ORDENANZA 34856 1979

Síntesis:

NORMA DEROGADA - APRUEBA LA RED DE TRÁNSITO PESADO - APROBACIÓN - CAMIONES Y ACOPLADOS - AVENIDAS- PERMISOS DE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS

Publicación:

03/04/1979

Sanción:

27/03/1979

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Promulgación:

27/03/1979

Estado:

No vigente


Visto el Expediente N° 15.618/79, relacionado con la implantación de la Red de Tránsito Pesado para la Ciudad de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que la carencia de normas adecuadas y actualizadas sobre tránsito de camiones y acoplados de gran porte en el ámbito de la Ciudad provoca serios entorpecimientos e inconvenientes en la circulación de importantes avenidas;

Que la adopción de esas normas permitirá minimizar y organizar las trayectorias de los vehículos de carga de 12.000 Kgs. o más, facilitando su desplazamiento y reduciendo la destrucción de los pavimentos que tales automotores producen;

Que es menester, por otra parte, prever el acceso y egreso a inmuebles o playas de carga que no se hallan ubicadas sobre la Red de Tránsito Pesado, permitiendo la circulación de las unidades por los recorridos más reducidos de ida y de vuelta;

Por ello, de conformidad con lo aconsejado por, la Dirección de Tránsito y Obras Viales y en uso de las facultades conferidas por las Leyes números 21.314 (B. M. N° 15.270) y 21.557 (B. M. N° 15.500),

El Intendente Municipal

Sanciona y PromuIga con Fuerza de

ORDENANZA:

Artículo 1° - Apruébase la Red de Tránsito Pesado de la Ciudad de Buenos Aires, integrada por los tramos de arteria consignados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente ordenanza.

Art. 2° - Prohíbese la circulación de camiones y acoplados cuyo peso, en forma individual, sea igual o mayor a doce mil (12.000) kilogramos, vayan o no cargados, por las calles y avenidas de la Ciudad de Buenos Aires, a excepción de las integrantes de la Red de Tránsito Pesado aprobada por el artículo anterior.

Art. 3° - Los vehículos especificados en el artículo anterior podrán, sin embargo circular por las restantes arterias de la Ciudad, únicamente con el objeto de llegar a su destino y regreso, accediendo y retornando por el itinerario más corto desde y hasta la Red de Tránsito Pesado.

Art. 4° - Quedan exceptuados de la prohibición establecida en el artículo 2° los siguientes:

Servicios de urgencia: Comprende a los vehículos de bomberos, policía y guardia de auxilio municipal.

Servicios de emergencia: Comprende a los vehículos de las empresas de servicios públicos y de auxilio de automotores, debidamente identificables por sus leyendas, colores o aspecto exterior y la sigla de la empresa.

Servicios públicos oficiales: Comprende a los vehículos afectados a tareas relacionadas con: alumbrado público, señalamiento luminoso, señalamiento vertical, señalamiento horizontal, recolección de residuos, conservación de ejemplares vegetales, distribución de correspondencia y encomiendas.

Radio y televisión: Comprende a los equipos móviles de exteriores que actúan en ejercicio de su misión específica. Deberán llevar pintados en la parte exterior la leyenda indicativa de su actividad y el nombre de la empresa.

Camiones transportadores de hormigón elaborado: Comprende a los vehículos provistos de tambor motohormigonero.

Art. 5° - Cuando medien razones de emergencia, seguridad o probada necesidad la Subsecretaría de Obras y Mantenimiento queda facultada para autorizar en forma transitoria o permanente otras excepciones a las establecidas en el artículo precedente.

Art. 6° - Los vehículos mencionados en el artículo anterior deberán gestionar y obtener el correspondiente permiso que expedirá la Dirección de Tránsito y Obras Viales, en el que constará:

1) El nombre de la empresa, institución, repartición o responsable del vehículo.

2) Tarea u objeto por el cual se le otorga el permiso.

3) Número de chapa patente con que se encuentra habilitado el vehículo.

4) Fecha de vencimiento del mismo.

Art. 7° - Toda infracción a la presente ordenanza será penada de acuerdo con las disposiciones del Régimen de Penalidades en vigencia.

Art. 8° - Las disposiciones de la presente ordenanza entrarán en vigencia el 1° de mayo del año en curso, debiendo señalizarse antes de esa fecha los accesos a la Red de Tránsito Pesado y las arterias integrantes de la misma.

Art. 9° - Derógase la Ordenanza N° 21.682 (B.M. N° 12.928) y el artículo 2° del Decreto N° 16.147/66 (B. M. N° 12.967) y toda otra disposición y parte de ella que se oponga al cumplimiento de la presente.

Art. 10 - La presente Ordenanza será refrendada por el señor Secretario de Obras Públicas.

Art. 11 - Dése al Registro Municipal y a la prensa, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese a la Jefatura de la Policía Federal, a la Secretaría de Estado de Transporte y Obras Públicas, a la Confederación Argentina de Transporte por Automotor de Cargas (CATAC) y a la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) y, para su conocimiento y demás fines, remítase, a la Dirección de Tránsito y Obras Viales.


ANEXOS

Anexo I - Listado de arterias

Avda. Juan B. Alberdi, entre Escalada y Avda. General Paz.

Avda. Emilio Castro, entre Escalada y Avda. General Paz.

Coronel Ramón L. Falcón, entre Tellier y Avda. General Paz.

lbarrola, entre Avda. General Paz y Montiel.

Avda. General Paz Este, entre lbarrola y Coronel Ramón L. Falcón

José León Suárez, entre lbarrola y Coronel Ramón L. Falcón.

Montiel, entre Avda. Emilio Castro y Coronel Ramón L. Falcón.

Tellier, entre Coronel Ramón L. Falcón y Avda. del Trabajo.

Murguiondo, entre Avda. Emilio Castro y Avda. Argentina.

Avda. Argentina, entre Murguiondo y Avda. Teniente General Luis J. Dellepiane.

Tandil, entré Murguiondo y Oliden.

Oliden, entre Tandil y Avda. Emilio Castro.

Larrazábal, entre Avda. Teniente General Luis J. Dellepiane y Avda. Directorio.

Directorio, entre Murguiondo y Escalada.

Avda. del Trabajo, entre Lafuente y Avda. General Paz.

Avda. Teniente General Luis J. Dellepiane, entre Lafuente y Avda. General Paz.

Avda. San Pedrito, entre Avda. Rivadavia y Lafuente.

Lafuente, entre Avda. San Pedrito y Avda. Perito Moreno.

Avda. Perito Moreno entre Avda. del Trabajo y Avda. Amancio Alcorta.

Avda. Coronel Roca, entre Avda. General Paz y Avda. Sáenz.

Beazley, entre Avda. Sáenz y Avda. Amancio Alcorta.

Avda. 27 de Febrero, entre Avda. General Paz y Avda. Sáenz.

Centenera, entre Avda. Perito Moreno y Avda. Sáenz.

Avda. Sáenz, entre Raulet y Avda. 27 de Febrero.

Castro Barros, entre Quito y Avda. Caseros.

Raulet, entre Avda. Caseros y Avda. Sáenz.

Quito, entre Avda. Boedo y Castro Barros.

Boedo, entre Avda. Rivadavia y Quito.

Avda. Almafuerte, entre Diógenes Taborda y Avda. Sáenz.

Diógenes Taborda, entre Avda. Caseros y Uspallata.

Maza, entre Avda. Rivadavia y Avda. Caseros.

Avda. Amancio Alcorta, entre Brandsen y Avda. Sáenz.

Brandsen, entre Avda. Amancio Alcorta y Avda. Don Pedro de Mendoza.

Lafayette entre Avda. Suárez y Avda. Amancio Alcorta.

Avda. Suárez, entre Lafayette y Avda. Don Pedro de Mendoza.

Avda. Vélez Sarsfield, entre Avda. Amancio Alcorta y Riachuelo.

Australia, entre Avda Vélez Sarsfield y Avda. Vieytes.

Avda. Pinedo, entre Australia y Avda. Suárez.

Vieytes, entre Avda. Suárez e Iriarte.

Herrera, entre Brandsen y Avda. Don Pedro de Mendoza.

Iriarte, entre Avda. Vieytes y Avda. Manuel A. Montes de Oca.

Avda. Manuel A. Montes de Oca, entre Avda. Osvaldo Cruz y California.

Avda. Osvaldo Cruz, entre Herrera y Avda. Manuel A. Montes de Oca.

California, entre Herrera y Avda. Regimiento de Patricios.

Azara, entre Avda. Martín García y Avda. Suárez.

Avda. Martín García, entre Avda. Almirante Brown y Azara.

Avda. Regimiento de Patricios, entre Avda. Martín García y Avda. Don Pedro de Mendoza.

Avda. Almirante Brown, entre Avda. Martín García y Avda. Suárez.

Avda. Paseo Colón, entre Avda Juan de Garay y Avda. Martín García.

Azopardo, entre Brasil y Avda. San Juan.

Brasil, entre Avda. Paseo Colón y Avda. Ingeniero Huergo.

Avda. Juan de Garay, entre Avda. Paseo Colón y Avda. Ingeniero Huergo.

Avda. San Juan, entre Azopardo y Avda. Ingeniero Huergo.

Avda. Don Pedro de Mendoza, entre Brasil y Herrera.

Avda. Ingeniero Huergo, entre Brasil y Avda. La Rábida.

Avda, Eduardo Madero, entre Avda. La Rábida y San Martín.

San Martin, entre Avda. Eduardo Madero y Avda. Antártida Argentina.

Avda. Antártida Argentina, entre San Martín y Avda. Presidente Ramón S. Castillo.

Avda. Presidente Ramón S. Castillo, entre Avda. Antártida Argentina y Av. Costanera Rafael Obligado.

Avda. Costanera Rafael Obligado, entre Avda. Presidente Ramón S. Castillo y La Pampa.

La Pampa, entre Avda. Leopoldo Lugones y Avda. Costanera Rafael Obligado.

Avda. Intendente Cantilo, entre La Pampa y Avda. General Paz.

Avda. Leopoldo Lugones, entre Avda. General Paz y Avda. Sarmiento.

Avda. Sarmiento, entre Avda. Presidente Figueroa Alcorta y Avda. Costanera Rafael Obligado.

Avda. Presidente Figueroa Alcorta, entre Avda. Sarmiento y Avda. Dorrego.

Avda. Dorrego, entre Avda. Presidente Figueroa Alcorta y Cerviño.

Cerviño, entre Avda. Dorrego y Avda. Intendente BulIrich.

Avda. Intendente BulIrich, entre Avda. Santa Fe y Avda. del Libertador.

Avda. Juan B. Justo, entre Avda. Santa Fe y José A. Cabrera.

Mario Bravo, entre Avda. Rivadavia y Honduras.

Honduras, entre Mario Bravo y Avda. Juan B Justo.

Godoy Cruz, entre Avda. Juan B. Justo y Honduras.

José Antonio Cabrera, entre Avda. Juan B. Justo y Avda. Dorrego.

Avda. Dorrego, entre José Antonio Cabrera y Avda. Córdoba.

Avda. Córdoba, entre Avda. Dorrego y Avda. Jorge Newbery.

Avda. Jorge Newbery, entre Avda. Córdoba y Avda. Alvarez Thomas.

Avda. Coronel Niceto Vega, entre Avda. Dorrego y Fitz Roy.

Fitz Roy, entre José Antonio Cabrera y Castillo.

Castillo, entre Fitz Roy y Humboldt.

Humboldt, entre Castillo y Loyola.

Loyola, entre Humboldt y Avda. Estado de Israel.

Humahuaca, entre Avda. Estado de Israel y Agüero.

Agüero, entre Avda. Corrientes y Lavalle.

Avda. Corrientes, entre Agüero y Tomás M. de Anchorena.

Tomás M. de Anchorena, entre Avda. Corrientes y Lavalle.

Lavalle, entre Tomás M. de Anchorena y Bulnes.

Bulnes, entre Lavalle y Avda. Rivadavia.

Avda. Alvarez Thomas, entre Dorrego y Avda. Congreso.

Avda Triunvirato, entre Avda. de los Incas y Avda. Elcano.

Charlone, entre Avda. Elcano y Calabria.

Calabria, entre Charlone y Avda. Alvarez Thomas.

Virrey del Pino, entre Crámer y Vidal.

Vidal, entre Virrey del Pino y Mariscal Antonio José de Sucre.

Mariscal Antonio José. de Sucre, entre Vidal y Crámer.

Crámer, entre La Pampa y Monroe.

Blanco Encalada, entre Avda. del Tejar y Crámer.

Monroe, entre Avda. del Tejar y Crámer.

Avda. del Tejar, entre Blanco Encalada y Avda. General Paz.

Holmberg, entre Avda. del Tejar y Avda. General Paz.

Donado, entre Avda. del Tejar y Avda. General Paz.

Avda. General Paz (calzadas especiales) entre Avda. Intendente Cantilo y Acceso Norte.

Galván, entre Alvarez Thomas y Avda. del Tejar

Republiquetas, entre Galván y Pacheco.

Pacheco, entre Republiquetas y Avda. Congreso.

Avda. Congreso, entre Pacheco y Avda. Alvarez Thomas.

Avda. de los Incas, entre Alvarez Thomas y Avda. de los Constituyentes.

Avda. de los Constituyentes, entre Avenida General Paz y Chorroarín.

Chorroarín, entre Avda. San Martín y Andonaegui.

Andonaegui, entre Chorroarín y Quirós.

Quirós, entre Andonaegui y Avda. de los Constituyentes.

Garmendia, entre Avda. Warnes y Osorio.

Osorio, entre Garmendia y Avda. Warnes.

Avda. Warnes, entre Avda. Chorroarín y Avda. Juan B. Justo.

Avda San Martín, entre Avda. Juan B. Justo y Avda. General Paz.

Avda. Francisco Beiró, entre Avda. de los Constituyentes y Avda. General Paz.

Avda. Nazca, entre Avda. Rivadavia y Avda. Francisco Beiró.

Avda. Juan B. Justo, entre Godoy Cruz y Avda. General Paz.

Mercedes, entre Avda. Avellaneda y Juan B. Justo.

Segurola, entre Avda. Juan B. Justo y Avda. Avellaneda.

Avda. Avellaneda, entre Segurola y Cucha Cucha.

Cucha Cucha, entre Avellaneda y Neuquén.

Neuquén, entre Cucha Cucha y Paysandú.

Paysandú, entre Neuquén y Avda. Avellaneda.

Elcano, entre Triunvirato y Avda. Alvarez Thomas.

Romero, entre Avda. Amancio Alcorta y Beazley.

Escalada, entre Avda. Emilio Castro y Avda. 27 de Febrero.

Guardia Nacional, entre Avda. Emilio Castro y Bragado.

Bragado, entre Guardia Nacional y Avda. Bruix.

Avda. Bruix, entre Bragado y Avda. Juan B. Alberdi.

Avda. Olivera, entre Avda. del Trabajo y Junta.

Junta, entre Avda. Olivera y Escalada.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 7 de la Ley 216, deroga la Ordenanza 34856.</p>
MODIFICADA POR
Art. 1 Res. 1015-SSTYT-98 Modifica e Incorpora a Anexo Ord. 34856 - Modifica Tramos de arterias.
MODIFICADA POR
Art. 1 Disp. 72-DGOP-99 Incorpora en Anexo Ord. 34856- Incorpora arteria provisoriamente.
MODIFICADA POR
Res. 220-SPYS-98 Mod. Anexo Ord. 34856 - Tránsito Pesado; Av. Costanera Rafael Obligado; Prohibición de circular los viernes de 17 a 21 horas.
MODIFICADA POR
Art. 1 Res. 605-SSTYT-98 Mod. Anexo Ord. 34856 - Modifica Tramos de arterias.
MODIFICADA POR
Art. 3 Res. 314-SG-96 Mod. Anexo Ord. 34856 - Suprime e incluye tramos de arterias.
DEROGA
Art. 9 Ord. 34856 Deroga Ord. 21682 -
MODIFICA
Art 9°; Ordenanza 34856 deroga Art 2°; Ord 16147