DISPOSICIÓN 1910 2015 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
Síntesis:
APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE INSTALACIONES TÉRMICAS - IMPLEMENTACIÓN - LIBRO DIGITAL DE INSPECCIONES - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS - OBLIGATORIEDAD - OBLIGACIÓN - PROPIETARIOS - PROFESIONALES - UTILIZACIÓN DE APLICATIVOS WEB Y DIGITALES - READECUACIÓN DEL SISTEMA INSPECTIVO DE INSTALACIONES - INSPECCIONES
Publicación:
04/01/2016
Sanción:
17/12/2015
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
Estado:
No vigente
VISTO:
66/AGC/2013, N° 430/AGC/2013, N° 4/AGC/2015, N° 763/AGC/2015, EL
EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 20580535/2015 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley 2624 crea la Agencia Gubernamental de Control como entidad autárquica
en el Ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, con funciones de contralor,
fiscalización y regulación en materia de seguridad de establecimientos públicos y
privados, salubridad e higiene alimentaria, habilitaciones y permisos de obras civiles,
públicas y privadas y sus instalaciones complementarias;
Que con la estructura orgánico funcional de la AGC dispuesta en la Resolución
66/AGC/2013 y a través de la Resolución N° 4/AGC/2015 se aprobó el Plan
Estratégico Anual 2015, el cual contempla en el ámbito de esta Dirección General de
Fiscalización y Control de Obras el proyecto de "Readecuación del Sistema Inspectivo
de Instalaciones", previendo el mismo, entre otras cuestiones, la implementación de un
sistema digital para las Instalaciones Térmicas;
Que en virtud de las previsiones de la Ley 3304 relativa a la Modernización del Estado,
la Agencia Gubernamental de Control viene desarrollando políticas que implementan
la digitalización de los procesos y circuitos que se llevan a cabo en su ámbito para
lograr una mayor transparencia y celeridad en los trámites administrativos;
Que mediante Resolución 763/AGC/2015 se aprobó el proyecto de "Registro de
Instalaciones Térmicas a cargo de esta Dirección General, la cual resulta aplicable a
las instalaciones adosadas a una obra, destinadas a producir vapor y/o agua caliente
con fin industrial de servicio y de aceite caliente para calefacción de procesos;
Que en tal sentido, ésta Dirección General, estableció los lineamientos técnicos
relativos al proyecto de "Registro de Instalaciones Térmicas", los que contemplan una
primera etapa relativa al registro de la instalación y elección del profesional que
certifica la misma, y una ulterior referida a la implementación del libro digital de
inspección de cada instalación térmica;
Que en tal sentido resulta necesario aprobar las directrices generales del proyecto, el
cual será exigible en ámbito de esta Ciudad,
Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas,
Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento para el Registro de Instalaciones Térmicas y
la implementación del Libro Digital de Inspecciones, desarrollados en los ANEXOS I
(DI-2015-38606157-DGFYCO)
y
ANEXO II (DI-2015-38606319-DGFYCO)
respectivamente, que forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Establécese la obligatoriedad de lo aprobado en el artículo 1° a los
propietarios y profesionales, los cuales deberán utilizar los aplicativos web y digitales
detallados en los ANEXO I y II.
Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones Generales y Unidades de la Agencia
Gubernamental de Control, a los Consejos Profesionales de Ingeniería, a las Cámaras
y Asociaciones de Inmuebles y Propiedad Horizontal. Cumplido archívese. Alonso