DECRETO 383 2016

Síntesis:

PROGRAMA APOYO A LA GESTIÓN SOCIAL DEL HÁBITAT Y LA INCLUSIÓN - SUBSIDIOS - ORGANIZACIONES SOCIALES DE LA SOCIEDAD CIVIL - OSCS - DELEGA FACULTADES - TITULAR MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO - DICTADO  NORMAS ACLARATORIAS Y COMPLEMENTARIAS - INCREMENTO DE MONTOS - MODIFICA DECRETO 196-12  - DEROGA EL DECRETO  92-15

Publicación:

05/07/2016

Sanción:

30/06/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Ley N° 5460 y su modificatoria, los Decretos Nros. 196/12, 92/15, 363/15 y sus

modificatorios, el Expediente Electrónico N° 11029064-MGEYA-SSHI-2016, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 5460 y su modificatoria, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano;

Que uno de los objetivos del citado Ministerio es diseñar e implementar políticas,

planes y programas para la promoción y protección de los derechos civiles, políticos,

económicos, sociales, culturales, comunitarios, humanos y los derechos de incidencia

colectiva en general, integrando otros organismos estatales y organizaciones de la

sociedad civil;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose a la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión en la órbita del Ministerio de

Hábitat y Desarrollo Humano;

Que, la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión tiene, entre sus responsabilidades

primarias, planificar, diseñar, coordinar y supervisar políticas, estrategias y acciones

tendientes a la inclusión social y a mejorar la calidad del hábitat en villas, núcleos

habitacionales transitorios y complejos habitacionales de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que el Decreto N° 196/12 aprobó el Programa Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y

la Inclusión, en el ámbito de la entonces Secretaría de Hábitat e Inclusión del ex

Ministerio de Desarrollo Económico, actual Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, con el

objeto de brindar apoyo técnico y económico a las Organizaciones de la Sociedad Civil

(OSCs) que promuevan iniciativas en procesos participativos de gestión del hábitat, la

inclusión social, la ampliación de ciudadanía y la implementación de acciones

tendientes a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad;

Que el artículo 3° del referido Decreto facultó al titular de la ex Secretaría de Hábitat e

Inclusión a dictar los actos administrativos necesarios para la correcta implementación

del Programa, a promover convenios de colaboración, a evaluar y asignar subsidios a

los proyectos presentados, aprobar el modelo de convenio a suscribir con las OSCS y

los formularios que sean menester para el cumplimiento del referido Programa, y a

suscribir los mentados instrumentos;

Que el Decreto N° 92/15 modificó el artículo 5° del Decreto N° 196/12 incrementando

el monto del subsidio que se otorga a las OSCs beneficiarias de cada proyecto

seleccionado en el marco del citado Programa;

Que la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión propicia un nuevo aumento del monto del

subsidio a otorgar a las Organizaciones de la Sociedad Civil, con el objeto de afrontar

adecuadamente los costos de las tareas que desarrollan y facilitar la expansión

territorial de los beneficios que genera el Programa;

Que por lo expuesto resulta necesario modificar el monto máximo establecido en el

artículo 5° del Decreto N° 196/12;

Que en atención a los cambios de estructura operados desde el dictado del Decreto N°

363/15 y sus modificatorios, resulta necesario otorgar facultades para el dictado de

normas aclaratorias y complementarias, la aprobación de modelos y suscripción de

convenios en el marco del Programa a la titular del Ministerio de Hábitat y Desarrollo

Humano.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modíficase el artículo 3° del Decreto N° 196/12, el que quedará redactado

de la siguiente manera: "Artículo 3°.- Facúltase al titular Ministerio de Hábitat y

Desarrollo Humano a dictar normas aclaratorias y complementarias para la

implementación del Programa Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la Inclusión,

aprobar modelos y suscribir convenios.".

Artículo 2°.- Modíficase el artículo 5° del Decreto N° 196/12, el que quedará redactado

de la siguiente manera: "Artículo 5°.- Para la implementación de cada proyecto

seleccionado en el marco del presente Programa, las Organizaciones de la Sociedad

Civil (OSCs) beneficiarias recibirán por ejercicio presupuestario un subsidio por la

suma de hasta pesos tres millones ($ 3.000.000).".

Artículo 3°.- Deróguese el Decreto N° 92/15.

Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto arbitrará las medidas presupuestarias necesarias a los

fines del cumplimiento del presente Decreto.

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Hábitat y

Desarrollo Humano y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aíres,

comuníquese al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, y para su conocimiento y

demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión. Cumplido,

archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Tagliaferri - Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 383-16, modifica el Art. 3 del Decreto 196-12.</p><p>Art. 2, modifica el Art. 5, del Decreto 196-12.</p>
DEROGA
<p>Art.3 del Decreto 383-15 deroga el Decreto 92-15.</p>