DISPOSICIÓN 1910 2015 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE INSTALACIONES TÉRMICAS - IMPLEMENTACIÓN - LIBRO DIGITAL DE INSPECCIONES - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS - OBLIGATORIEDAD - OBLIGACIÓN - PROPIETARIOS - PROFESIONALES - UTILIZACIÓN DE APLICATIVOS WEB Y DIGITALES - READECUACIÓN DEL SISTEMA INSPECTIVO DE INSTALACIONES - INSPECCIONES

Publicación:

04/01/2016

Sanción:

17/12/2015

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Estado:

No vigente


VISTO:

66/AGC/2013, N° 430/AGC/2013, N° 4/AGC/2015, N° 763/AGC/2015, EL

EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 20580535/2015 y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley 2624 crea la Agencia Gubernamental de Control como entidad autárquica

en el Ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, con funciones de contralor,

fiscalización y regulación en materia de seguridad de establecimientos públicos y

privados, salubridad e higiene alimentaria, habilitaciones y permisos de obras civiles,

públicas y privadas y sus instalaciones complementarias;

Que con la estructura orgánico funcional de la AGC dispuesta en la Resolución

66/AGC/2013 y a través de la Resolución N° 4/AGC/2015 se aprobó el Plan

Estratégico Anual 2015, el cual contempla en el ámbito de esta Dirección General de

Fiscalización y Control de Obras el proyecto de "Readecuación del Sistema Inspectivo

de Instalaciones", previendo el mismo, entre otras cuestiones, la implementación de un

sistema digital para las Instalaciones Térmicas;

Que en virtud de las previsiones de la Ley 3304 relativa a la Modernización del Estado,

la Agencia Gubernamental de Control viene desarrollando políticas que implementan

la digitalización de los procesos y circuitos que se llevan a cabo en su ámbito para

lograr una mayor transparencia y celeridad en los trámites administrativos;

Que mediante Resolución 763/AGC/2015 se aprobó el proyecto de "Registro de

Instalaciones Térmicas a cargo de esta Dirección General, la cual resulta aplicable a

las instalaciones adosadas a una obra, destinadas a producir vapor y/o agua caliente

con fin industrial de servicio y de aceite caliente para calefacción de procesos;

Que en tal sentido, ésta Dirección General, estableció los lineamientos técnicos

relativos al proyecto de "Registro de Instalaciones Térmicas", los que contemplan una

primera etapa relativa al registro de la instalación y elección del profesional que

certifica la misma, y una ulterior referida a la implementación del libro digital de

inspección de cada instalación térmica;

Que en tal sentido resulta necesario aprobar las directrices generales del proyecto, el

cual será exigible en ámbito de esta Ciudad,

Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento para el Registro de Instalaciones Térmicas y

la implementación del Libro Digital de Inspecciones, desarrollados en los ANEXOS I

(DI-2015-38606157-DGFYCO)

y

ANEXO II (DI-2015-38606319-DGFYCO)

respectivamente, que forman parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Establécese la obligatoriedad de lo aprobado en el artículo 1° a los

propietarios y profesionales, los cuales deberán utilizar los aplicativos web y digitales

detallados en los ANEXO I y II.

Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones Generales y Unidades de la Agencia

Gubernamental de Control, a los Consejos Profesionales de Ingeniería, a las Cámaras

y Asociaciones de Inmuebles y Propiedad Horizontal. Cumplido archívese. Alonso


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4792

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 4 de la Resolución 412-AGC-19 deja sin efecto la Disposición 1910-DGFYCO-15.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 Disposición 1823-DGFYCO-15, aprueba  instructivo para el procedimiento inspectivo establecido para los inspectores de la Gerencia Operativa de Fiscalización y Control de Instalaciones complementarias.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 y Anexo II de la Disposición 1910-DGFYCO-15 aprueba el procedimiento para la implementación del Libro Digital de Inspecciones, previsto por la Resolución 4-AGC-15.</p><p>Art. 2 establece obligatoriedad.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 y Anexo I de la Disposición 1910-DGFYCO-15 aprueba el procedimiento para el Registro de Instalaciones Térmicas, según lo encomendado por Art. 2 de la Resolución 763-AGC-15.</p><p>Art. 2 establece obligatoriedad.</p>