RESOLUCIÓN 120 2016 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

 TIENE POR AMPLIADO - PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO EN EL MERCADO LOCAL -  APRUEBA  DOCUMENTOS -  EMISIÓN TÍTULOS DE DEUDA PÚBLICA - CAJA DE VALORES SA - EMISIÓN DE TÍTULOS CLASE 16 - FACULTADES - SUBSECRETARÍA DE FINANZAS - DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO - MINISTERIO DE HACIENDA - AMPLIACIÓN

Publicación:

01/02/2016

Sanción:

29/01/2016

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO

las Leyes N° 4.315, N° 4.382, N° 4.431, N° 4.472, N° 4.810, N° 4.885, N° 4.949 y N°

5.496 y la Resolución N° 86/MHGC/2016 y el Expediente Electrónico N° 2.816.981-

DGCPUB/2016 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 4.315 creó un programa de financiamiento en el mercado local para la

emisión de títulos de deuda pública por hasta la suma de dólares estadounidenses

cien millones (U$S 100.000.000), monto que fue ampliado por la Ley N° 4.431 hasta la

suma de dólares estadounidenses ciento ochenta y cinco millones (U$S 185.000.000)

o su equivalente en pesos, otra u otras monedas; monto incrementado por la Ley N°

4.472 hasta la suma de dólares estadounidenses doscientos ochenta y cinco millones

(U$S 285.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, y por la

Resolución N° 382-MHGC/2013 dictada en el marco de la Ley N° 4.382 y del Decreto

N° 161 GCBA/2013, hasta la suma de dólares estadounidenses quinientos un millones

(U$S 501.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, por la Ley N°

4.810 hasta la suma de dólares estadounidenses setecientos sesenta y un millones

(U$S 761.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, por la Ley N°

4.885 hasta la suma de dólares estadounidenses novecientos un millones (U$S

901.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, por la Resolución N°

728-MHGC/2014 dictada en el marco de la Ley N° 4.472 hasta la suma de dólares

estadounidenses un mil un millones (U$S 1.001.000.000 o su equivalente en pesos,

otra u otras monedas, por la Ley N° 4.949 hasta la suma de dólares estadounidenses

un mil ciento ochenta y seis millones (U$S 1.186.000.000) o su equivalente en pesos,

otra u otras monedas, por la Resolución N° 19-MHGC/2015 dictada en el marco de la

Ley N° 4.472 hasta la suma de dólares estadounidenses un mil doscientos ochenta y

seis millones (U$S 1.286.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas y

por la Ley N° 5.496 en la suma de euros sesenta millones ( 60.000.000) o su

equivalente en dólares estadounidenses, otra u otras monedas (en adelante, el

"Programa de Financiamiento en el Mercado Local");

Que el artículo 2°, siguientes y concordantes de la Ley N° 5.496 autorizaron al Poder

Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, y/o a Subterráneos de Buenos Aires

Sociedad del Estado ("SBASE") a contraer un empréstito público por un importe de

hasta euros sesenta millones (60.000.000) o su equivalente en dólares

estadounidenses, otra u otras monedas, mediante una o más emisiones de títulos de

deuda pública y/o valores negociables, según lo determine el Poder Ejecutivo, a través

del Ministerio de Hacienda y con destino a la ampliación de hasta un cincuenta por

ciento (50%) del monto del contrato de suministro celebrado entre SBASE y Alstom

Brasil Energía e Transporte Ltda., en el marco de la Licitación Pública N° 144/10, para

la adquisición de coches para el Sistema de Transporte Ferroviario de Pasajeros de

Superficie y Subterráneo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los términos del

artículo 6° de la Ley N° 5.496;

Que el artículo 3° de la Ley N° 5.496 fijó los términos y condiciones generales de la

emisión de los títulos de deuda pública, estableciendo, entre otras características, el

tipo de moneda, la modalidad de suscripción e integración, plazo, tasa de interés y

precio de emisión, forma y denominaciones, rescate, amortización y ley aplicable y

jurisdicción competente, términos y condiciones que coinciden con los generales del

Programa de Financiamiento en el Mercado Local aprobados por la Resolución N°

1.518/MHGC/2012;

Que el artículo 7° de la Ley N° 5.496 autorizó al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio

de Hacienda, a efectuar los trámites correspondientes y suscribir todos los

instrumentos, contratos y documentación necesaria y conveniente a fin de dar

cumplimiento con dicha Ley, para que por sí o por terceros actúe en la

instrumentación, emisión, registro y pago de los títulos de deuda pública autorizados

por dicha Ley, entre los cuales se incluyen la aprobación y suscripción de los

contratos, incluyendo el contrato de colocación, el prospecto, el suplemento de

prospecto y demás relativos a la emisión;

Que el artículo 8° de la Ley N° 5.496 autorizó al Poder Ejecutivo, a través de este

Ministerio de Hacienda, conforme las pautas establecidas en el artículo 3° de dicha

Ley, a dictar las normas reglamentarias y/o complementarias que establezcan las

restantes condiciones necesarias para el cumplimiento de la misma, así como la

instrumentación de acuerdos de cobertura de riesgo cambiario ya sea por medio de

operaciones de cobertura de monedas y/o de tasas de interés;

Que el artículo 1° de la Resolución N° 86/MHGC/2016 del 22 de enero de 2016,

aprobó la propuesta presentada por Banco de Servicios y Transacciones S.A. y

Puente Hnos. S.A. para la ejecución de operaciones de Crédito Público mediante la

implementación, distribución y colocación de los títulos de deuda pública a ser

emitidos de conformidad con el artículo 2°, siguientes y concordantes de la Ley N°

5.496, por la suma de hasta euros sesenta millones (60.000.000) y/o su equivalente en

otra y/u otras monedas, al momento de la firma de la documentación que instrumente

la o las referidas operaciones de Crédito Público;

Que el artículo 1° de la Resolución N° 86/MHGC/2016 amplió el Programa de

Financiamiento en el Mercado Local, creado por la Ley N° 4.315 en la suma de euros

sesenta millones (60.000.000) y/o su equivalente en dólares otra y/u otras monedas;

Que el artículo 2° de la norma precitada facultó a la Subsecretaría de Finanzas y/o a la

Dirección General de Crédito Público, ambas dependientes de este Ministerio, a: i)

celebrar un contrato de mandato con Banco de Servicios y Transacciones S.A. y

Puente Hnos. S.A.; ii) suscribir el contrato de colocación de los títulos de deuda

pública; iii) solicitar las autorizaciones correspondientes ante el Mercado de Valores de

Buenos Aires S.A. y el Mercado Abierto Electrónico S.A. a los fines de obtener el

listado y negociación de los títulos de deuda pública; y iv) registrar en la Caja de

Valores S.A. uno o más certificados globales que instrumenten los títulos de deuda

pública;

Que el artículo 3° de la Resolución N° 86/MHGC/2016 aprobó los términos y

condiciones generales de los títulos de deuda pública a emitirse en el marco del

Programa de Financiamiento en el Mercado Local;

Que las áreas técnicas de este ministerio recomendaron la emisión, en el marco del

Programa de Financiamiento en el Mercado Local, de los títulos de deuda pública de la

Clase N° 16, en los términos y condiciones que resultan de la documentación adjunta

en el Anexo I como parte integrante de la presente, a los efectos de emitir el monto

autorizado por la Ley N° 5.496;

Que en este contexto resulta conveniente la emisión de los títulos de deuda pública de

la Clase N° 16 (los "Títulos de la Clase 16"), por un valor nominal total en pesos de

novecientos cuarenta y ocho millones ($ 948.000.000), equivalente a la suma de euros

sesenta millones (60.000.000) al tipo de cambio vendedor billete informado por el

Banco de la Nación Argentina al cierre de las operaciones el 27 de enero de 2016,

suma emitida que al tipo de cambio aplicable equivale a dólares estadounidenses

sesenta y siete millones ochocientos once mil ciento cincuenta y ocho con 79/100

(U$S 67.811.158,79);

Que considerando que la ampliación del monto del Programa de Financiamiento en el

Mercado Local instrumentada a través de la Resolución N° 86/MHGC/16 ha sido

realizada en euros, resulta conveniente utilizar el tipo de cambio vendedor billete

informado por el Banco de la Nación Argentina al cierre de las operaciones el 27 de

enero de 2016, a los efectos de determinar su equivalente en dólares

estadounidenses;

Que en tal sentido, el Programa de Financiamiento en el Mercado Local ha sido

ampliado hasta la suma de dólares estadounidenses mil trescientos cincuenta y tres

millones ochocientos once mil ciento cincuenta y ocho con 79/100 dólares

estadounidenses (U$S 1.353.811.158,79), o su equivalente en otra u otras monedas;

Que, en tal sentido, es necesario el depósito del certificado global en la Caja de

Valores S.A. para la emisión de los Títulos de la Clase 16;

Que los contratos y demás documentación suscripta en el marco del Programa de

Financiamiento en el Mercado Local tales como el contrato de colocación del 28 de

enero de 2016 (en adelante, el "Contrato de Colocación"), el prospecto preliminar del

25 de enero de 2016 (en adelante, el "Prospecto Preliminar"), el prospecto del 28 de

enero de 2016 (en adelante, el "Prospecto"), el suplemento de prospecto preliminar del

25 de enero de 2016, (en adelante, el "Suplemento de Prospecto Preliminar"), así

como el suplemento de prospecto del 28 de enero de 2016 (en adelante, el

"Suplemento de Prospecto Preliminar"), documentación adjuntada en el Anexo I como

parte integrante de la presente, son los usuales que se adoptan en esta clase de

operaciones, cumplen con la normativa nacional y de la Ciudad de Buenos Aires

respecto de las operaciones de Crédito Público, incluyendo la Ley N° 4.315 y la Ley N°

5.496 y sus disposiciones concordantes, y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que los términos y condiciones generales y particulares, incluyendo los plazos, los

montos e intereses y demás cláusulas contenidas en los contratos, y demás

documentación a ser suscripta, así como en el Prospecto y en el Suplemento de

Prospecto, son los usuales que se adoptan en este tipo de operaciones, cumplen con

la normativa nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las

operaciones de Crédito Público, incluyendo las Leyes N° 4.315, N° 4.382, N° 4.431, N°

4.472, N° 4.810, N° 4.885, N° 4.949 y N° 5.496 y sus normas reglamentarias, y

resultan adecuados a los propósitos y objetivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que para lograr la negociación y colocación de los Títulos de la Clase 16 en el

mercado local se presentó el 26 de enero de 2016 una solicitud ante el Mercado de

Valores de Buenos Aires S.A. para el listado de los Títulos de la Clase 16. El 26 de

enero de 2016 se presentó, además, la solicitud de su negociación en el Mercado

Abierto Electrónico S.A.;

Que para la implementación de la propuesta presentada por Banco de Servicios y

Transacciones S.A. y Puente Hnos. S.A. respecto a la estructuración y emisión de

títulos de deuda pública bajo el Programa de Financiamiento en el Mercado Local y

para la colocación de Títulos de la Clase 16 se celebró el Contrato de Colocación entre

el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Banco de Servicios y Transacciones S.A. y

Puente Hnos. S.A. el 28 de enero de 2016;

Que, por tanto, corresponde aprobar toda la documentación suscripta en el marco del

Programa de Financiamiento en el Mercado Local y dar por emitidos los Títulos de la

Clase 16;

Que atento a lo establecido por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, se procederá al registro de los contratos y demás

documentación relativa al Programa de Financiamiento en el Mercado Local y a la

emisión de los Títulos de la Clase 16 en la Escribanía General de la Ciudad;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

debida, conforme lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 4.315, 4.382, 4.431,

4.472, 4.810, 4.885, 4.949 y la 5.496,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°. Téngase por ampliado el Programa de Financiamiento en el Mercado Local

hasta la suma de mil trescientos cincuenta y tres millones ochocientos once mil ciento

cincuenta y ocho con 79/100 dólares estadounidenses (U$S 1.353.811.158,79) o su

equivalente en pesos, otra u otras monedas, utilizándose el tipo de cambio vendedor

billete fijado por el Banco de la Nación Argentina al cierre del día 27 de enero de 2016,

a los efectos de determinar el equivalente en dólares estadounidenses de la

ampliación del Programa de Financiamiento en el Mercado Local realizada en virtud de

la Resolución N° 86/2016. Apruébanse los siguientes documentos: (i) Prospecto

Preliminar del 25 de enero de 2016; (ii) Prospecto del 28 de enero de 2016; (iii)

Suplemento de Prospecto Preliminar del 25 enero de 2016; (iv) Suplemento de

Prospecto del 28 de enero de 2016; (v) Contrato de Colocación celebrado entre la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Banco de Servicios y Transacciones S.A. y

Puente Hnos. S.A. el 28 de enero de 2016; documentos que se adjuntan como Anexo I

(IF-2016-4402339-MHGC) formando parte integrante de la presente resolución.

Considérense, por lo tanto, emitidos los Títulos de la Clase 16 en el marco del

Programa de Financiamiento en el Mercado Local creado por la Ley N° 4.315 y

ampliado por las Leyes N° 4.382, N° 4.431, N° 4.472, N° 4.810, N° 4.885, N° 4.949 y

N° 5.496 y la Resolución N° 382-MHGC/2013 y el Decreto N° 161-GCBA/2013, a partir

del 2 de febrero de 2016, cuyos términos y condiciones se encuentran aprobados por

la Resolución N° 86/MHGC/2016 con las modificaciones descriptas en los términos y

condiciones del Suplemento de Prospecto del 28 de enero de 2016.

Artículo 2°. Facúltase a la Subsecretaría de Finanzas y/o a la Dirección General de

Crédito Público, ambas dependientes de este Ministerio, a realizar el depósito del

certificado global en la Caja de Valores S.A. para la emisión de los Títulos de la Clase

16.

Artículo 3°. Déjase establecido que los documentos aprobados en los artículos

precedentes, serán registrados en la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de

acuerdo a lo dispuesto por el artículo 105 inciso 2) de la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase

para su conocimiento a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de la

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos

pase a la Dirección General de Crédito Público. Mura


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 Resolución 120-MHGC-16 tiene por ampliado el Programa de Financiamiento en el Mercado Local, creado por la Ley 4315.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 Resolución 120-MHGC-16 considera emitidos los Títulos de la Clase 16, en el marco del Programa de Financiamiento en el Mercado Local, cuyos términos y condiciones se encuentran aprobados por la Resolución 86-MHGC-16.</p>