DISPOSICIÓN 150 2016 DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA

Síntesis:

APRUEBA NORMAS - INSTITUTOS INCORPORADOS A LA ENSEÑANZA OFICIAL- MOVILIDAD ESTUDIANTIL EN LOS BACHILLERATOS DE NIVEL SECUNDARIO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CRITERIOS DE MOVILIDAD - MATRICULACIÓN Y PROMOCIÓN DE ALUMNOS - ESTUDIANTES - EDAD PARA LA INSCRIPCIÓN - GESTIÓN PRIVADA - EQUIVALENCIAS - CAMBIO DE ESCUELA - DISEÑO CURRICULAR JURISDICCIONAL - PROMOCION 2015-2016

Publicación:

27/05/2016

Sanción:

12/04/2016

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA


VISTO:

La Resolución N° 1071-MEGC/16, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada norma se establecen las condiciones para la Movilidad Estudiantil en

todos los bachilleratos de nivel secundario aprobados en el ámbito del sistema

educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se ha puesto en vigencia el Diseño Curricular Jurisdiccional y que éste ha dado

origen a la conformación de nuevos planes de estudios entre los cuales es necesario

establecer nuevas relaciones y consecuentemente, nuevos criterios de movilidad;

Que los criterios de evaluación, acreditación, promoción y resolución de equivalencias

acordes con las nuevas propuestas educativas deben garantizar igualdad de

oportunidades en el acceso, la permanencia y el logro académico de los alumnos;

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 363/15,

LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA

DISPONE

Art. 1°.- Apruébanse las normas que a partir del término lectivo 2016, incluida la

promoción de alumnos 2015, deberán aplicar los Institutos Incorporados a la

Enseñanza Oficial supervisados por la Dirección General de Educación de Gestión

Privada, referidas a la Movilidad Estudiantil en los Bachilleratos de nivel secundario.

Art. 2°.- Apruébanse los Anexos I (DI-2016-10537986-DGEGP), II (DI-2016-10537518-

DGEGP) y III (DI-2016-10536673-DGEGP) como forman parte de la presente

Disposición.

Art. 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a los establecimientos educativos de nivel secundario supervisados por

la Dirección General de Educación de Gestión Privada. Cumplido, archívese. Jáuregui


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4891

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Punto 6 del Anexo de la Disposición 150-DGEGP-16 establece que los Rectores de los Institutos supervisados por la Dirección General de Educación de Gestión Privada, deberán resolver la matriculación de los estudiantes utilizando las equivalencias de estudios explicitadas en el Anexo I – Apéndice Complementario I de la Resolución 684-SED-05.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 151-DGEGP-16 aprueba las normas que a partir del término lectivo 2016, incluida la<br />promoción de alumnos 2015, deberán aplicar los Institutos Incorporados a la Enseñanza Oficial supervisados por la Dirección General de Educación de Gestión Privada, referidas a la Movilidad Estudiantil en los Bachilleratos de nivel secundario, en el marco de implementación de la Resolución 1071-ME-16.</p>