RESOLUCIÓN 481 2002 SUBSECRETARIA DE LOGISTICA Y EMERGENCIAS
Síntesis:
NORMA DEROGADA - AUTORIZA A LOS SECRETARIOS/AS, SUBSECRETARIOS/AS Y TITULARES DE LOS ORGANISMOS F/N CON RANGO DE SECRETARÍA Y DE SUBSECRETARÍA, EL USO RESTRINGIDO DE TELÉFONOS CELULARES CON CARGO AL G.C.A.B.A. AUTORIZACIONES-USO-EQUIPOS-TELEFONÍA CELULAR-TELEFONÍA MÓVIL-TELÉFONOS CELULARES-TELEFONOS MÓVILES-PRESUPUESTO-MINUTOS-SECRETARIOS-TITULARES DE ORGANISMOS FUERA DE NIVEL-SUBSECRETARIOS
Publicación:
20/01/2003
Sanción:
27/12/2002
Organismo:
SUBSECRETARIA DE LOGISTICA Y EMERGENCIAS
Visto el Decreto N° 292/02 y la Resolución Conjunta de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera y la Subsecretaría de Logística y Emergencias N° 168/02, y;
CONSIDERANDO:
Que el Art. 4° del Decreto N° 292/02 establece que la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera y la Subsecretaría de Logística y Emergencias por Resolución conjunta reglamentarán la cantidad de equipos de telefonía móvil que podrán asignarse a los funcionarios que establece el Art. 1° del mencionado Decreto, así como los límites en minutos al uso de los mismos;
Por ello, en virtud del ejercicio racional de los recursos y en uso de las facultades establecidas por el Decreto N° 292/02,
Artículo 1° - Autorízase el uso de un equipo de telefonía móvil (celular) dentro del presupuesto del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta 2000 minutos mensuales a los Secretarios/as y Titulares de Organismos Fuera de Nivel con rango de Secretaría y hasta 1500 minutos mensuales a los Subsecretarios/as y Titulares de Organismos Fuera de Nivel con rango de Subsecretaría.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las Secretarías del Poder Ejecutivo, a las Subsecretarías dependientes del Área Jefe de Gobierno y a la Dirección General Técnica y Administrativa de Logística y Emergencias y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Albamonte - María