RESOLUCIÓN 120 2016 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
TIENE POR AMPLIADO - PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO EN EL MERCADO LOCAL - APRUEBA DOCUMENTOS - EMISIÓN TÍTULOS DE DEUDA PÚBLICA - CAJA DE VALORES SA - EMISIÓN DE TÍTULOS CLASE 16 - FACULTADES - SUBSECRETARÍA DE FINANZAS - DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO - MINISTERIO DE HACIENDA - AMPLIACIÓN
Publicación:
01/02/2016
Sanción:
29/01/2016
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO
las Leyes N° 4.315, N° 4.382, N° 4.431, N° 4.472, N° 4.810, N° 4.885, N° 4.949 y N°
5.496 y la Resolución N° 86/MHGC/2016 y el Expediente Electrónico N° 2.816.981-
DGCPUB/2016 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 4.315 creó un programa de financiamiento en el mercado local para la
emisión de títulos de deuda pública por hasta la suma de dólares estadounidenses
cien millones (U$S 100.000.000), monto que fue ampliado por la Ley N° 4.431 hasta la
suma de dólares estadounidenses ciento ochenta y cinco millones (U$S 185.000.000)
o su equivalente en pesos, otra u otras monedas; monto incrementado por la Ley N°
4.472 hasta la suma de dólares estadounidenses doscientos ochenta y cinco millones
(U$S 285.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, y por la
Resolución N° 382-MHGC/2013 dictada en el marco de la Ley N° 4.382 y del Decreto
N° 161 GCBA/2013, hasta la suma de dólares estadounidenses quinientos un millones
(U$S 501.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, por la Ley N°
4.810 hasta la suma de dólares estadounidenses setecientos sesenta y un millones
(U$S 761.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, por la Ley N°
4.885 hasta la suma de dólares estadounidenses novecientos un millones (U$S
901.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, por la Resolución N°
728-MHGC/2014 dictada en el marco de la Ley N° 4.472 hasta la suma de dólares
estadounidenses un mil un millones (U$S 1.001.000.000 o su equivalente en pesos,
otra u otras monedas, por la Ley N° 4.949 hasta la suma de dólares estadounidenses
un mil ciento ochenta y seis millones (U$S 1.186.000.000) o su equivalente en pesos,
otra u otras monedas, por la Resolución N° 19-MHGC/2015 dictada en el marco de la
Ley N° 4.472 hasta la suma de dólares estadounidenses un mil doscientos ochenta y
seis millones (U$S 1.286.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas y
por la Ley N° 5.496 en la suma de euros sesenta millones ( 60.000.000) o su
equivalente en dólares estadounidenses, otra u otras monedas (en adelante, el
"Programa de Financiamiento en el Mercado Local");
Que el artículo 2°, siguientes y concordantes de la Ley N° 5.496 autorizaron al Poder
Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, y/o a Subterráneos de Buenos Aires
Sociedad del Estado ("SBASE") a contraer un empréstito público por un importe de
hasta euros sesenta millones (60.000.000) o su equivalente en dólares
estadounidenses, otra u otras monedas, mediante una o más emisiones de títulos de
deuda pública y/o valores negociables, según lo determine el Poder Ejecutivo, a través
del Ministerio de Hacienda y con destino a la ampliación de hasta un cincuenta por
ciento (50%) del monto del contrato de suministro celebrado entre SBASE y Alstom
Brasil Energía e Transporte Ltda., en el marco de la Licitación Pública N° 144/10, para
la adquisición de coches para el Sistema de Transporte Ferroviario de Pasajeros de
Superficie y Subterráneo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los términos del
artículo 6° de la Ley N° 5.496;
Que el artículo 3° de la Ley N° 5.496 fijó los términos y condiciones generales de la
emisión de los títulos de deuda pública, estableciendo, entre otras características, el
tipo de moneda, la modalidad de suscripción e integración, plazo, tasa de interés y
precio de emisión, forma y denominaciones, rescate, amortización y ley aplicable y
jurisdicción competente, términos y condiciones que coinciden con los generales del
Programa de Financiamiento en el Mercado Local aprobados por la Resolución N°
1.518/MHGC/2012;
Que el artículo 7° de la Ley N° 5.496 autorizó al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio
de Hacienda, a efectuar los trámites correspondientes y suscribir todos los
instrumentos, contratos y documentación necesaria y conveniente a fin de dar
cumplimiento con dicha Ley, para que por sí o por terceros actúe en la
instrumentación, emisión, registro y pago de los títulos de deuda pública autorizados
por dicha Ley, entre los cuales se incluyen la aprobación y suscripción de los
contratos, incluyendo el contrato de colocación, el prospecto, el suplemento de
prospecto y demás relativos a la emisión;
Que el artículo 8° de la Ley N° 5.496 autorizó al Poder Ejecutivo, a través de este
Ministerio de Hacienda, conforme las pautas establecidas en el artículo 3° de dicha
Ley, a dictar las normas reglamentarias y/o complementarias que establezcan las
restantes condiciones necesarias para el cumplimiento de la misma, así como la
instrumentación de acuerdos de cobertura de riesgo cambiario ya sea por medio de
operaciones de cobertura de monedas y/o de tasas de interés;
Que el artículo 1° de la Resolución N° 86/MHGC/2016 del 22 de enero de 2016,
aprobó la propuesta presentada por Banco de Servicios y Transacciones S.A. y
Puente Hnos. S.A. para la ejecución de operaciones de Crédito Público mediante la
implementación, distribución y colocación de los títulos de deuda pública a ser
emitidos de conformidad con el artículo 2°, siguientes y concordantes de la Ley N°
5.496, por la suma de hasta euros sesenta millones (60.000.000) y/o su equivalente en
otra y/u otras monedas, al momento de la firma de la documentación que instrumente
la o las referidas operaciones de Crédito Público;
Que el artículo 1° de la Resolución N° 86/MHGC/2016 amplió el Programa de
Financiamiento en el Mercado Local, creado por la Ley N° 4.315 en la suma de euros
sesenta millones (60.000.000) y/o su equivalente en dólares otra y/u otras monedas;
Que el artículo 2° de la norma precitada facultó a la Subsecretaría de Finanzas y/o a la
Dirección General de Crédito Público, ambas dependientes de este Ministerio, a: i)
celebrar un contrato de mandato con Banco de Servicios y Transacciones S.A. y
Puente Hnos. S.A.; ii) suscribir el contrato de colocación de los títulos de deuda
pública; iii) solicitar las autorizaciones correspondientes ante el Mercado de Valores de
Buenos Aires S.A. y el Mercado Abierto Electrónico S.A. a los fines de obtener el
listado y negociación de los títulos de deuda pública; y iv) registrar en la Caja de
Valores S.A. uno o más certificados globales que instrumenten los títulos de deuda
pública;
Que el artículo 3° de la Resolución N° 86/MHGC/2016 aprobó los términos y
condiciones generales de los títulos de deuda pública a emitirse en el marco del
Programa de Financiamiento en el Mercado Local;
Que las áreas técnicas de este ministerio recomendaron la emisión, en el marco del
Programa de Financiamiento en el Mercado Local, de los títulos de deuda pública de la
Clase N° 16, en los términos y condiciones que resultan de la documentación adjunta
en el Anexo I como parte integrante de la presente, a los efectos de emitir el monto
autorizado por la Ley N° 5.496;
Que en este contexto resulta conveniente la emisión de los títulos de deuda pública de
la Clase N° 16 (los "Títulos de la Clase 16"), por un valor nominal total en pesos de
novecientos cuarenta y ocho millones ($ 948.000.000), equivalente a la suma de euros
sesenta millones (60.000.000) al tipo de cambio vendedor billete informado por el
Banco de la Nación Argentina al cierre de las operaciones el 27 de enero de 2016,
suma emitida que al tipo de cambio aplicable equivale a dólares estadounidenses
sesenta y siete millones ochocientos once mil ciento cincuenta y ocho con 79/100
(U$S 67.811.158,79);
Que considerando que la ampliación del monto del Programa de Financiamiento en el
Mercado Local instrumentada a través de la Resolución N° 86/MHGC/16 ha sido
realizada en euros, resulta conveniente utilizar el tipo de cambio vendedor billete
informado por el Banco de la Nación Argentina al cierre de las operaciones el 27 de
enero de 2016, a los efectos de determinar su equivalente en dólares
estadounidenses;
Que en tal sentido, el Programa de Financiamiento en el Mercado Local ha sido
ampliado hasta la suma de dólares estadounidenses mil trescientos cincuenta y tres
millones ochocientos once mil ciento cincuenta y ocho con 79/100 dólares
estadounidenses (U$S 1.353.811.158,79), o su equivalente en otra u otras monedas;
Que, en tal sentido, es necesario el depósito del certificado global en la Caja de
Valores S.A. para la emisión de los Títulos de la Clase 16;
Que los contratos y demás documentación suscripta en el marco del Programa de
Financiamiento en el Mercado Local tales como el contrato de colocación del 28 de
enero de 2016 (en adelante, el "Contrato de Colocación"), el prospecto preliminar del
25 de enero de 2016 (en adelante, el "Prospecto Preliminar"), el prospecto del 28 de
enero de 2016 (en adelante, el "Prospecto"), el suplemento de prospecto preliminar del
25 de enero de 2016, (en adelante, el "Suplemento de Prospecto Preliminar"), así
como el suplemento de prospecto del 28 de enero de 2016 (en adelante, el
"Suplemento de Prospecto Preliminar"), documentación adjuntada en el Anexo I como
parte integrante de la presente, son los usuales que se adoptan en esta clase de
operaciones, cumplen con la normativa nacional y de la Ciudad de Buenos Aires
respecto de las operaciones de Crédito Público, incluyendo la Ley N° 4.315 y la Ley N°
5.496 y sus disposiciones concordantes, y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que los términos y condiciones generales y particulares, incluyendo los plazos, los
montos e intereses y demás cláusulas contenidas en los contratos, y demás
documentación a ser suscripta, así como en el Prospecto y en el Suplemento de
Prospecto, son los usuales que se adoptan en este tipo de operaciones, cumplen con
la normativa nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las
operaciones de Crédito Público, incluyendo las Leyes N° 4.315, N° 4.382, N° 4.431, N°
4.472, N° 4.810, N° 4.885, N° 4.949 y N° 5.496 y sus normas reglamentarias, y
resultan adecuados a los propósitos y objetivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que para lograr la negociación y colocación de los Títulos de la Clase 16 en el
mercado local se presentó el 26 de enero de 2016 una solicitud ante el Mercado de
Valores de Buenos Aires S.A. para el listado de los Títulos de la Clase 16. El 26 de
enero de 2016 se presentó, además, la solicitud de su negociación en el Mercado
Abierto Electrónico S.A.;
Que para la implementación de la propuesta presentada por Banco de Servicios y
Transacciones S.A. y Puente Hnos. S.A. respecto a la estructuración y emisión de
títulos de deuda pública bajo el Programa de Financiamiento en el Mercado Local y
para la colocación de Títulos de la Clase 16 se celebró el Contrato de Colocación entre
el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Banco de Servicios y Transacciones S.A. y
Puente Hnos. S.A. el 28 de enero de 2016;
Que, por tanto, corresponde aprobar toda la documentación suscripta en el marco del
Programa de Financiamiento en el Mercado Local y dar por emitidos los Títulos de la
Clase 16;
Que atento a lo establecido por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, se procederá al registro de los contratos y demás
documentación relativa al Programa de Financiamiento en el Mercado Local y a la
emisión de los Títulos de la Clase 16 en la Escribanía General de la Ciudad;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
debida, conforme lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 4.315, 4.382, 4.431,
4.472, 4.810, 4.885, 4.949 y la 5.496,
Artículo 1°. Téngase por ampliado el Programa de Financiamiento en el Mercado Local
hasta la suma de mil trescientos cincuenta y tres millones ochocientos once mil ciento
cincuenta y ocho con 79/100 dólares estadounidenses (U$S 1.353.811.158,79) o su
equivalente en pesos, otra u otras monedas, utilizándose el tipo de cambio vendedor
billete fijado por el Banco de la Nación Argentina al cierre del día 27 de enero de 2016,
a los efectos de determinar el equivalente en dólares estadounidenses de la
ampliación del Programa de Financiamiento en el Mercado Local realizada en virtud de
la Resolución N° 86/2016. Apruébanse los siguientes documentos: (i) Prospecto
Preliminar del 25 de enero de 2016; (ii) Prospecto del 28 de enero de 2016; (iii)
Suplemento de Prospecto Preliminar del 25 enero de 2016; (iv) Suplemento de
Prospecto del 28 de enero de 2016; (v) Contrato de Colocación celebrado entre la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Banco de Servicios y Transacciones S.A. y
Puente Hnos. S.A. el 28 de enero de 2016; documentos que se adjuntan como Anexo I
(IF-2016-4402339-MHGC) formando parte integrante de la presente resolución.
Considérense, por lo tanto, emitidos los Títulos de la Clase 16 en el marco del
Programa de Financiamiento en el Mercado Local creado por la Ley N° 4.315 y
ampliado por las Leyes N° 4.382, N° 4.431, N° 4.472, N° 4.810, N° 4.885, N° 4.949 y
N° 5.496 y la Resolución N° 382-MHGC/2013 y el Decreto N° 161-GCBA/2013, a partir
del 2 de febrero de 2016, cuyos términos y condiciones se encuentran aprobados por
la Resolución N° 86/MHGC/2016 con las modificaciones descriptas en los términos y
condiciones del Suplemento de Prospecto del 28 de enero de 2016.
Artículo 2°. Facúltase a la Subsecretaría de Finanzas y/o a la Dirección General de
Crédito Público, ambas dependientes de este Ministerio, a realizar el depósito del
certificado global en la Caja de Valores S.A. para la emisión de los Títulos de la Clase
16.
Artículo 3°. Déjase establecido que los documentos aprobados en los artículos
precedentes, serán registrados en la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de
acuerdo a lo dispuesto por el artículo 105 inciso 2) de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase
para su conocimiento a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de la
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos
pase a la Dirección General de Crédito Público. Mura
ANEXOS