DECRETO 402 2016
Síntesis:
MODIFICA EL DECRETO 353-14 - MEDIDAS DE RESTRICCIÓN PRESUPUESTARIAS - REORDENAMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS - EQUILIBRIOS FINANCIEROS - MODIFICA EL ALCANCE DE LAS RESTRICCIONES PRESUPUESTARIAS - ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS - ASIGNACIÓN DE FONDOS EN CONCEPTO DE PASAJES Y VIÁTICOS PARA MISIONES OFICIALES - VIGENCIA ESPECIAL - EJERCICIO 2016 - PRESUPUESTO
Publicación:
21/07/2016
Sanción:
20/07/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Los Decretos Nros. 353/14, 539/14, 297/15, 386/15 y 367/16, 477/11, el Expediente
Electrónico N° 17650900-MGEYA-DGTALMH-2016 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 353/14, de fecha 28 de agosto de 2014, se adoptaron medidas
de restricción presupuestarias a fin de llevar a cabo un reordenamiento de las finanzas
públicas, tendientes a mantener los equilibrios financieros, al tiempo de dar
cumplimiento con los servicios esenciales en materia de salud, educación, acción
social, medio ambiente e infraestructura;
Que dicha medida se prorrogó sucesivamente hasta el 31 de diciembre de 2016,
mediante los Decretos Nros. 539/14, 297/15, 386/15 y 367/16;
Que las medidas de carácter restrictivo deben resultar excepcionales y temporarias e
imponen a la autoridad la necesidad de adoptar las medidas conducentes para
superarla restableciendo la normalidad;
Que el análisis de las circunstancias actuales evidencia la posibilidad de modificar
parcialmente el alcance de las restricciones aplicadas, sin afectar el equilibrio
financiero, contribuyendo paulatinamente al cese de dicha medida de excepción;
Que en este sentido resultaría pertinente modificar el alcance de las restricciones
presupuestarias establecidas en el artículo 2° del Decreto N° 353/14, acotando su
aplicación a la adquisición de vehículos y a la asignación de fondos en concepto de
pasajes y viáticos para misiones oficiales reguladas por el Decreto N° 477/11.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificase los términos del artículo 2° del Decreto N° 353/14 el que
quedará redactado de la siguiente manera: "Instrúyase a la Jefatura de Gabinete de
Ministros y al Ministerio de Hacienda la adopción de las medidas que resulten
necesarias a efectos de implementar las restricciones presupuestarias, durante el
presente ejercicio, en materia de adquisición de vehículos y de asignación de fondos
en concepto de pasajes y viáticos para misiones oficiales reguladas por el Decreto N°
477/11, estableciendo de modo conjunto, los alcances y modalidades de dichas
restricciones presupuestarias".
Artículo 2°.- Deróganse los artículos 3° y 4° del Decreto N° 353/14 y el Decreto N°
367/16.
Artículo 3°.- La presente norma tiene vigencia a partir del día de su publicación hasta
el 31 de diciembre de 2016.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y organismos
con rango o nivel equivalente, a las Agencias, Entes Descentralizados del Gobierno de
la Ciudad, Empresas y Sociedades del Estado, a la Sindicatura General y a la
Procuración General de la Ciudad y, para su conocimiento y demás efectos, remítase
al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura -
Miguel