RESOLUCIÓN 402 2002 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

Síntesis:

NORMA DEROGADA - PROGRAMA APOYO A REDES DE ACCIÓN COMUNITARIA, APRUEBA LAS NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS A ORGANIZACIONES CIVILES Y EL MODELO DE CONVENIOS CON INSTITUCIONES Y ONG'S

Publicación:

27/01/2003

Sanción:

30/12/2002

Organismo:

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL


Visto el Decreto N° 1.682/GCBA/02, y,

CONSIDERANDO:

Que en el Decreto citado se crea en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Social el Programa Apoyo a Redes de Acción Comunitaria;

Que el Programa de Apoyo a Redes de Acción Comunitaria brinda apoyo a las Organizaciones de la Sociedad Civil que funcionan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos objetivos y actividades estén orientados a la satisfacción de las necesidades sociales de la población más vulnerable. Promueve y fortalece la constitución de redes de acción comunitaria locales que, articuladas con las instancias gubernamentales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, permitan ampliar las prestaciones y el alcance de la cobertura social que se brinda a la población;

Que el artículo 2° de la citada norma legal se facultó a la señora Secretaría de Desarrollo Social a dictar los actos administrativos que resulten necesarios, como así también a suscribir convenios con Organizaciones No Gubernamentales e instituciones afines, para el logro de los objetivos propiciados en el programa creado en el artículo antecedente;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por Decreto N° 1.682/GCBA/2002;

LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébanse las normas para el otorgamiento de subsidios a Organizaciones de la Sociedad Civil en el marco del programa Apoyo a Redes de Acción Comunitaria dispuesto por el Decreto N?1.682/GCBA/02 que, como Anexo 1, forman parte de la presente Resolución.

Artículo 2° - Apruébase el modelo de Convenio a suscribir con Instituciones y Organizaciones No Gubernamentales (ONG's), el que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaría de Desarrollo Social. Cumplido, archívese. González Gass

ANEXO

ANEXO 1

NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO DECRETO N° 1.682/GCBA/02

Descripción:

Artículo 1° - En el marco del programa Apoyo a Redes de Acción Comunitaria, se brindará apoyo a ONG's que funcionen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que atiendan problemáticas de carácter específico o universal, vinculadas a grupos en situación de vulnerabilidad social.

Equipo Técnico:

Artículo 2° - Desígnese un equipo, que tendrá a su cargo:

a) Análisis de los proyectos para los cuales se solicita el subsidio.

b) Selección de las Asociaciones beneficiadas y determinación de las cuotas anuales a asignar y el monto de cada una de ellas, tomando como base los siguientes puntos: extensión de la población atendida, criticidad de las prestaciones brindadas y eficacia en la utilización de los recursos tanto propios como de terceros.

c) Asesoramiento técnico, seguimiento y evaluación de los proyectos.

d) Requerir a las ONG's solicitantes requisitos adicionales, de acuerdo a la naturaleza de las prestaciones que presta.

Artículo 3° - El Equipo Técnico elevará a la Señora Secretaria de Desarrollo Social un proyecto de sistema de seguimiento y monitoreo del Programa.

De los proyectos que presentaran las ONG's:

Artículo 4° - Las ONG's interesadas en desarrollar su tarea en el marco del mencionado programa, deberán presentar al equipo técnico un proyecto que contendrá como mínimo:

a) Descripción de la actividad que desarrolla.

b) Antecedentes de la ONG en materia de su competencia, pudiendo el equipo técnico pedir ampliación de la información solicitada, de acuerdo a la naturaleza de las prestaciones que presta.

c) Población atendida en forma directa e indirecta, realizando una descripción detallada de los distintos tipos de servicios que se prestan, y a que número de beneficiarios se atiende en cada caso.

d) Destino que se le dará al subsidio solicitado.

e) Cantidad de personal con la que cuenta la ONG, y la tarea que desarrolla.

De los requisitos que deben presentar las ONG's:

Artículo 5° - Las ONG's deberán presentar juntamente con el proyecto al que hace referencia el artículo precedente, los siguientes requisitos:

a) Inscripción en la Inspección General de Justicia.

b) Copia Certificada del acta constitutiva y de designación de las autoridades responsables de la institución debidamente actualizadas.

c) Estar anotadas en el Registro de ONG's que a tales efectos tiene el Programa 4529.

d) Certificado de no Deudores/as Alimentarios/a Morosos/as (Ley N° 269).

e) Declaración Jurada acerca de la existencia o inexistencia de juicios contra el GCBA de la ONG's o de sus autoridades.

f) Declaración Jurada sobre si recibe otros subsidios del GCBA.

ANEXO II

CONVENIO

Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por la Sra. Secretaria de Desarrollo Social, Dra. Gabriela González Gass, con domicilio en Av de Mayo 575, piso 3°, oficina 301, de esta ciudad, y en adelante denominado EL GCABA y la Institución ........................................ representada en este acto por su Presidente, ..................................., con domicilio legal en .................................., por la otra parte, en adelante denominada LA INSTITUCIÓN, acuerdan celebrar el presente Convenio sujeto a las condiciones y cláusulas que a continuación se detallan:

MARCO GENERAL:

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la Secretaría de Desarrollo Social, se propone financiar, asistir técnicamente y evaluar acciones de las Organizaciones no Gubernamentales en el marco del Programa Apoyo a Redes Comunitarias según lo normado por Decreto N° 1.682/GCBA/02.

Por ello, decide a tal efecto realizar convenios con Organizaciones No Gubernamentales que funcionen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyas actividades estén orientadas a la satisfacción de las necesidades sociales de la población mas vulnerable.

PRIMERA: LA INSTITUCIÓN manifiesta conocer el contenido y alcances del Programa de acuerdo a lo establecido por Decreto N° 1.682.

SEGUNDA: LA INSTITUCIÓN beneficiaria ha presentado el Proyecto que, como Anexo 1, forma parte del presente Convenio destinado a .................. el que ha merecido la aprobación del Equipo Técnico constituido por Res. N°.... y N?.....

TERCERA: EL GCABA, a través de la Secretaría de Desarrollo Social otorgará a LA INSTITUCIÓN un subsidio de Pesos .................. ($) .......... que será efectivizado mediante ......... pagos.

CUARTA: Previo a la percepción de cada cuota de las pactadas en la cláusula precedente, LA INSTITUCION deberá presentar un informe dando cuenta de los recursos utilizados para la materialización del proyecto y del grado de avance y cumplimiento de objetivos de conformidad con las pautas de evaluación incluidas en el proyecto. La aprobación del informe es condicionante para la percepción del subsidio.

QUINTA: LA INSTITUCIÓN tendrá a su exclusivo cargo la administración de los importes establecidos en la cláusula tercera del presente Convenio y se compromete a aplicarlos al cumplimiento de obligaciones que asume por este Convenio.

SEXTA: EL GCABA, por intermedio de la Secretaría de Desarrollo Social, ejercerá la supervisión de LA INSTITUCIÓN respecto al cumplimiento de las cláusulas del presente Convenio, para lo cual el equipo técnico o las personas que este designe, podrán acceder a las instalaciones, solicitando documentación, dar vistas a informes y/o legajos y entrevistar a los beneficiarios.

SÉPTIMA: EL GCABA conviene expresamente que la relación laboral de las personas que designe LA INSTITUCIÓN para la ejecución del proyecto será exclusiva responsabilidad de LA INSTITUCIÓN, sin tener ni generar obligación y/o responsabilidad alguna al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

OCTAVA: El presente convenio tiene vigencia desde la fecha de suscripción hasta el ...... de ................. de ..............., no obstante lo dicho precedentemente, podrá ser rescindido unilateralmente por cualquiera de las partes, debiendo notificar tal circunstancia en forma fehaciente a la otra con una antelación mínima de ...... (......) días hábiles administrativos para EL GCABA., sin que ello signifique derecho a resarcimiento o indemnización alguna y por ningún concepto, y no significando la suspensión ni interrupción de las tareas que se encuentren en ejecución y que cuenten con partidas asignadas.

NOVENA: A los efectos operativos, las partes constituyen los siguientes domicilios: EL GCABA Secretaría de Desarrollo Social, Avenida de Mayo 575, 3° piso, Oficina 301 y LA INSTITUCIÓN en ...............................

DÉCIMA: Para el caso de controversia judicial, las partes se someten a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, con expresa exclusión de cualquier fuero o jurisdicción, dejando constancia que las notificaciones judiciales al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben realizarse en la calle Uruguay 440, 2° piso, Oficina 27 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo establecido por el Decreto N?3.758/85, Oficio N?868/CSJN/87 y Decreto N?294/GCBA/97.

CLÁUSULA TRANSITORIA: Déjase constancia que el convenio a celebrarse en el año 2002, obedece a proyectos ya comenzados por parte de la INSTITUCIÓN y evaluados previamente a la entrada en vigencia del Decreto N° 1.682/GCBA/02 por la EL GCABA.

Previa lectura y ratificación, las partes firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor, tres (3) para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y uno (1), para LA INSTITUCIÓN, a los ..............días del mes de................................de ...........


ANEXOS

ANEXO

ANEXO 1

NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO DECRETO N° 1.682/GCBA/02

Descripción:

Artículo 1° - En el marco del programa Apoyo a Redes de Acción Comunitaria, se brindará apoyo a ONG's que funcionen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que atiendan problemáticas de carácter específico o universal, vinculadas a grupos en situación de vulnerabilidad social.

Equipo Técnico:

Artículo 2° - Desígnese un equipo, que tendrá a su cargo:

a) Análisis de los proyectos para los cuales se solicita el subsidio.

b) Selección de las Asociaciones beneficiadas y determinación de las cuotas anuales a asignar y el monto de cada una de ellas, tomando como base los siguientes puntos: extensión de la población atendida, criticidad de las prestaciones brindadas y eficacia en la utilización de los recursos tanto propios como de terceros.

c) Asesoramiento técnico, seguimiento y evaluación de los proyectos.

d) Requerir a las ONG's solicitantes requisitos adicionales, de acuerdo a la naturaleza de las prestaciones que presta.

Artículo 3° - El Equipo Técnico elevará a la Señora Secretaria de Desarrollo Social un proyecto de sistema de seguimiento y monitoreo del Programa.

De los proyectos que presentaran las ONG's:

Artículo 4° - Las ONG's interesadas en desarrollar su tarea en el marco del mencionado programa, deberán presentar al equipo técnico un proyecto que contendrá como mínimo:

a) Descripción de la actividad que desarrolla.

b) Antecedentes de la ONG en materia de su competencia, pudiendo el equipo técnico pedir ampliación de la información solicitada, de acuerdo a la naturaleza de las prestaciones que presta.

c) Población atendida en forma directa e indirecta, realizando una descripción detallada de los distintos tipos de servicios que se prestan, y a que número de beneficiarios se atiende en cada caso.

d) Destino que se le dará al subsidio solicitado.

e) Cantidad de personal con la que cuenta la ONG, y la tarea que desarrolla.

De los requisitos que deben presentar las ONG's:

Artículo 5° - Las ONG's deberán presentar juntamente con el proyecto al que hace referencia el artículo precedente, los siguientes requisitos:

a) Inscripción en la Inspección General de Justicia.

b) Copia Certificada del acta constitutiva y de designación de las autoridades responsables de la institución debidamente actualizadas.

c) Estar anotadas en el Registro de ONG's que a tales efectos tiene el Programa 4529.

d) Certificado de no Deudores/as Alimentarios/a Morosos/as (Ley N° 269).

e) Declaración Jurada acerca de la existencia o inexistencia de juicios contra el GCBA de la ONG's o de sus autoridades.

f) Declaración Jurada sobre si recibe otros subsidios del GCBA.

ANEXO II

CONVENIO

Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por la Sra. Secretaria de Desarrollo Social, Dra. Gabriela González Gass, con domicilio en Av de Mayo 575, piso 3°, oficina 301, de esta ciudad, y en adelante denominado EL GCABA y la Institución ........................................ representada en este acto por su Presidente, ..................................., con domicilio legal en .................................., por la otra parte, en adelante denominada LA INSTITUCIÓN, acuerdan celebrar el presente Convenio sujeto a las condiciones y cláusulas que a continuación se detallan:

MARCO GENERAL:

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la Secretaría de Desarrollo Social, se propone financiar, asistir técnicamente y evaluar acciones de las Organizaciones no Gubernamentales en el marco del Programa Apoyo a Redes Comunitarias según lo normado por Decreto N° 1.682/GCBA/02.

Por ello, decide a tal efecto realizar convenios con Organizaciones No Gubernamentales que funcionen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyas actividades estén orientadas a la satisfacción de las necesidades sociales de la población mas vulnerable.

PRIMERA: LA INSTITUCIÓN manifiesta conocer el contenido y alcances del Programa de acuerdo a lo establecido por Decreto N° 1.682.

SEGUNDA: LA INSTITUCIÓN beneficiaria ha presentado el Proyecto que, como Anexo 1, forma parte del presente Convenio destinado a .................. el que ha merecido la aprobación del Equipo Técnico constituido por Res. N°.... y N?.....

TERCERA: EL GCABA, a través de la Secretaría de Desarrollo Social otorgará a LA INSTITUCIÓN un subsidio de Pesos .................. ($) .......... que será efectivizado mediante ......... pagos.

CUARTA: Previo a la percepción de cada cuota de las pactadas en la cláusula precedente, LA INSTITUCION deberá presentar un informe dando cuenta de los recursos utilizados para la materialización del proyecto y del grado de avance y cumplimiento de objetivos de conformidad con las pautas de evaluación incluidas en el proyecto. La aprobación del informe es condicionante para la percepción del subsidio.

QUINTA: LA INSTITUCIÓN tendrá a su exclusivo cargo la administración de los importes establecidos en la cláusula tercera del presente Convenio y se compromete a aplicarlos al cumplimiento de obligaciones que asume por este Convenio.

SEXTA: EL GCABA, por intermedio de la Secretaría de Desarrollo Social, ejercerá la supervisión de LA INSTITUCIÓN respecto al cumplimiento de las cláusulas del presente Convenio, para lo cual el equipo técnico o las personas que este designe, podrán acceder a las instalaciones, solicitando documentación, dar vistas a informes y/o legajos y entrevistar a los beneficiarios.

SÉPTIMA: EL GCABA conviene expresamente que la relación laboral de las personas que designe LA INSTITUCIÓN para la ejecución del proyecto será exclusiva responsabilidad de LA INSTITUCIÓN, sin tener ni generar obligación y/o responsabilidad alguna al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

OCTAVA: El presente convenio tiene vigencia desde la fecha de suscripción hasta el ...... de ................. de ..............., no obstante lo dicho precedentemente, podrá ser rescindido unilateralmente por cualquiera de las partes, debiendo notificar tal circunstancia en forma fehaciente a la otra con una antelación mínima de ...... (......) días hábiles administrativos para EL GCABA., sin que ello signifique derecho a resarcimiento o indemnización alguna y por ningún concepto, y no significando la suspensión ni interrupción de las tareas que se encuentren en ejecución y que cuenten con partidas asignadas.

NOVENA: A los efectos operativos, las partes constituyen los siguientes domicilios: EL GCABA Secretaría de Desarrollo Social, Avenida de Mayo 575, 3° piso, Oficina 301 y LA INSTITUCIÓN en ...............................

DÉCIMA: Para el caso de controversia judicial, las partes se someten a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, con expresa exclusión de cualquier fuero o jurisdicción, dejando constancia que las notificaciones judiciales al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben realizarse en la calle Uruguay 440, 2° piso, Oficina 27 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo establecido por el Decreto N?3.758/85, Oficio N?868/CSJN/87 y Decreto N?294/GCBA/97.

CLÁUSULA TRANSITORIA: Déjase constancia que el convenio a celebrarse en el año 2002, obedece a proyectos ya comenzados por parte de la INSTITUCIÓN y evaluados previamente a la entrada en vigencia del Decreto N° 1.682/GCBA/02 por la EL GCABA.

Previa lectura y ratificación, las partes firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor, tres (3) para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y uno (1), para LA INSTITUCIÓN, a los ..............días del mes de................................de ...........

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
DEROGADA POR
<p>Art. 4 del Decreto 3293-09, deroga la Resolución 402-SDS-02.</p>
MODIFICADA POR
Art 2 de la Res 459-MDS-08 Deroga art 2° de la Resolución N° 402-SDS-02 en lo concerniente al modelo de convenio obrante como Anexo II