DISPOSICIÓN 1772 2015 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

IMPLEMENTACIÓN - PROCEDIMIENTO - MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES FIJAS CONTRA INCENDIOS - LINEAMIENTOS - OBLIGATORIEDAD DEL USO DEL LIBRO DIGITAL DE INSPECCIÓN - PLAN DE DIGITALIZACIÓN - FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE FABRICANTES REPARADORES INSTALADORES Y MANTENEDORES DE INSTALACIONES FIJAS CONTRA INCENDIO Y RELEVAMIENTO DE LAS INSTALACIONES FIJAS CONTRA INCENDIOS - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - EMPRESAS DE MANTENIMIENTO - MANTENEDORAS - PROFESIONALES INDEPENDIENTES - INFORMES DE INSPECCIONES

Publicación:

02/12/2015

Sanción:

23/11/2015

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS


VISTO:

La Resolución 66/AGC/13, la Resolución 643/AGC/2014, el Expediente Electrónico N°

00554721/2015 y;

CONSIDERANDO:

Que en virtud de las previsiones de la Ley 3304 relativa a la Modernización del Estado,

la Agencia Gubernamental de Control viene desarrollando políticas que implementan

la digitalización de los procesos y circuitos que se llevan a cabo en su ámbito para

lograr una mayor transparencia y celeridad en los trámites administrativos;

Que en virtud de dichas políticas de desarrollo, la Resolución N°

643/GCABA/AGC/2014, en su artículo 6° aprueba el Plan de Digitalización relativo al

funcionamiento del Registro de Fabricantes, Reparadores, Instaladores y

mantenedores de instalaciones fijas contra incendio y Relevamiento de las

instalaciones fijas contra incendios existentes en el ejido de la Ciudad;

Que asimismo, en el artículo 8° de la Resolución N° 643/GCABA/AGC/2014, se

encomienda a esta Dirección General de Fiscalización y Control de Obras para que

dicte los actos administrativos que fueren necesarios para cumplimentar lo dispuesto

en el artículo 6° referido al relevamiento de las instalaciones fijas contra incendio

existentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Gerencia Operativa de Fiscalización y Control de Instalaciones

Complementarias de esta Dirección General, tiene dentro de sus competencias el

control de las instalaciones fijas contra incendio tanto en lo referente a su utilización

como a su mantenimiento;

Que en tal sentido resulta necesario implementar un procedimiento que regule el

mantenimiento de las Instalaciones Fijas Contra Incendios, definir los lineamientos

para el desarrollo de dichas tareas, y establecer la obligatoriedad del uso del Libro

Digital de Inspección, el cual será exigible en ámbito de esta Ciudad,

Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1°.- Impleméntese el procedimiento para el mantenimiento de las Instalaciones

Fijas Contra Incendios, los lineamientos para el desarrollo de dichas tareas, y

establecer la obligatoriedad del uso del Libro Digital de Inspección de acuerdo a lo

especificado en el ANEXO I (DI-2015-36457825-DGFYCO) que forma parte integrante

de la presente.

Artículo 2°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones Generales y Unidades de la Agencia

Gubernamental de Control, a los Consejos Profesionales de Ingeniería, a las Cámaras

afines. Cumplido archívese. Alonso


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4776

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 1772-DGFYCO-15 implementa el procedimiento para el mantenimiento de las Instalaciones Fijas Contra Incendios, los lineamientos para el desarrollo de dichas tareas, y establece la obligatoriedad del uso del Libro Digital de Inspección, según lo previsto por Art. 6 de la Resolución 643-AGC-14.</p>
DEROGADA POR
<p>Art.1° de la Resolucion N° 677/AGC/16, deja sin efecto las Disposicion 1.772/DGFYCO/15.</p>