DISPOSICIÓN 1940 2015 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

APRUEBA - LINEAMIENTOS PROCEDIMIENTO APLICABLE - READECUACIÓN SISTEMA DE REGISTRO DIGITAL - EMPRESAS CONSERVADORAS  - PERMISO - VENCIMIENTO - PLAZO DE PRÓRROGA - SOLICITUD DE RENOVACIÓN O REEMPADRONAMIENTO  DE PERMISO O NUEVO PERMISO - PENALIDADES - TRÁMITES

Publicación:

04/01/2016

Sanción:

23/12/2015

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Estado:

No vigente


VISTO:

EL CODIGO DE LA EDIFICACION, LA LEY 2624, LA RESOLUCION 430/AGC/13, LA

RESOLUCION 47/SECPLAN/15, LAS DISPOSICIONES N° 1100/DGFYCO/13, N°

1101/DGFYCO/13,

N° 984/DGFYCO/15; DISPOSICION N° 677/DGROC/15,

DISPOSICION N° 1621/DGFYCO/15 Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO N°

4371958-MGEYA-AGC/2013, y;

CONSIDERANDO:

Que por Disposición N° 984/DGFYCO/2015 se aprobó el procedimiento aplicable para:

el registro de empresas conservadoras, solicitud de permiso de conservador y su

respectiva renovación;

Que, asimismo, el plazo establecido para la readecuación al sistema de Registro

Digital de todas las Empresas Conservadoras fue prorrogado hasta el día 30 de

Diciembre de 2015 inclusive, mediante Disposición N° 1621/DGFYCO/2015;

Que en virtud de la existencia de trámites iniciados que no podrán finalizarse antes de

dicho plazo, resulta pertinente fijar los lineamientos del procedimiento aplicable para

las distintas etapas de tramitación una vez operado el vencimiento de la prórroga

otorgada;

Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébanse los lineamientos del procedimiento aplicable una vez operado

el plazo establecido para la readecuación al sistema de Registro Digital de todas las

Empresas Conservadoras, obrante en el Anexo I (DI-2015-38921031- DGFYCO) que

forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y comuníquese a la Dirección Ejecutiva de la AGC, a todas las

Direcciones Generales dentro del ámbito de esta Agencia Gubernamental de Control,

a la Unidad Sistemas Informáticos y Procesos de la AGC, A la Unidad de Coordinación

Administrativa, a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, a los Consejos

Profesionales de Ingeniera, a la Cámara de Empresas Conservadoras de Ascensores

y Afines, Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores, y a la Cámara de

Ascensores y Afines. Cumplido, Archívese. Alonso


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 4 de la Resolución 412-AGC-19 deja sin efecto la Disposición 1940-DGFYCO-15.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 1940-DGFYCO-15, aprueba los lineamientos del procedimiento aplicable una vez operado el plazo establecido para la readecuación al sistema de Registro Digital de todas las Empresas Conservadoras en el marco de la Disposición 984-DGFYCO-15, modificada por Disposición 1621-DGFYCO-15.</p>