DECRETO ORDENANZA 10098 1948
Síntesis:
REGLAMENTA LA COLOCACIÓN DE MONUMENTOS EN LOS CEMENTERIOS Y EL USO DE LOTES EN LA MANZANA "E" EN EL DEL OESTE - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).
Publicación:
15/07/1948
Sanción:
08/07/1948
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 29/02/2024
Vistas estas actuaciones en las que tramitan las reglamentaciones proyectadas para la colocación de monumentos en las sepulturas de enterratorio de los Cementerios del Oeste y de Flores y para el uso de los lotes del "recinto reservado público" en la zona "E" del Cementerio del Oeste; de conformidad con lo manifestado en los informes y dictamen que anteceden y haciendo uso de las facultades conferidas por Decreto N° 2.162/943 del Superior Gobierno de la Nación,
Artículo 1° - Apruébanse las mencionadas reglamentaciones, para la colocación de monumentos en las sepulturas de enterratorio de los Cementerios del Oeste y de Flores y para uso de los lotes del "recinto reservado público" en la zona "E" del Cementerio del Oeste, corrientes de fojas 36 a 37 vuelta y 38 y 38 vuelta, respectivamente, con excepción de la prohibición contenida en los artículos 9 de ambas reglamentaciones, para la colocación de fotografías o miniaturas del fallecido.
Art. 2° - Para su conocimiento notificación del caso y demás fines, remítase a las Direcciones de Cementerios y de Obras Públicas.