LEY 5609 2016

Síntesis:

INCORPORA TEXTO - ESTATUTO DOCENTE - MODIFICACIÓN - ORDENANZA 40593 - ART 70 INC Y) - LICENCIAS - PERCEPCIÓN ÍNTEGRA DE HABERES - DOCENTES CON CARÁCTER DE TITULAR - INTERINO - SUPLENTE - VIOLENCIA DE GÉNERO - SEGURIDAD PERSONAL - AUSENCIA - PUESTO DE TRABAJO - JUSTIFICACIÓN - SERVICIOS DE ATENCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS - DENUNCIA JUDICIAL - CERTIFICACIÓN DE ORGANISMOS ESTATALES COMPETENTES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

23/09/2016

Sanción:

25/08/2016

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

17/09/2016


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Incorpórase al Art. 70 del Estatuto Docente el inciso y), que quedará

redactado de la siguiente manera: y) Se otorgará esta licencia con percepción íntegra

de haberes a las/los docentes con carácter de titular, interino y/o suplente que

padezcan cualquier tipo de violencia de género afectando su seguridad personal, y

que por tal motivo deban ausentarse de su puesto de trabajo. Esta licencia deberá

contar con la debida justificación emitida por los servicios de atención y asistencia a

las víctimas. En un plazo de 72 hs, se deberá presentar la denuncia judicial

correspondiente o la certificación emitida por los organismos estatales competentes.

Art. 2°.- El ministerio de Educación dictará las normas complementarias e

interpretativas que fueran necesarias para una mejor aplicación de la licencia que por

la presente se aprueba.

Art. 3°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

Buenos Aires, 20 de septiembre de 2016

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.609 (Expediente Electrónico N° 20.552.359-

MGEYA-DGALE-2016), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires en su sesión del día 25 de agosto de 2016, ha quedado

automáticamente promulgada el día 17 de septiembre de 2016.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al

Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Montiel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 5609 incorpora el inciso y) al Art. 70 del Estatuto Docente, Ordenanza 40593.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 3491-MEGC-17 aprueba procedimiento de aplicación por el cual se otorga la Licencia por violencia de género, de acuerdo al artículo 1 de la Ley 5609.-</p>