DECRETO 141 2016
Síntesis:
MODIFICACIÓN ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MODIFICA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL DE LA VICEJEFATURA DE GOBIERNO - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y LOS MINISTERIOS DE SALUD - DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - CULTURA - HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO - MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA - AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - MODIFICA DENOMINACIONES - SECRETARÍAS - SUBSECRETARÍAS - DIRECCIONES GENERALES - CREACIÓN - SUPRESIÓN DE ORGANISMOS - APRUEBA ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - TRANSFIERE - PATRIMONIO - PERSONAL - PRESUPUESTO -
Publicación:
12/02/2016
Sanción:
11/02/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros 5.460 y 5.503, los Decretos Nros. 363/15 y 400/15, el Expediente
Electrónico N° 05641201-MGEYA-DGDSCIV/16, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires contemplándose los Ministerios del Poder Ejecutivo;
Que la Ley N° 5.503 modificó los objetivos enunciados en la precitada Ley de
Ministerios correspondientes a los Ministerios de Gobierno y de Justicia y Seguridad
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por el Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura orgánica funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección
General;
Que a su vez, por Decreto N° 400/15, se transfirió el Organismo Fuera de Nivel Unidad
de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018
dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, a la órbita del Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que de la experiencia en la gestión de gobierno, surge la necesidad de realizar
diversas modificaciones en la estructura organizativa de la Vicejefatura de Gobierno,
de la Secretaría General y Relaciones Internacionales, de la Jefatura de Gabinete de
Ministros y de los Ministerios de Salud; Desarrollo Urbano y Transporte; Cultura;
Hábitat y Desarrollo Humano; Modernización, Innovación y Tecnología y Ambiente y
Espacio Público, a los fines de una mejor proyección operativa y una mayor eficiencia
administrativa;
Que, en este sentido se propicia la modificación de las denominaciones de la
Secretaría de Deportes y Desarrollo Ciudadano, la Subsecretaría de Bienestar Social,
la Dirección General Promoción de Políticas de Bienestar Social, todas ellas
dependientes de la Vicejefatura de Gobierno; de la Subsecretaría de Relaciones
Internacionales y Cooperación, la Subsecretaría de Gestión Estratégica y Relaciones
Institucionales y la Dirección General Relaciones Institucionales, dependientes de la
Secretaría General y Relaciones Internacionales; la Secretaría de Planeamiento y
Control de Gestión de la Jefatura de Gabinete de Ministros; la Subsecretaría de
Políticas Culturales y la Dirección General Patrimonio, Casco Histórico y Museos,
ambas en el ámbito del Ministerio de Cultura; la Subsecretaría de Economía Creativa
del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; la Dirección General
Movilidad Sustentable dependiente de la Subsecretaría de Movilidad Sustentable de la
Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y la
Direcciones Generales de Promoción y Servicios y Promoción del Envejecimiento
Activo dependientes de la Secretaría de Tercera Edad del Ministerio de Hábitat y
Desarrollo Humano;
Que en este marco a los fines de lograr una mejora en el desarrollo de la gestión, se
estima necesaria la creación de la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y
Financiamiento en Salud, dependiente de la Subsecretaría de Planificación Sanitaría
del Ministerio de Salud; la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de
Tránsito y Seguridad Vial dependiente de la Subsecretaría de Movilidad Sustentable
de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte; la
Dirección General Nuevos Estándares y Tecnologías dependiente de la Secretaría de
Tercera Edad del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano; la Dirección General
Gestión Digital dependiente de la Subsecretaría de Ciudad Inteligente del Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología; las Direcciones Generales Fiscalización del
Espacio Público y Obras de Regeneración Urbana ambas dependientes de la
Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio
Público;
Que a los fines de evitar la dispersión de las funciones encomendadas y de optimizar
los recursos aplicados se requiere la supresión de las Direcciones Generales de
Planificación de Tecnologías, Medicamentos y Procesos Clínicos; la de Coordinación
de Servicios y Cuidados Extraterritoriales y la de Servicios y Programas Financiados
por Terceros dependientes de la Subsecretaría de Planificación Sanitaría del Ministerio
de Salud;
Que en el mismo sentido, corresponde la supresión de las Direcciones Generales de
Planificación de Obras y de Economía Urbana, dependientes de la Subsecretaría de
Obras y de la Subsecretaría de Proyectos, respectivamente, y de las Direcciones
Generales Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte y de Seguridad
Vial, todas pertenecientes al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte; como
asimismo la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos
dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano y la supresión de la
Dirección General Comercio Exterior dependiente del Ministerio de Modernización,
Innovación y Tecnología;
Que, finalmente, se suprime la Subsecretaría de Administración y la Dirección General
de Fiscalización en la Vía Pública que le depende, como así también la Dirección
General Inspección del Uso del Espacio Público, dependiente de la Subsecretaría de
Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar parcialmente la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo, aprobada por Decreto N° 363/15.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase la estructura orgánico funcional de la Vicejefatura de Gobierno,
de la Secretaría General y Relaciones Internacionales, Jefatura de Gabinete de
Ministros y los Ministerios de Salud; Desarrollo Urbano y Transporte; Cultura; Hábitat y
Desarrollo Humano; Modernización, Innovación y Tecnología y Ambiente y Espacio
Público quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15, de acuerdo con los
Anexos I (Organigrama) (IF-2016-06007091-DGDSCIV) y II (Responsabilidades
Primarias y Objetivos) (IF-2016-06007761-DGDSCIV), los que a todos sus efectos
forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Modifícase la denominación de la Secretaría de Deportes y Desarrollo
Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno, la cual pasará a denominarse Secretaría de
Desarrollo Ciudadano.
Artículo 3°.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Bienestar Social de la
Vicejefatura de Gobierno, la cual pasará a denominarse Subsecretaría de Bienestar
Ciudadano.
Artículo 4°.- Modifícase la denominación de la Dirección General Promoción de
Políticas de Bienestar Social de la Vicejefatura de Gobierno, la cual pasará a
denominarse Dirección General Promoción de Políticas de Bienestar Ciudadano.
Artículo 5°.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Relaciones
Internacionales y Cooperación de la Secretaría General y Relaciones Internacionales,
la cual pasará a denominarse Subsecretaría de Relaciones Internacionales e
Institucionales.
Artículo 6°.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Gestión Estratégica y
Relaciones Institucionales de la Secretaría General y Relaciones Internacionales, la
cual pasará a denominarse Subsecretaría de Gestión Estratégica y Calidad
Institucional.
Artículo 7°.- Modifícase la denominación de la Dirección General Relaciones
Institucionales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Estratégica y Calidad
Institucional de la Secretaría General y Relaciones Internacionales, la cual pasará a
denominarse Dirección General Calidad Institucional.
Artículo 8°.- Modifícase la denominación de la Secretaría de Planeamiento y Control
de Gestión de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la cual pasará a denominarse
Secretaría de Planificación, Evaluación y Coordinación de Gestión.
Artículo 9°.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Políticas Culturales
del Ministerio de Cultura, la cual pasará a denominarse Subsecretaría de Políticas
Culturales y Nuevas Audiencias.
Artículo 10.- Modifícase la denominación de la Dirección General Patrimonio, Casco
Histórico y Museos dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio
de Cultura, la cual pasará a denominarse Dirección General Patrimonio, Museos y
Casco Histórico.
Artículo 11.- Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Economía Creativa
del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, la cual pasará a
denominarse Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior.
Artículo 12.- Modifícase la denominación de la Dirección General Movilidad
Sustentable dependiente de la Subsecretaría de Movilidad Sustentable de la
Secretaría de Transporte, la cual pasará a denominarse Dirección General Movilidad
Saludable.
Artículo 13.- Modifícase la denominación de la Dirección General Promoción y
Servicios dependiente de la Secretaría de Tercera Edad, la cual pasará a denominarse
Dirección General de Servicios y Dependencia.
Artículo 14.- Modifícase la denominación de la Dirección General Promoción del
Envejecimiento Activo dependiente de la Secretaría de Tercera Edad, la cual pasará a
denominarse Dirección General de Protección e Inclusión.
Artículo 15.- Créase la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y
Financiamiento en Salud dependiente de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria
del Ministerio de Salud.
Artículo 16.- Créase la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y
Seguridad Vial dependiente de la Subsecretaría de Movilidad Sustentable de la
Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.
Artículo 17.- Créase la Dirección General Nuevos Estándares y Tecnologías
dependiente de la Secretaría de Tercera Edad del Ministerio de Hábitat y Desarrollo
Humano.
Artículo 18.- Créase la Dirección General Gestión Digital dependiente de la
Subsecretaría de Ciudad Inteligente del Ministerio de Modernización, Innovación y
Tecnología.
Artículo 19.- Créase la Dirección General Fiscalización del Espacio Público
dependiente de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público.
Artículo 20.- Créase la Dirección General Obras de Regeneración Urbana dependiente
de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio
Público.
Artículo 21.- Suprímanse las Direcciones Generales de Planificación de Tecnologías,
Medicamentos y Procesos Clínicos; la de Coordinación de Servicios y Cuidados
Extraterritoriales y la de Servicios y Programas Financiados por Terceros
dependientes de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria del Ministerio de Salud,
transfiriéndose su personal, patrimonio y presupuesto a la Dirección General de
Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud dependientes de la
Subsecretaría de Planificación Sanitaria del Ministerio de Salud.
Artículo 22.- Suprímanse las Direcciones Generales de Cuerpo de Agentes de Control
de Tránsito y Transporte y la de Seguridad Vial, transfiriéndose su personal,
patrimonio y presupuesto a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de
Tránsito y Seguridad Vial dependiente de la Subsecretaría de Movilidad Sustentable
del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.
Artículo 23.- Suprímanse las Direcciones Generales de Planificación de Obras y de
Economía Urbana dependientes de las Subsecretarías de Obras y de Proyectos,
respectivamente, ambas del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.
Artículo 24.- Suprímase la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos
Humanos dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano.
Artículo 25.- Suprímase la Dirección General Comercio Exterior dependiente del
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, transfiriéndose su personal,
patrimonio y presupuesto a la Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio
Exterior dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología.
Artículo 26.- Suprímase la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Ambiente
y Espacio Público transfiriéndose su patrimonio y presupuesto a la Unidad de Ministro.
Artículo 27.- Suprímanse las Direcciones Generales de Fiscalización en la Vía Pública
e Inspección del Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público
transfiriéndose su personal, patrimonio y presupuesto a la Dirección General
Fiscalización del Espacio Público dependiente de la Subsecretaría de Uso del Espacio
Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.
Artículo 28.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 29.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 30.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Vicejefatura de Gobierno, de la Secretaría General y Relaciones
Internacionales, Jefatura de Gabinete de Ministros y los Ministerios de Salud;
Desarrollo Urbano y Transporte; Cultura; Hábitat y Desarrollo Humano; Modernización,
Innovación y Tecnología y Ambiente y Espacio Público; y a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto ambas dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento
y demás efectos, remítase al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4819