RESOLUCIÓN 631 2016 MINISTERIO DE MODERNIZACION, INNOVACION Y TECNOLOGIA

Síntesis:

DELEGACIÓN DE FACULTADES - SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA - DISTRITO DE LAS ARTES -  RESOLUCIÓN 451-MDEGC-13 - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE INVERSIONES - SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES - PROYECTOS - REGISTRO DEL DISTRITO DE LAS ARTES - LEY 2353

Publicación:

21/10/2016

Sanción:

17/10/2016

Organismo:

MINISTERIO DE MODERNIZACION, INNOVACION Y TECNOLOGIA

Estado:

No vigente


VISTO:

Las Leyes Nros. 4.353, 5460; los Decretos Nros. 240/13; 363/15 y sus modificatorios,

la Resolución N°

451/MDEGC/13, y el Expediente Electrónico:

18.668.486/SSECYCE/16;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 4.353 creó el Distrito de las Artes de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, en el polígono comprendido por ambas aceras de la Avenida Regimiento de

Patricios, las calles Río Cuarto, Azara, Avenida Martín García, calle Tacuarí, Avenida

San Juan, Avenida Ing. Huergo, Avenida Elvira Rawson de Dellepiane, las parcelas

frentistas de la Dársena Sur, ambas márgenes y la ribera norte del Riachuelo, con el

objeto de fomentar las actividades vinculadas a disciplinas artísticas a través de

incentivos fiscales y crediticios;

Que por la citada Ley se designó al entonces Ministerio de Desarrollo Económico

como Autoridad de Aplicación del régimen, con la intervención del Ministerio de

Cultura en las cuestiones inherentes a la materia de su competencia;

Que por Resolución N° 451/MDEGC/13 se facultó a la Subsecretaría de Inversiones a

fomentar y gestionar actividades en el Distrito de las Artes;

Que por otro lado, mediante la Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de

Modernización, Innovación y Tecnología;

Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

estableciéndose a la Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior en la

órbita del citado Ministerio;

Que el referido cuerpo legal estableció entre las responsabilidades primarias de la

referida Subsecretaría, las de: "entender en la promoción del Distrito de las Artes de

Buenos Aires como herramienta para la mejora de la competitividad y la proyección

internacional del sector" y "planificar y desarrollar los criterios de acción para el

impulso del Distrito de las Artes, alentando la radicación y el crecimiento de empresas

en los mismos, así como también de organizaciones y entidades educativas

vinculadas al sector y de entidades educativas";

Que en este sentido, el citado Decreto determinó entre las responsabilidades primarias

de la Subsecretaría de Inversiones, la de "administrar los datos de los Registros de

Empresas de los Distritos creados en el ámbito del Ministerio de Modernización,

Innovación y Tecnología, y de todos aquellos Distritos que en el futuro se creen";

Que por otro lado, el mencionado cuerpo legal, estableció que la Dirección General

Gestión de Inversiones dependiente de la Subsecretaría mencionada en último

término, tiene entre sus responsabilidades primarias la de: "Administrar los datos del

Registro de Empresas de Tecnologías de la Información y la Comunicación (RET), los

datos del Registro de Empresas Audiovisuales (REA), los datos del Registro del

Distrito de Diseño (RED), los datos de Registro del Distrito de las Artes (RAD), los

datos del Registro de Emprendimientos Deportivos y todos aquellos Registros de

Empresas que en el futuro se creen en el ámbito de la Subsecretaría de Inversiones

para el régimen de promoción.";

Que en atención a lo expuesto, resulta necesario rectificar la Resolución N°

451/MDEGC/13, mediante el dictado del pertinente acto administrativo a tal fin;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención

que le compete en virtud de la Ley N° 1218.

Por ello, y en uso de facultades otorgadas por la Ley N° 4353,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA

RESUELVE

Artículo 1°.- Facultase a la Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior del

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología a:

a) Fomentar y gestionar el pleno desarrollo y evolución de las actividades promovidas

en el Distrito de las Artes, coordinando las acciones necesarias a tales fines con los

demás organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con el

sector privado.

b) Informar, a través del organismo competente, sobre la importancia de las

actividades promovidas como actividades económicas generadoras de empleo y de

bajo impacto ambiental.

c) Difundir información de las actividades artísticas desarrolladas por los beneficiarios

inscriptos en el Registro del Distrito de las Artes a los efectos de promover el acceso a

la oferta cultural de las actividades promovidas, en forma conjunta con el Ministerio de

Cultura.

d) Coordinar e implementar la estrategia de internacionalización del Distrito de las

Artes como centro de creación y desarrollo de las artes, generando acciones de

inserción internacional, capacitación en comercio exterior, fomento a la asociatividad

exportadora, provisión de inteligencia competitiva, planes de primera exportación, así

como cualquier otra iniciativa que impulse el desarrollo de mercados externos.

e) Promover un incremento sostenido del número de empleados incorporados al

mercado de trabajo por el sector artístico.

f) Desarrollar, coordinar e implementar la estrategia de atracción de inversiones al

Distrito de las Artes.

Artículo 2°.- Ratificase el Artículo 2° de la Resolución N° 451/MDEGC/13., el cual

quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2°.- Facúltese a la Dirección

General de Gestión de Inversiones, dependiente de la Subsecretaría de Inversiones, a:

a) Remitir los proyectos presentados al Ministerio de Cultura para que tome la

intervención de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 3 del

Decreto N° 240/13.

b) Remitir los proyectos a las Juntas Comunales correspondientes al polígono del

Distrito de las Artes, las que pueden emitir opinión no vinculante sobre los mismos. A

su vez, el Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, debe remitir cada

trimestre, la nómina actualizada de los beneficiarios inscriptos en el registro del Distrito

de las Artes y dar respuesta a cualquier requerimiento de información efectuada por

las juntas comunales vinculadas a la implementación de la ley 4353.

c) Llevar el Registro del Distrito de las Artes, otorgando y cancelando las inscripciones

de los beneficiarios y aplicando las sanciones pertinentes, de acuerdo con el

cumplimiento de los requisitos exigidos en la Ley N° 4353 y su Decreto Reglamentario

N° 240/13.

d) Actuar como órgano de consulta y asesoramiento permanente respecto a la

aplicación del presente régimen.

e) Coordinar con la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos el intercambio

de información relevante a los fines del mejor cumplimiento de las facultades y

objetivos de ambos organismos, en lo que a la presente Ley respecta.

f) Coordinar con la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y la

Administración Federal de Ingresos Públicos el intercambio de información relevante a

los fines del mejor cumplimiento de las facultades y objetivos de ambos organismos,

en lo que respecta a la Ley N° 4.353."

Artículo 3°.- Ratifíquense los Artículos 3°, 4° y 5°de la Resolución 451/MDEGC/2013,

los que se mantendrán en los mismos términos establecidos en la citada normativa.

Artículo 4°.-Determínase que las Subsecretarías de Inversiones y Economía Creativa y

Comercio Exterior, respectivamente, deberán implementar acciones y medidas a fin de

intercambiar toda información, antecedente o documentacióna fin de implementar el

correcto funcionamiento del Distrito de las Artes.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Subsecretarías de Economía Creativa y Comercio Exterior; de

Inversiones. Cumplido, archívese. Freire

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICA
<p>Art. 2 de la Resolución 631-MMIYTGC-16 ratifica el Art. 2 de la Resolución 451-MDEGC-13.</p>
RATIFICA
<p>Art. 3 de la Resolución 631-MMIYTGC-16 ratifica los Arts. 3, 4 y 5 de la Resolución 451-MDEGC-13.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 8 de la Resolución 533-MMIYTGC-17 deja sin efecto la Resolución 631-MDEGC-16.</p>