ORDENANZA 43882 1989

Síntesis:

LOCALES DE BAILE Y VARIEDADES - PROHIBICIÓN DE HABILITACIÓN Y FUNCIONAMIENTO EN EDIFICIOS EMPLAZADOS EN LAS ÁREAS FRENTISTAS - PLAZA DE MAYO - LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN  - CARTELES LUMINOSOS - PUBLICIDAD - PINTADOS - PEGADOS

Publicación:

05/01/1990

Sanción:

26/10/1989

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

14/11/1989

Estado:

No vigente


Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 3 de la Ley 6099 deroga Ordenanza 43882 (texto Consolidado por Ley 6017)</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Ordenanza 43382 establece que queda prohibida la habilitación y funcionamiento de locales de baile y variedades (Código de Habilitaciones y Verificaciones, AD 762, Texto Ordenado por Ordenanza 34421), en los edificios emplazados en las áreas frentistas de las plazas de Mayo y Libertador General San Martín.</p>
DEROGA
<p>Art. 4 de la Ordenanza 43882 deroga Ordenanza 36781.- </p>
DEROGA
<p>Art. 4 de la Ordenanza 43882 deroga Ordenanza 39993.- </p>
PROMULGADA POR