DECRETO 315 2016
Síntesis:
MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE SALUD - SUPRESIÓN - DEPENDENCIAS - SUPRIME LA DIRECCIÓN GENERAL ATENCIÓN AMBULATORIA - TRANSFIERE - PATRIMONIO - PERSONAL Y PRESUPUESTO - DIRECCIÓN GENERAL ATENCIÓN PRIMARIA - SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA, AMBULATORIA Y COMUNITARIA - MODIFICA ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ESTRUCTURA DEL RÉGIMEN GERENCIAL - HOSPITALES
Publicación:
24/05/2016
Sanción:
20/05/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 y su modificatoria N° 5.503, el Decreto N° 684/09 y modificatorios, el
Decreto N° 363/15 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 13048196-MGEYA-
DGAYDRH/16, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la estructura de niveles gerenciales permite optimizar la gestión de Gobierno, lo
cual se traduce en una mejora en la calidad de los servicios prestados a los
ciudadanos;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.503, se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose
entre ellos al Ministerio de Salud;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que en virtud de la experiencia de gestión de gobierno, es menester realizar
modificaciones en la estructura organizativa del Ministerio de Salud a los fines de
viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor eficiencia de sus
competencias;
Que a los fines de evitar la atomización de las funciones encomendadas y de optimizar
los recursos aplicados se requiere la supresión de la Dirección General de Atención
Ambulatoria dependiente de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y
Comunitaria, transfiriendo sus funciones, patrimonio, personal y presupuesto a la
Dirección General de Atención Primaria, dependiente de la precitada Subsecretaría;
Que en consecuencia de lo antedicho resulta necesario modificar las
responsabilidades primarias de la Dirección General Atención Primaria dependiente de
la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria;
Que en atención a ello, resulta conveniente aprobar la estructura correspondiente al
Régimen Gerencial del Ministerio de Salud, en sus dos niveles, Gerencia y
Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus
modificatorios.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 18 de mayo de 2016, la estructura organizativa del
Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando
modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, de acuerdo con los
Anexos I (IF-2016-13090489-MSGC) (Organigrama) y II (IF-2016-13085630-MSGC)
(Responsabilidades Primarias), los que a todos sus efectos forman parte integrante del
presente Decreto.
Artículo 2°.- Suprímase la Dirección General Atención Ambulatoria dependiente de la
Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, transfiriéndose su
personal, patrimonio y presupuesto a la Dirección General Atención Primaria de la
precitada Subsecretaría.
Artículo 3°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General
Atención Primaria dependiente de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria
y Comunitaria del Ministerio de Salud de acuerdo al Anexo II (Responsabilidades
Primarias) (IF-2016-13085630-MSGC), que a sus efectos forma parte integrante del
presente Decreto.
Artículo 4°.- La Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos
dependiente de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud del Ministerio
de Salud deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda la asignación de la dotación de su
Jurisdicción a las distintas gerencias y subgerencias operativas en virtud de lo
establecido en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministras de Salud, el
señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las
Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del
Servicio Civil, ambas del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase al Ministerio de Salud. Cumplido archívese. RODRÍGUEZ LARRETA
- Bou Pérez - Mura - Miguel
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4889