ORDENANZA 51044 1996
Síntesis:
MODIFICA TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 10 DEL DECRETO-ORDENANZA N° 10.098/48 SOBRE MONUMENTOS ESPECIALES RESERVADOS PARA LA INHUMACIÓN DE PERSONALIDADES
Publicación:
13/12/1996
Sanción:
31/10/1996
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
22/11/1996
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Modifícanse los términos del artículo 10 del Decreto-Ordenanza N° 10.098/48 (B.M. N° 8.334 AD 481.11), que quedará redactado de la siguiente forma:
"Art. 10 - Monumentos Especiales Reservados: En los espacios reservados según el plano adjunto para la inhumación de personalidades, será necesario solicitar la sepultura por nota dirigida al señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, invocando los méritos del fallecido. Estos terrenos se concederán por los plazos que puedan ser mayores de cinco (5) años, con el compromiso de construir un monumento superior en jerarquía artística, cuyos planos serán aprobados por la "Comisión de Arquitectura" integrada para estos casos con un represenante de la Dirección General de Cementerios. El plano límite del monumento no será más alto que tres metros y medio y no ocupará más de un tercio del lote, debiendo solicitarse el permiso en Mesa de Entradas, Salidas y Archivo".
Art. 2° - Comuníquese, etcétera.