTE ESCOLAR
Publicación:
16/02/1989
Sanción:
27/12/1988
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
17/01/1989
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar un subsidio a las asociaciones cooperadoras de Ias unidades educativas dependientes de la Secretaría de Educación, destinado a solventar los gastos producidos por el alquiler de transporte para los alumnos, que posibilite su concurrencia a las actividades denominadas experiencias directas organizadas por la escuela, a las clases del plan de natación y/o a quienes, por causas especiales, lo necesitan para asistir diariamente a sus clases.
Art. 2° - Determínase que, con la finalidad de una correcta distribución del subsidio asignado, entre los distintos niveles y/o modalidades de cada establecimiento educativo y para dar respuesta a los requerimientos de los respectivos diseños curriculares, las autoridades educativas presentarán su propuesta de actividades anuales a la asociación cooperadora para una mejor administración de los fondos.
Art. 3° - Facúltase al Departamento Ejecutivo a instrumentar la metodología con que se ejecutará la verificación de los gastos efectuados por las asociaciones cooperadoras beneficiarias.
Art. 4° - El Departamento Ejecutivo adoptará las previsiones presupuestarias correspondientes para el cumplimiento de la presente ordenanza, distribuyendo los fondos que fije el Presupuesto General de Gastos de cada ejercicio para tal fin.
Art. 5° - Comuníquese, etcétera.