DECRETO 114 2016

Síntesis:

NORMA DEROGADA - MODIFICA - ANEXO II DECRETO 95-14 -  MODIFICACIÓN NIVELES DE DECISIÓN Y CUADRO DE COMPETENCIAS - SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - PRINCIPIOS DE DESCENTRALIZACIÓN OPERATIVA  ECONOMÍA Y EFICIENCIA - REGLAMENTACIÓN - REGLAMENTO - LEY 2095 - MONTOS - LICITACIONES - CONCURSO PÚBLICO - CONVENIO MARCO DE COMPRAS - PROCEDIMIENTO

Publicación:

01/02/2016

Sanción:

29/01/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


VISTO:

Las Leyes N° 2.095, N° 4.764 y N° 5.460, los Decretos Nros. 95/14, 363/15 y 400/15 y

el Expediente Electrónico N° 3.075.957-MGEYA-DGCYC-2016, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16 de la Ley N° 2.095 establece que: "El sistema de Compras y

Contrataciones previsto en la presente Ley se organiza en función de los criterios de

centralización normativa y descentralización operativa. Sin perjuicio de ello, y sobre la

base del respeto a los principios de economía y eficiencia de los procedimientos la

reglamentación podrá graduar los alcances de la descentralización operativa...";

Que mediante Decreto N° 95/14 se reglamentó la Ley N° 2.095 -Ley de Compras y

Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- estableciéndose en su

Anexo II los niveles de decisión y cuadro de competencias;

Que, de acuerdo a la experiencia de la gestión del Sistema de Compras y

Contrataciones desde la sanción de la Ley de Compras y Contrataciones, resulta

propicio para afianzar los principios de descentralización operativa, economía y

eficiencia la modificación de los niveles de decisión y cuadro de competencias;

Que, así también, en virtud de los diversos cambios producidos en la estructura

orgánica funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada

por el Decreto N° 363/15, que reglamenta la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 5.460, y por su modificatorio el Decreto N°

400/15, corresponde incorporar nuevos niveles de decisión para funcionarios no

previstos hasta la fecha;

Que, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado la

intervención que le corresponde de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 1.218.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase el Anexo II del Decreto N° 95/14 que establece los niveles de

decisión y cuadro de competencias, conforme en el Anexo I (IF-2016-3867910-

MHGC), que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, y el cual

es de aplicación a los sujetos comprendidos en el inciso a del artículo 2° de la Ley N°

2.095.

Artículo 2°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por

el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio

web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todos los

Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o

responsabilidades equivalentes, a la Sindicatura General de la Ciudad y a la Dirección

General de Contaduría. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura -

Miguel


ANEXOS

Anexo del Decreto 114-16.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 6 del Decreto 326-17 deroga el Decreto 114/16.- </p>
MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 114-16 modifica Anexo II del Decreto 95-14.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 411-16, modifica el Anexo I Decreto 114-16, modificatorio a su vez del Decreto 95-14.</p>