LEY 5504 2016

Síntesis:

CORRIGE ERRATA DEL ARTÍCULO 2  LEY 5461 - MODIFICA TÍTULO I - CAPÍTULO VI DE LA COMISIÓN DE REGISTRO Y EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES PROFESIONALES-COREAP - JUNTAS DE CLASIFICACIÓN - ARTÍCULO 10 ORDENANZA N°40593 EN INCISO B SUBINCISO III DURACIÓN DE LAS FUNCIONES - MODIFICACIÓN ESTATUTO DEL DOCENTE

Publicación:

03/02/2016

Sanción:

18/01/2016

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

29/01/2016

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Corrígese la errata del artículo 2° de la Ley 5461, que modifica el Título I,

Capítulo VI De la Comisión de Registro y Evaluación de antecedentes profesionales

(COREAP) y de las Juntas de Clasificación, en el Artículo 10 de la Ordenanza N°

40.593, en el inciso B, subinciso III "Duración de las funciones", el cual queda

redactado de la siguiente forma:

"III DURACIÓN DE LAS FUNCIONES: Todos los miembros elegidos durarán dos (2)

años en sus funciones y podrán ser re designados hasta dos períodos consecutivos.

Los miembros designados por el Ministerio de Educación durarán un año en sus

funciones y podrán ser re designados indefinidamente."

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Ley 5504, corrige la errata del artículo 2 de la Ley 5461, modificatoria de la Ordenanza 40593.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 Ley 5504, corrige la errata del artículo 2 de la Ley 5461, que modifica el Título I, Capítulo VI De la Comisión de Registro y Evaluación de antecedentes profesionales (COREAP) y de las Juntas de Clasificación, en el Artículo 10 de la Ordenanza 40593.</p>
PROMULGADA POR