ORDENANZA 1925

Síntesis:

CINE - TEATROS - ESTABLECE LA CANTIDAD DE PERSONAS INTEGRANTES DEL ELENCO PARA PODER SER HABILITADOS COMO TALES - COMPAÑÍAS - VEINTE 20 ARTISTAS

Publicación:

Sanción:

26/06/1925

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Estado:

No vigente


Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 24 de la Ley 6316 abroga la Ordenanza sin número del 26/6/1925.</p>
MODIFICA
<p>Art. Único de la Ordenanza del 26-6-1925 <strong>(DEROGADA) </strong>modifica el Art. 1 de la Ordenanza del 29-12-1921.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Ordenanza del 25-6-1925 establece que con la denominación de cine-teatros podrán habilitarse y construirse locales para realizar en ellos funciones cinematográficas y, además, números de variedades con o sin transformación o actuar pequeñas compañías teatrales, no pudiendo en ninguno de estos casos contar los elencos con más de diez personas.<strong>(DEROGADA)</strong></p>