DISPOSICIÓN 1049 2016 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

APRUEBA  IMPLEMENTACIÓN - PORTAL WEB - REGISTRO DE EMPRESAS DEMOLEDORAS  EXCAVADORAS - NOMBRE COMPLETO - RAZÓN SOCIAL - DECLARACIÓN JURADA - CATEGORÍAS - PÁGINA WEB DEL GOBIERNO - DEMOLEDORES Y EXCAVADORES INSCRIPTOS - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN - FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS - REEMPADRONAMIENTO - MATRÍCULA - OBLIGACIONES - PROCEDIMIENTO - TRÁMITE - OBLEA QR - CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN

Publicación:

23/05/2016

Sanción:

17/05/2016

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS


VISTO:

La ley N° 2624 (TEXTO CONSOLIDADO POR LEY N° 5454), la Ley N° 4268, el

Decreto N° 350/GCABA/2014, la Resolución N° 22/SSCC/2007, la Resolución N°

288/SECLYT/2015, el Expediente Electrónico N° 7880983/2016 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 350/GCABA/2014 se implementó el módulo "Registro de

Legajo Multipropósito" (RLM) dentro del Sistema de Administración de Documentos

Electrónicos (SADE) como único medio de administración de los Registros del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el citado Decreto en su art. 3° establece que el registro de cada inscripto deberá

realizarse a través de su Clave de Identificación Tributaria (CUIT) o bien la Clave de

Identificación Laboral (CUIL);

Que, por su parte la Resolución N° 288/SECLYT/2015 establece para esta Dirección

General de Fiscalización y Control de Obras la obligatoriedad de la utilización del

Registro Legajo Multipropósito (RLM) para el Registro de Demoledores y Excavadores

creado por la Resolución N° 22/SSCC/2007;

Que, en tal sentido, resulta oportuna la digitalización del Registro de Demoledores y

Excavadores que funciona en el ámbito de esta Dirección General;

Que para ello debe implementarse el Portal Web de Registro de Empresas

Demoledoras y Excavadores, el cual tendrá carácter obligatorio para ejercer la

actividad en el tejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase la implementación del "Portal Web para el Registro de

Empresas Demoledoras y Excavadoras", de conformidad al procedimiento

desarrollado en el ANEXO I (IF-2016-13202554-DGFYCO) que forma parte integrante

de la presente.

Artículo 2°.- Establecese el día 29/07/2016 inclusive, como fecha límite para el

reempadronamiento de todas las empresas y/o personas físicas inscriptas en el

Registro de Demoledores y Excavadores.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

comuníquese a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, al Consejo

Profesional de Arquitectura y Urbanismo (CPAU) y Consejo Profesional de Ingenieros

Civiles (CPIC). Cumplido, Archívese. Alonso


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4888

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 1049-DGFYCO-16 aprueba la implementación del Portal Web para el Registro de<br />Empresas Demoledoras y Excavadoras, creado por Resolución 22-SSCC-07.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 1049-DGFYCO-16 aprueba la implementación del Portal Web para el Registro de<br />Empresas Demoledoras y Excavadoras, implementando la obligatoriedad del uso del RLM para la DG de Fiscalización de Obras, establecido por Resolución 288-SECLYT-15.</p>