DECRETO 403 2016

Síntesis:

DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN - VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR OBLIGATORIA - VTV - VTVO - SECRETARÍA DE TRANSPORTE - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - SECRETARÍA DE TRANSPORTE - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - LEY 2265

Publicación:

25/07/2016

Sanción:

20/07/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes N° 2.265 (texto consolidado por Ley N° 5.454) y N° 4.111, el Expediente N°

16710244-MGEYA-SECTRANS/16, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.265 se aprobó la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para todos los vehículos y motovehículos

radicados en la Ciudad de Buenos Aires;

Que conforme lo estipulado en la citada ley, el Poder Ejecutivo es el encargado de

designar a la autoridad de aplicación, que estará integrada por representantes de las

Áreas de Tránsito y de Medio Ambiente;

Que en virtud de lo mencionado precedentemente y teniendo en consideración la

especialidad técnica requerida para garantizar una prestación eficiente y adecuada del

Servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria, se considera conveniente

establecer como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 2.265 a la Secretaría de

Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y a la Agencia de

Protección Ambiental, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y

Espacio Público;

Que en este sentido, la Secretaría de Transporte tendrá a su cargo la puesta en

marcha, fiscalización, supervisión, inspección y auditoría de la prestación del servicio

de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria, el dictado de todo acto administrativo

necesario para garantizar un eficiente funcionamiento del servicio y velar por el debido

cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 2.265, y en las condiciones generales,

particulares y especificaciones técnicas previstas en los pliegos aprobados por la Ley

N° 4.111;

Que la Agencia de Protección Ambiental tendrá a su cargo la supervisión de todos los

aspectos de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria que tengan relación con el

medio ambiente y que sean susceptibles de producir un impacto ambiental.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por el Artículo 3° de la

Ley N° 2.265,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Desígnase a la Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de

Desarrollo Urbano y Transporte y a la Agencia de Protección Ambiental, entidad

autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, como Autoridad

de Aplicación de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 2.265 y sus

normas modificatorias y/o reglamentarias, en el marco de sus competencias.

Artículo 2°.- Encomiéndase a la Secretaría de Transporte y a la Agencia de Protección

Ambiental, el dictado de los actos administrativos conjuntos pertinentes a efectos de

regular aquellos aspectos que en el marco de sus competencias resulten necesarios

para un eficiente y eficaz cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 2.265 y sus

normas modificatorias y/o reglamentarias.

Artículo 3°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo

Urbano y Transporte, por el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público y por el

señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a la Secretaría de

Transporte, al Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la Agencia de Protección

Ambiental. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Ocampo P/P -

Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1° Resolución 2-SECTRANS-APRA-16, aprueba detalle de competencias asignadas a la Autoridad de Aplicación de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria, en el marco del Decreto 403-16.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 del Decreto 403-16, designa a la Secretaría de Transporte y a la Agencia de Protección Ambiental, como Autoridad de Aplicación de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria de la Ciudad, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 2265 y sus normas modificatorias y/o reglamentarias, en el marco de sus competencias.</p><p>Art. 2, encomienda a la Secretaría de Transporte y a la Agencia de Protección<br />Ambiental, el dictado de los actos administrativos conjuntos pertinentes a efectos de regular aquellos aspectos que en el marco de sus competencias resulten necesarios para un eficiente y eficaz cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley.</p>