DISPOSICIÓN 151 2016 DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA

Síntesis:

APRUEBA NORMAS - INSTITUTOS INCORPORADOS A LA ENSEÑANZA OFICIAL - MOVILIDAD ESTUDIANTIL ENTRE BACHILLERATOS ORIENTADOS Y PLANES DE ESTUDIO PARA MODALIDAD DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE JÓVENES Y ADULTOS DE NIVEL SECUNDARIO - NIVEL MEDIO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CRITERIOS DE MOVILIDAD - MATRICULACIÓN Y PROMOCIÓN DE ALUMNOS - ESTUDIANTES - EDAD PARA LA INSCRIPCIÓN - GESTIÓN PRIVADA - EQUIVALENCIAS - CAMBIO DE ESCUELA - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA - PROMOCION 2015-2016

Publicación:

27/05/2016

Sanción:

12/04/2016

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA


VISTO:

La Resolución N° 1071-MEGC/16, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada norma se establecen las condiciones para la Movilidad Estudiantil en

los bachilleratos de nivel secundario aprobados en el ámbito del Sistema Educativo de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se ha puesto en vigencia el Diseño Curricular Jurisdiccional y que éste ha dado

origen a la conformación de nuevos planes de estudios entre los cuales es necesario

establecer nuevas relaciones y consecuentemente, nuevos criterios de movilidad,

inclusive entre los Bachilleratos Orientados y los planes de estudio vigentes para la

Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;

Que los criterios de evaluación, acreditación, promoción y resolución de equivalencias

acordes con las nuevas propuestas educativas deben garantizar igualdad de

oportunidades en el acceso, la permanencia y el logro académico de los alumnos;

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 363/15,

LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA

DISPONE

Art. 1°.- Apruébanse las normas que a partir del término lectivo 2016, incluida la

promoción de alumnos 2015, deberán aplicar los Institutos Incorporados a la

Enseñanza Oficial supervisados por la Dirección General de Educación de Gestión

Privada, referidas a la Movilidad Estudiantil entre los Bachilleratos Orientados y los

planes de estudio vigentes para Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y

Adultos de nivel secundario.

Art. 2°.- Apruébase el Anexo (DI-2016-10539673-DGEGP) que forma parte integrante

de la presente disposición.

Art. 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a los establecimientos educativos de nivel secundario supervisados por

la Dirección General de Educación de Gestión Privada. Cumplido, archívese. Jáuregui


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4891

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Punto 2 del Anexo de la Disposición 151-DGEGP-16 establece que los estudiantes provenientes de las jurisdicciones que hayan optado por una estructura de seis años para el nivel primario y de seis años para el nivel secundario, y que no hayan completado su primer año, rendirán sus asignaturas pendientes en las condiciones fijadas por la Resolución 57- MEGC- 10.</p>
COMPLEMENTA
<p>Punto 4 del Anexo de la Disposición 151-DGEGP-16 establece que los Rectores deberán resolver las situaciones de matriculación de los estudiantes conforme a lo establecido en el Anexo I - Apéndice Complementario IV de la Resolución 684-SED-05.(Equivalencias).</p><p>Punto 8 establece que las asignaturas que el plan de destino tenga como propias y no hayan sido cursadas por el alumno, se ajustarán a lo establecido por el Anexo I – Apéndice Complementario IV de la Resolución 684-SED-05-</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 151-DGEGP-16 aprueba las normas que deberán aplicar los Institutos Incorporados a la Enseñanza Oficial, referidas a la Movilidad Estudiantil entre los Bachilleratos Orientados y los planes de estudio vigentes para Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos de nivel secundario, en el marco de implementación de la Resolución 1071-ME-16.</p>