RESOLUCIÓN 1071 2016 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA CONDICIONES - MOVILIDAD ESTUDIANTIL EN BACHILLERATOS DE NIVEL SECUNDARIO - CICLO LECTIVO 2015 AL 2016 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CIUDAD DE BUENOS AIRES - MATERIAS - PROMOCIÓN - AÑO - PREVIAS - ASIGNATURAS PENDIENTES - DOS - 2 - ALUMNOS - ALUMNAS - ESTUDIANTES - PASES DE ESCUELAS - COLEGIOS -CONDICIONAL - PLAN DE ESTUDIOS - RENOVACIÓN DE PLANES - TURNOS EXÁMENES - DELEGACIÓN - DELEGA FACULTADES DIRECCIONES GENERALES - EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - GESTIÓN PRIVADA - EDUCACIÓN SUPERIOR - DICTADO DE NORMAS ADMINISTRATIVAS
Publicación:
07/04/2016
Sanción:
18/03/2016
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
Estado:
No vigente
VISTO:
El Expediente Electrónico N° 8.351.290/MGEYA-DGEGP/16, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional ha establecido la obligatoriedad del nivel
secundario, generando un proceso de revisión de los currículos, a los fines de adecuar
los mismos a los nuevos requerimientos del sistema educativo;
Que el Consejo Federal de Educación ha aprobado oportunamente las "Orientaciones
para la Organización Pedagógica e Institucional de la Educación Secundaria
Obligatoria";
Que atento a las últimas reformas producidas en el nivel secundario tanto a nivel
federal como jurisdiccional ha sido necesario realizar adecuaciones de los planes de
estudio originalmente aprobados;
Que, asimismo, la Resolución N° 102-CFE/10 ha aprobado las "Pautas Federales para
la movilidad estudiantil en la educación obligatoria";
Que en razón de la renovación de planes, es necesario establecer nuevas relaciones
entre ellos;
Que resulta necesario contar, en la jurisdicción con un marco regulatorio único,
dinámico y práctico que posibilite una efectiva y uniforme aplicación del régimen de
equivalencias entre todos los planes y programas de estudios;
Que corresponde una actualización de la normativa, con el objeto de contribuir a
integrar el sistema de articulación de estudios, facilitando su instrumentación en todo
el sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Apruébanse las condiciones para la Movilidad Estudiantil en todos los
bachilleratos de nivel secundario aprobados en el ámbito del sistema educativo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo (IF-2016-08833639-DGCLEI)
forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Déjase constancia que la presente norma será de aplicación a partir de la
promoción de los estudiantes del ciclo lectivo 2015 al 2016. En el caso de los
estudiantes que hubiesen rendido exámenes en el presente período deberá evaluarse
su situación de promoción de acuerdo a lo establecido en el artículo 1.
Artículo 3.- Facúltase a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal,
de Educación de Gestión Privada y de Educación Superior, para que elaboren los
instrumentos necesarios para la efectiva implementación de la presente Resolución.
Artículo 4.- Déjase constancia que la presente norma no modifica el régimen de
equivalencias actualmente vigente para los bachilleratos de nivel secundario.
Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, efectúense
las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaría de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa y por su intermedio a las Direcciones Generales de
Educación de Gestión Estatal,de Educación de Gestión Privada y de Educación
Superior, a los fines de su notificación a los establecimientos educativos. Cumplido,
archívese. Acuña