ORDENANZA 43882 1989
Síntesis:
LOCALES DE BAILE Y VARIEDADES - PROHIBICIÓN DE HABILITACIÓN Y FUNCIONAMIENTO EN EDIFICIOS EMPLAZADOS EN LAS ÁREAS FRENTISTAS - PLAZA DE MAYO - LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN - CARTELES LUMINOSOS - PUBLICIDAD - PINTADOS - PEGADOS
Publicación:
05/01/1990
Sanción:
26/10/1989
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
14/11/1989
Estado:
No vigente
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
DEROGADA POR
<p>Art. 3 de la Ley 6099 deroga Ordenanza 43882 (texto Consolidado por Ley 6017)</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Ordenanza 43382 establece que queda prohibida la habilitación y funcionamiento de locales de baile y variedades (Código de Habilitaciones y Verificaciones, AD 762, Texto Ordenado por Ordenanza 34421), en los edificios emplazados en las áreas frentistas de las plazas de Mayo y Libertador General San Martín.</p>
PROMULGADA POR