DECRETO 328 2016
Síntesis:
MODIFICACIÓN ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - APRUEBA ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - CREACIÓN DE DEPENDENCIAS - CREA - DIRECCIÓN GENERAL INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO ESCOLAR - SUPRESIÓN - SUPRIME - DIRECCIONES GENERALES - ADMINISTRACIÓN DE MANTENIMIENTO Y DE INFRAESTRUCTURA ESCOLAR - CREACIÓN - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - EDUCACIÓN PARA LA SUSTENTABILIDAD - MODIFICACIÓN - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA -TRANSFERENCIA - PERSONAL - PATRIMONIO - PRESUPUESTO - APRUEBA RÉGIMEN GERENCIAL - GERENCIAS OPERATIVAS - ASUNTOS JURÍDICOS PATRIMONIALES - TÍTULOS Y LEGALIZACIONES - ASUNTOS JURÍDICOS - SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA AL DOCENTE - CONTROL DE GESTIÓN - PLANEAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS - DESARROLLO DE APLICACIONES - SERVICIO AL USUARIO - SERVICIOS EDUCATIVO - FORMACIÓN LABORAL - RECURSOS HUMANOS DOCENTES - ADJUNTA - RECURSOS HUMANOS NO DOCENTES - ATENCIÓN DOCENTE - DELEGACIONES ADMINISTRATIVAS - CLASIFICACIÓN Y DISCIPLINA DOCENTE - CLASIFICACIÓN Y DISCIPLINA DOCENTE - PEDAGÓGICA - FORMACIÓN TÉCNICO SUPERIOR - REGISTRO DE INSTITUTOS EDUCATIVOS ASISTENCIALES - EQUIPOS DE APOYO - EDUCACIÓN INICIAL - PRIMARIA - MEDIA - DEL ADULTO Y EL ADOLESCENTE - TÉCNICA - ARTÍSTICA - FORMACIÓN DOCENTE - FORMACIÓN TÉCNICO SUPERIOR - RECORRIDOS EDUCATIVOS - MÚSICA PARA LA EQUIDAD - CIUDAD EDUCADORA - INCLUSIÓN EDUCATIVA - MANTENIMIENTO Y EMERGENCIAS - OBRAS E INSPECCIONES - ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS DE OBRAS - PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN EDILICIA - PROYECTOS - ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS DE MANTENIMIENTO - INSPECCIÓN DE MANTENIMIENTO - MITIGACIÓN DE RIESGOS - COMEDORES - APOYO A ESCUELAS Y COOPERADORAS - COMEDORES - PRESUPUESTO Y FINANZAS - COMPRAS Y CONTRATACIONES - ADMINISTRACIÓN GENERAL - CURRÍCULUM - LENGUAS EXTRANJERAS - TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN EDUCATIVA - SUBGERENCIAS - SOPORTE DE AUDITORÍA I - II - ENTRADAS SALIDAS Y DESPACHO - REQUERIMIEN TOS JUDICIALES - SUMARIOS Y EMPLEO PÚBLICO - CONTRATACIO NES DE BIENES Y SERVICIOS - OBRA PÚBLICA - INMUEBLES JUDICIALIZADOS - GESTIÓN ESTRATÉGICA - SOPORTE TÉCNICO - SERVICIOS GENERALES - CONTRATACIONES ESPECIALES - CAPACITACIÓN Y DESEMPEÑO DEL PERSONAL NO DOCENTE - RELEVOS POR MAYOR JERARQUÍA E INCOMPATIBILIDADES - RELEVO DE CARGOS - PRESTACIONES Y JUBILACIÓN DOCENTE - LICENCIAS ESPECIALES EXTRAORDINARIAS Y MOVIMIENTOS COMPLEMENTARIOS - ASISTENCIA TÉCNICA Y CAPACITACIÓN - REGISTRO Y CERTIFICACIONES - ADMINISTRACIÓN DE NOVEDADES - SERVICIOS DE ORIENTACIÓN DOCENTE - CONSULTAS Y RECLAMOS SALARIALES - TRAMITACIÓN Y CONTROL - COORDINACIÓN DE DELEGACIONES Y DISTRITOS - MANTENIMIENTO ZONA I - ZONA II - ZONA III - ZONA IV - FACTURACIÓN Y BECAS - NUTRICIÓN - CONTROL CONTABLE Y ASESORAMIENTO DE COOPERADORAS - SERVICIOS CENTRALIZADOS - COORDINACIÓN DE GESTIÓN Y LOGÍSTICA - ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - LICITACIONES DE OBRAS - CONTABILIZACIÓN GASTOS DE OBRAS E INMUEBLES - PRESUPUESTO - PATRIMONIO - CONTABILIDAD Y PAGOS - PEDAGÓGICA E INCORPORACIÓN DE TECNOLOGÍAS
Publicación:
03/06/2016
Sanción:
01/06/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 y modificatoria N° 5.503, el Decreto N° 684/09 y modificatorios, el
Decreto N° 363/15 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 13643172-MGEYA-
MEGC/16, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.503, se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose
entre ellos al Ministerio de Educación;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que en este orden de ideas, se propicia la creación de la Dirección General
Infraestructura y Mantenimiento Escolar dependiente de la Subsecretaría Gestión
Económico, Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación;
Que a los fines de evitar la atomización de las funciones encomendadas y de optimizar
los recursos aplicados, se requiere la supresión de las Direcciones Generales
Administración de Mantenimiento y de Infraestructura Escolar ambas dependientes de
la Subsecretaría Gestión Económico, Financiera y Administración de Recursos,
transfiriendo su personal, patrimonio y presupuesto a la Dirección General
Infraestructura y Mantenimiento Escolar dependiente de la Subsecretaría de Gestión
Económico, Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación;
Que asimismo resulta necesario modificar las responsabilidades primarias de la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa del precitado
Ministerio;
Que en el mismo sentido, para favorecer la integralidad de las políticas educativas en
materia de sustentabilidad y posicionar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como
Ciudad Educadora y Ciudad Verde, resulta oportuno crear, en el ámbito del presente
Ministerio, la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Educación para la
Sustentabilidad", como organismo Fuera de Nivel, contemplando entre sus objetivos
principales, la implementación de actividades de concientización que promuevan y
consoliden la educación ambiental, dejándose establecido que al titular del mismo le
corresponde la remuneración equivalente a Gerente Operativo;
Que por otro lado, el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen
gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la estructura de niveles gerenciales permite optimizar la gestión de Gobierno, lo
cual se traduce en una mejora en la calidad de los servicios prestados a los
ciudadanos;
Que en virtud de la experiencia de gestión de gobierno, es menester realizar
modificaciones en la estructura organizativa del Ministerio de Educación a los fines de
viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor eficiencia de sus
competencias;
Que en atención a ello, resulta conveniente aprobar la estructura correspondiente al
Régimen Gerencial del Ministerio de Educación, en sus dos niveles, Gerencia y
Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus
modificatorios.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 26 de mayo de 2016, la estructura organizativa del
Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, de
acuerdo con los Anexos I (IF-2016-13662035-MEGC) (Organigrama) y II (IF-2016-
13647569-MEGC) (Responsabilidades Primarias), los que a todos sus efectos forman
parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Créase la Dirección General Infraestructura y Mantenimiento Escolar
dependiente de la Subsecretaría de Gestión Económico, Financiera y Administración
de Recursos de acuerdo con los Anexos I (IF-2016-13662035-MEGC) (Organigrama) y
II (IF-2016-13647569-MEGC) (Responsabilidades Primarias), los que a todos sus
efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3°.- Suprímanse las Direcciones Generales Administración de Mantenimiento
y de Infraestructura Escolar ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión
Económico, Financiera y Administración de Recursos, transfiriéndose su personal,
patrimonio y presupuesto a la Dirección General Infraestructura y Mantenimiento
Escolar dependiente de la Subsecretaría de Gestión Económico, Financiera y
Administración de Recursos del Ministerio de Educación.
Artículo 4°.- Créase la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Educación para la
Sustentabilidad", como Organismo Fuera de Nivel dependiente del Ministerio de
Educación, de acuerdo con los Anexos I (IF-2016-13662035-MEGC) (Organigrama) y
II (IF-2016-13647569-MEGC) (Responsabilidades Primarias), los que a todos sus
efectos forman parte integrante del presente Decreto, dejándose establecido que al
titular del mismo le corresponde la remuneración equivalente a Gerente Operativo.
Artículo 5°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de
Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa del Ministerio de Educación, de
acuerdo al Anexo II (Responsabilidades Primarias) (IF-2016-13647569-MEGC), que a
sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 6°.- La Dirección General Personal Docente y No Docente dependiente de la
Subsecretaría de Carrera Docente del Ministerio de Educación deberá informar, en un
plazo de 30 días, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio
de Hacienda, la asignación de la dotación de su Jurisdicción a las distintas gerencias y
subgerencias operativas en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente
Decreto.
Artículo 7°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 8°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación, el
señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las
Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del
Servicio Civil, ambas del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Acuña - Mura - Miguel
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4896