ORDENANZA 1925
Síntesis:
CINE - TEATROS - ESTABLECE LA CANTIDAD DE PERSONAS INTEGRANTES DEL ELENCO PARA PODER SER HABILITADOS COMO TALES - COMPAÑÍAS - VEINTE 20 ARTISTAS
Publicación:
Sanción:
26/06/1925
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Estado:
No vigente
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
DEROGADA POR
<p>Art. 24 de la Ley 6316 abroga la Ordenanza sin número del 26/6/1925.</p>
MODIFICA
<p>Art. Único de la Ordenanza del 26-6-1925 <strong>(DEROGADA) </strong>modifica el Art. 1 de la Ordenanza del 29-12-1921.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Ordenanza del 25-6-1925 establece que con la denominación de cine-teatros podrán habilitarse y construirse locales para realizar en ellos funciones cinematográficas y, además, números de variedades con o sin transformación o actuar pequeñas compañías teatrales, no pudiendo en ninguno de estos casos contar los elencos con más de diez personas.<strong>(DEROGADA)</strong></p>