ORDENANZA 52188 1997

Síntesis:

INCORPORA TEXTOS SOBRE EL ÁREA DE SERVICIOS PROFESIONALES A LA ORDENANZA N° 40593 - ESTATUTO DEL DOCENTE MUNICIPAL - PLANTA FUNCIONAL - ESCALAFÓN - ÍNDICES DE LA ASIGNACIÓN DEL CARGO

Publicación:

16/02/1998

Sanción:

30/10/1997

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

21/11/1997

Estado:

No vigente


EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1° - Incórporase al artículo 3° de la Ordenanza N° 40.593, el inciso h), el que quedará conformado de acuerdo al siguiente texto:

h) Área de Servicios Profesionales

Art. 2° - Agrégase como apartado IX del artículo 8° de la Ordenanza N° 40.593, lo siguiente:

IX - Área de Servicios Profesionales

Podrá contar en su planta funcional con miembros de Equipos de Orientación y Asistencia Educativa en las especialidades de Psicología, Psicopedagogía y Asistencia Social, coordinadores de Equipo de Orientación y Asistencia Educativa, miembros de Equipo Central y un coordinador general adjunto.

Art. 3° - Agrégase como apartado IX del artículo 9° de la Ordenanza N° 40.593, lo siguiente:

IX - Área de servicios profesionales

A) escalafón miembro de equipo

a) Miembro de Equipo de Orientación y Asistencia Educativa;
b) Coordinador de Equipo de Orientación y Asistencia Educativa;
c) Miembro de Equipo Central;
d) Coordinador General Adjunto de Orientación y Asistencia Educativa.

Art. 4° - Agrégase como apartado IX del artículo 25 de la Ordenanza N° 40.593, lo siguiente:

IX - Área de Servicios Profesionales

A) Escalafón miembro de Equipo

a) Coordinador de Equipo de Orientación y Asistencia Educativa;
b) Miembro de Equipo Central;
c) Coordinador General Adjunto de Orientación y Asistencia Educativa.

Art. 5° - Agrégase como apartado IX del artículo 128 de la Ordenanza N° 40.593, lo siguiente:

Área de Servicios Profesionales

Cargo Índices de la asignación del cargo
Miembro de Equipo de Orientación y Asistencia Educativa (JS) 866
Miembro de Equipo de Orientación y Asistencia Educativa (JC) 1533
Coordinador de Equipo de Orientación y Asistencia Educativa 1.763
Miembro de Equipo Central 2.027
Coordinador de Orientación y Asistencia Educativa 2.311

Art. 6° - El Área de Servicios Profesionales desarrollará sus funciones dentro de la órbita de la Dirección General de Educación y será conducida por un coordinador general designado por la Secretaría de Educación. La remuneración correspondiente a dicho cargo será determinada por el Poder Ejecutivo.

Art. 7° - El Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Educación, dispondrá de un plazo a vencer el 30 de junio de 1998 para establecer la normativa aplicable a los concursos de ingreso, traslado, acumulación de cargos y ascenso para la cobertura de los cargos creados por la presente ordenanza.

Art. 8° - Comuníquese, etcétera.

Buenos Aires, 20 de enero de 1998.
La presente Ordenanza N° 52.188 ha quedado automáticamente promulgada el 21 de noviembre de 1997.
Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Secretaría de Educación; gírese a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales en prosecución de su trámite.

Germán A. Voss

Subsecretario Legal y Técnico

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 de la Ord 52188 Incorpora inc h) al artículo 3 de la Ordenanza 40.593- Art 2 agrega apartado IX del art 8 - Art 3 Agrega apartado IX del art 9- Art 4 agrega como apartado IX del art 25- Art 5 Agrega como Ap IX del art 128
REGLAMENTADA POR
Dec. 1589-02 Dec. 1589-02 Aprueba la POF para el Area de Servicios Profesionales, prevista en inciso h) del art. 3° de la Ord. 40593 modificado por la Ord. 52188