DECRETO 365 2016
Síntesis:
ENCOMIENDA - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA - INMEDIATO USO Y EXPLOTACIÓN - JARDÍN ZOOLÓGICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EDUARDO LADISLAO HOLMBERG - GESTIÓN - ADMINISTRACIÓN Y CONSERVACIÓN - CIUDAD VERDE - NUEVO CENTRO DE CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y DE EDUCACIÓN AMBIENTAL
Publicación:
23/06/2016
Sanción:
22/06/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El Decreto N° 364/16; el Expediente Electrónico N° 15376697-MGEyA-DGCONC/16, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 364/16 se declaró la caducidad del contrato de Concesión de
Uso y Explotación del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo
Ladislao Holmberg", adjudicado a "Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires
S.A." a partir del 23 de de junio del 2.016;
Que dicho Decreto designó al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como el organismo competente para su
administración y gestión;
Que a través de la Resolución Conjunta N° 2-MDEGC/14 se creó la Comisión de
Transformación del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao
Holmberg", integrada por la Agencia de Protección Ambiental, el Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología y tres organizaciones no gubernamentales, a
fin de que sea considerado un emblema de Ciudad Verde y un Nuevo Centro de
Conservación de la Biodiversidad y de Educación Ambiental;
Que como reflejo de dicho cambio de paradigma, el Ministerio de Modernización,
Innovación y Tecnología se encuentra coordinando el proceso de formulación de
propuestas de transformación, en miras a cumplir con los objetivos enunciados;
Que a la par de lo expuesto, el Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires
requiere de una administración oportuna y continua con el fin de evitar la pérdida
irreparable que implicaría el descuido de los bienes jurídicos comprometidos, tales
como la colección faunística, la flora, los edificios, bienes y monumentos con
protección histórica dentro del predio;
Que en atención a ello resulta necesario encomendar al Ministerio de Modernización,
Innovación y Tecnología de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que adopte todas
las medidas tendientes a asegurar el funcionamiento del mismo;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención
que le compete en virtud de la Ley N° 1218.
Por ello, y en uso de las facultades atribuidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Encomiéndase al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el inmediato Uso y Explotación del Jardín
Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao Holmberg", debiendo
realizar todos los actos que resulten necesarios para su gestión, administración y
conservación.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros y por señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y
Tecnología. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Miguel