RESOLUCIÓN 505 2003 SECRETARIA DE SALUD

Síntesis:

APRUEBA LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RETIRO, LAVADO, PLANCHADO Y ENTREGA DE ROPA HOSPITALARIA Y, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALQUILER DE PACKS DE ROPA ESTÉRIL REUSABLE EN CIRUGÍA (HOSPITALES).

Publicación:

17/03/2003

Sanción:

28/02/2003

Organismo:

SECRETARIA DE SALUD


Visto el Expediente N° 84.084/SS/01 y,

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución N° 154/SS/03 se dejaron sin efecto los pliegos de bases y condiciones particulares, generales y técnicas para ser utilizados en la contratación de adquisición de ropa quirúrgica en los Establecimientos Asistenciales aprobados por Resolución N° 361/SS/02.

Que, por el mismo Acto Administrativo, Resolución se dejaron sin efecto los pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas para la contratación del servicio de retiro, lavado, planchado y entrega de ropa hospitalaria aprobados por Resolución N° 1.569/SS/02.

Que, además y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 30/GCBA/03 se suspendió, de acuerdo a las características de cada caso, la obligatoriedad de los puntos 2.3; 2.5; 2.9; 3.2; 3.3; 4.2; y 4.3 de La Reglamentación de la Actividad de Lavaderos Industriales de ropa y su Transporte creada por Decreto N° 1.706/GCBA/01.

Que, se encomendó a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esta Secretaría la confección de los nuevos pliegos de Bases y Condiciones para hacer frente a la contratación de los servicios antes mencionados.

Que, el mencionado nivel ha concluido con la tarea encomendada tal como lo indica la Subsecretaría de Gerenciamiento Estratégico,

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SECRETARIO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase en todos sus términos el pliego de Bases y condiciones Técnicas para la contratación del servicio de retiro, lavado, planchado y entrega de ropa hospitalaria que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Apruébanse en todos sus términos los pliegos de bases y condiciones técnicas que regirán la contratación del servicio de alquiler de packs de ropa estéril reusable para procedimiento quirúrgico que como Anexo II forma parte integrante de la presente.

Artículo 3° - Regístrese, pase a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines dispuestos en el artículo 11 del Decreto N° 698/GCBA/96 (B.O. N° 97) modificado por el Decreto N° 1.583/GCBA/01 (B.O. N° 1298). Cumplido publíquese, y para conocimiento pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Subsecretaría de Gerenciamiento Estratégico. Luego, archívese. Stern

ANEXO

ANEXO I

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES TÉCNICAS LAVADO, SECADO Y PLANCHADO DE ROPA HOSPITALARIA

1. OBJETO

Artículo 1° - El objeto de la presente Licitación consiste en la contratación del Servicio de retiro, lavado, secado y planchado y entrega en los establecimientos, de ropa hospitalaria a efectos de cubrir las necesidades de cada uno de los hospitales que se detallan en Anexo de la presente.

2. REQUISITOS

2.1. HABILIDAD PARA OFERTAR

Artículo 2° - Sólo podrán presentarse a cotizar, los lavaderos cuya planta de procesamiento se encuentre habilitada por autoridad competente de la jurisdicción donde se encuentre ubicada.

El oferente deberá presentar fotocopia de la mencionada habilitación, autenticada por Escribano Público.

2.2. VISITA PREVIA

Artículo 3° - El oferente expondrá en carácter de Declaración Jurada conocer el hospital, debiendo completar para ello el formulario que consta como Anexo I del presente pliego. Dicho documento será parte integrante de la oferta.

Consecuentemente, bajo ningún concepto quien resultare adjudicatario de la presente Licitación podrá alegar desconocimiento de los edificios, las instalaciones, y del equipamiento que son parte del hospital, así como tampoco de sus modalidades de trabajo.

3. SOBRE EL SERVICIO LICITADO

3.1. CARACTERÍSTICAS

Artículo 4° - La adjudicación del servicio recaerá sobre la firma comercial que ofrezca, ajustándose a lo solicitado, el mejor precio de abono que, sobre el total mensual de ropa lavada y planchada estimado para el hospital, estipula el presente pliego.

Consecuentemente, el oferente deberá ajustar su oferta a las cantidades mensuales estimadas de prendas a procesar que constituyen el abono, mencionadas en el Anexo II de la presente, las que podrán variar en más o en menos en un 15% por mes, sin que esto pueda dar lugar a reclamo alguno.

3.2. CONFORMACIÓN

Artículo 6° - El servicio licitado incluye:

í provisión de bolsas de polietileno para retiro de ropa sucia hospitalaria.

í retiro de ropa sucia desde el sector Ropería del hospital.

í entrega de ropa limpia al sector Ropería del hospital.

í transporte de ropa entre el hospital y la empresa oferente.

í clasificación, lavado (en sus distintas etapas), centrifugado, secado, costura (si correspondiere), planchado, doblado, y embolsado de ropa limpia.

í eliminación de manchas (toda vez que sea posible).

í provisión de todos los productos, instalaciones, e insumos generales necesarios para cumplir con los objetivos del presente pliego.

4. FORMA, LUGAR Y HORARIOS DE ENTREGA

Artículo 7° - El adjudicatario deberá retirar / entregar la ropa en la sede de la Ropería del hospital, en los días y horarios estipulados en el presente pliego, pudiéndose modificar los mismos de común acuerdo.

Asimismo, deberá acordar con el hospital el procedimiento a seguir para los días feriados.

4.1. SOBRE EL RETIRO Y ENTREGA INICIAL DE LAS PRENDAS

Artículo 8° - Las prendas serán entregadas por el hospital al adjudicatario del servicio como ropa sucia, a medida que se vaya agotando su stock de ropa limpia, dentro de los (3) tres días contados a partir de la emisión de la correspondiente orden de compra. En ningún caso estas entregas iniciales podrán superar el 60% (sesenta por ciento) del total de la dotación disponible para los distintos tipos de prendas propiedad del hospital, los que figuran en el Anexo II de la presente como Cláusulas Particulares, debiendo el adjudicatario comenzar a retornar las mismas en las condiciones de higiene que estipula el presente pliego en los plazos que establezca de común acuerdo con el hospital.

4.2. SOBRE LA DEVOLUCIÓN DE LAS PRENDAS PROPIEDAD DEL HOSPITAL A LA FINALIZACIÓN DEL SERVICIO

Artículo 9° - El adjudicatario deberá retirar la ropa a procesar hasta el día de vencimiento del plazo contractual, lo que implica que continuará entregando la misma, en las condiciones de higiene estipuladas en el presente pliego, una vez vencido dicho plazo y hasta agotar el stock que hubiere retirado.

4.3. SOBRE LOS EXTRAVÍOS / ROTURAS DE ROPA POR CAUSA DEL ADJUDICATARIO

Artículo 10 - En caso de extravío/ rotura de prendas (que no obedezcan al proceso de desgaste natural previsto en el presente pliego) por causa imputable al adjudicatario, esta deberá ser repuesta por el mismo en las condiciones estipuladas en el presente pliego para la ropa nueva.

4.4. SOBRE LOS EXTRAVÍOS / ROTURAS DE ROPA POR CAUSA DEL HOSPITAL

Artículo 11 - En caso de extravío/ rotura de prendas por causa imputable al hospital, éstas deberán ser repuestas por el mismo debiéndose labrar el Acta correspondiente.

Artículo 12 - El hospital designará un responsable del control de la entrega de ropa sucia y recepción de ropa limpia, quien estará facultado para labrar las actas de incumplimiento, como así también a dejar constancia de todo acontecimiento relevante en el Libro de órdenes de servicio que a tal fin deberá habilitar el adjudicatario al inicio del servicio. Dicho Libro de órdenes de servicio será la vía de comunicación fehaciente con el adjudicatario, quien deberá notificarse de lo acontecido suscribiendo el mismo toda vez que le sea requerido. A tal efecto, quien entregue/ retire la ropa del hospital en nombre del adjudicatario, será considerado su representante, sin excepciones.

Artículo 13 - A los efectos de poder cumplimentar lo establecido en los artículos 10 y 11 del presente pliego, se tomará como tiempo de vida útil de la ropa nueva que aporte el hospital, un plazo de 6 (seis) meses de duración. Por lo dicho, se considerará al adjudicatario responsable por los deterioros que se produzcan en las prendas nuevas con antelación a dicho plazo.

5. SOBRE EL ARMADO DE LOS PAQUETES DE ROPA LIMPIA

Artículo 14 - Los paquetes de ropa a entregar por el adjudicatario se armarán de acuerdo al detalle establecido en el Anexo II - Cláusulas Particulares - a la presente para cada Hospital, pudiéndose modificar la cantidad de prendas contenidas en los mismos de común acuerdo durante la vigencia del contrato.

En todos los casos, los paquetes deberán estar acondicionados en bolsas de polietileno conforme lo establece el presente pliego.

6. SOBRE EL EMBOLSADO DE ROPA

Artículo 15 - La ropa se entregará en bolsas de polietileno de color verde de espesor compatible con su peso, con identificación del tipo y cantidad de prendas contenidas, y en la forma establecida por el Anexo para el Hospital.

La ropa sucia se retirará en bolsas de polietileno de color verde, de 60 micrones de espesor como mínimo, y en la forma establecida por Anexo para el Hospital.

Las bolsas, deberán ser provistas por el adjudicatario.

El adjudicatario deberá entregar al Hospital al inicio del servicio un stock de bolsas suficiente para poder luego retirar la ropa, adicionando un stock de seguridad para cubrir el servicio durante una semana como mínimo. Este stock de seguridad deberá estar disponible permanentemente en el Hospital durante la vigencia del contrato. A la finalización del mismo, el Hospital entregará al adjudicatario los excedentes.

7. CONTROL DE LAVADO

7.1 PROCESOS Y PRODUCTOS UTILIZADOS PARA EL TRATAMIENTO DE LAS PRENDAS

Artículo 16 - Los oferentes deberán especificar en su oferta la composición química de la totalidad de los productos que emplearán en los procesos de tratamiento de la ropa, pudiéndose adjuntar folletería explicativa, juntamente con una breve memoria descriptiva de los procesos involucrados para cada tipo de tratamiento como así también deberán explicitar los volúmenes en partes de agua a emplear en cada etapa del proceso, y las características de ésta.

En todos los casos, los productos a emplear en las diferentes etapas de tratamiento de la ropa, deberán estar aprobados por el Hospital.

Artículo 17 - El hospital se reserva el derecho de rechazar, en caso de considerar nocivo para la salud y / o para la durabilidad de las prendas, los procesos propuestos por el adjudicatario para el tratamiento de la ropa. En tal caso, y de no existir acuerdo entre las partes, el adjudicatario deberá realizar el siguiente proceso de lavado de ropa, estipulado por el Manual de Gestión de Lavandería Hospitalaria editado por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, a saber:

Lavado:

í Mojado: Destinado a eliminar el polvo así como las manchas fácilmente solubles en agua.

Agua: nivel alto. Temperatura. 20°C. Tiempo: 3 / 5 minutos.

í Prelavado. Destinado a la eliminación de manchas solubles en agua tibia y medio alcalino (almidón, albúminas, etc.).

Agua: nivel bajo. Temperatura: 40 / 60°C. Tiempo: 5 / 10 minutos.

í Lavado: Destinado a la eliminación de todas las manchas de residuos. Se realiza por las acciones físicas y físico-químicas de los productos utilizados.

Agua: nivel bajo. Temperatura. 85 / 95°C. Tiempo: 15 / 20 minutos.

í Aclarado: Destinado a la eliminación parcial de los productos empleados, así como del agua con suciedad retenida por la ropa.

Agua: nivel medio. Temperatura: 60°C. Tiempo: 4 / 6 minutos.

Le sigue una operación destinada al descenso de la temperatura de la ropa antes de la fase de blanqueo.

Agua: nivel alto. Temperatura: 40°C. Tiempo: 7 minutos.

í Blanqueo. Cloro al 0,2%.

Agua: nivel medio. Temperatura: 20°C. Tiempo: 7 minutos.

í Aclarado anticloro. Destinado a la eliminación del cloro residual del agua. Se realiza utilizando distintos productos.

Agua: nivel alto. Temperatura: agua fría. Tiempo: 3 minutos.

í Aclarado final. Destinado a la eliminación de los productos anticloro y de la alcalinidad residual de la ropa. En esta etapa se puede añadir un producto bactericida.

Agua: nivel alto. Temperatura: 20 / 25 °C. Tiempo: 3 minutos.

El número de secuencias que se apliquen depende del estado de suciedad de la ropa, de la maquinaria y de las cualidades de los productos usados.

La ropa muy sucia puede necesitar de tres a cinco procesos de lavado y cuatro o cinco enjuagues.

7.2. SOBRE EL NIVEL DE CONTAMINACIÓN ADMISIBLE

Artículo 18 - La contaminación de la ropa limpia entregada en el Hospital, no debe ser superior a una colonia por 50 cm2.

7.3. SOBRE EL PH DE LA ROPA LIMPIA

Artículo 19 - El rango establecido como satisfactorio es de 5 a 7 para la ropa limpia entregada en el Hospital.

7.4. SOBRE EL TRANSPORTE DE LA ROPA

Artículo 20 - Los procesos de retiro y entrega de ropa estará a cargo del adjudicatario, y deberán realizarse estableciendo una nítida separación entre ropa limpia sucia, guardando la debida estanqueidad entre ambas y áreas si se tratara de un único vehículo.

7.5. SOBRE LOS CONTROLES DE CALIDAD DEL SERVICIO

Artículo 21 - El hospital y/ o la Secretaría de Salud se reservan el derecho de efectuar, a través de los mecanismos que consideren convenientes, los controles químicos y/ o bacteriológicos que correspondan tanto en la planta de procesamiento como en el producto final.

Artículo 22 - En todos los casos en que en el presente pliego se prevé que debe existir común acuerdo entre el adjudicatario y el hospital, se deberá redactar un REGLAMENTO ORDINARIO que deberá ser suscripto antes del inicio del servicio por el Responsable del hospital y la firma adjudicada. En dicho Reglamento deberán establecerse las rutinas diarias del servicio como así también las situaciones de emergencias.

8. RESPONSABILIDAD

Artículo 23 - Al suscribir el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el prestatario reconocen que se trata de la prestación de un servicio público esencial, que su interrupción o suspensión puede ocasionar serios perjuicios al interés general, afectando la salud de los internados, aceptando por ello la aplicación de las leyes de orden público existentes, que no permiten al prestatario por ninguna causa interrumpir o suspender el servicio.

9. CAPACIDAD ECONÓMICA

Artículo 24 - La capacidad económica del adjudicatario deberá guardar una relación suficiente con el monto del servicio que se licita. Por lo que deberá demostrar expresamente, con presentación de Balance certificado por Contador Público, el cumplimiento de los siguientes índices:

ACTIVO CORRIENTE

PASIVO CORRIENTE

COSTO DE 45 DIAS DEL SERVICIO COTIZADO

PASIVO

PATRIMONIO NETO

10. VIGENCIA

Artículo 25 - El presente contrato tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de notificación fehaciente de la orden de provisión al adjudicatario, con opción del organismo contratante de prorrogar el mismo por un período igual.

ANEXO I

DECLARACIÓN JURADA

Buenos Aires,............................

Por la presente declaro bajo juramento conocer los edificios, las instalaciones y el equipamiento que son parte integrante del hospital.................................................................................. así como su modalidad de trabajo.

ANEXO II

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES TÉCNICAS

SERVICIO DE ENTREGA DIARIA DE PACKS DE ROPA ESTÉRIL REUSABLE PARA

PROCEDIMIENTO QUIRÚRGICO

1. OBJETO

Artículo 1° - El objeto de la presente licitación consiste en la contratación del Servicio de entrega diaria de packs de ropa estéril reusable para procedimientos quirúrgicos

2. REQUISITOS

2.1. HABILIDAD PARA OFERTAR

Artículo 2° - En el momento de la apertura, el oferente deberá presentar:

í Fotocopia certificada por Escribano Público de la constancia de habilitación de la empresa.

í Certificado de habilitación según Resolución N° 255 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación otorgado por la autoridad competente.

í Nombre del Director Técnico y/o Responsable técnico del Establecimiento presentando copia certificada por Escribano de la Inscripción ante autoridad competente ya sea Nacional, Provincial, Municipal y/o Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

í Asimismo, deberá comunicar al Hospital en la misma forma descripta y dentro de las 24 hs de ocurrida, cualquier modificación con respecto al cambio de responsable.

í Nombre del responsable de Esterilización o copia certificada del contrato vigente en el caso de tercerización de dicho servicio.

í La no presentación total o parcial de la documentación antes citada será causa de descarte de la oferta.

2.2. CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS

Artículo 3° - Los oferentes deberán presentar juntamente con la oferta, certificación de haber prestado servicios similares, por lo menos durante un (1) año en otros establecimientos Asistenciales con quirófano y salas de internación, con más de 100 camas. Dicho certificado deberá ser original con el concepto de conformidad del servicio prestado, período de presentación (por lo menos un año) tipo de establecimiento (cantidad de camas, quirófanos etc.) debidamente firmado por el certificante y el oferente. La no presentación del mismo será motivo de descarte.

3. SOBRE EL SERVICIO LICITADO

3.1. CARACTERÍSTICAS

Artículo 4° - La adjudicación del servicio recaerá sobre la firma comercial que ofrezca, ajustándose a lo solicitado y antecedentes de la empresa, la oferta más conveniente de acuerdo a las cantidades, características, y necesidades del hospital licitante que como Cláusulas de condiciones Particulares forman parte del presente.

3.2. SISTEMA A APLICAR

Artículo 5° - El servicio deberá ser realizado bajo las siguientes condiciones:

í La esterilización será realizada por sistema de calor húmedo.

í El adjudicatario deberá presentar en forma mensual el protocolo de esterilización en el que deberán estar debidamente documentado todos los parámetros del ciclo (tiempo, presión, temperatura, etc.).

í Cada pack deberá llevar a la vista una etiqueta de tamaño adecuado para su rápida visualización con una cinta testigo indicadora de la esterilización, número de lote, fecha de vencimiento y el tipo de equipo que contiene el pack.

í Todas las prendas deberán tener doblado quirúrgico.

í En cuanto a la calidad de la tela, deberá ajustarse a las especificaciones técnicas estipuladas en ANEXO C de la presente.

í El oferente deberá presentar los análisis realizados para determinar resistencia a la presión hidrostática del agua, prueba de generación de barrera a partículas, prueba de citotoxicidad e irrigación primaria de la piel, esterilidad, flamabilidad, carga estática, etc.

í Se deberá presentar antecedentes del fabricante en el mercado médico.

í Las prendas que forman los equipos y los individuales deberán contar con un envoltorio final de nylon no menor de 50 micrones, debidamente sellado.

í Entre el envoltorio final y el equipo se incluirá en cada paquete;

a) Una (1) bolsa plástica de no menos de 70 micrones de color verde, con una etiqueta de especificación del tipo de equipo, donde se embolsará la ropa sucia.

b) Un precinto plástico o similar, para el cierre de la bolsa.

c) Un cubre mesa impermeable de 1.50 x 2.00 m de 55 micrones (+/-5%)

í Cada pack estará formado con las prendas que se detallan en ANEXO A.

í El adjudicatario deberá efectuar con la primera entrega un stock de packs a convenir con el hospital licitante, el que deberá ser repuesto diariamente, a fin de que se mantenga siempre estable.

4. FORMA, LUGAR, TRASLADOS y HORARIOS DE ENTREGA

Artículo 6° - Los equipos deberán ser retirados y entregados por personal del Adjudicatario, en cada servicio establecido por el hospital licitante de lunes a viernes en horario a convenir con el hospital. Asimismo, deberá acordar con el hospital el procedimiento a seguir para los días feriados e inhábiles.

Los paquetes se presentarán en cajas o contenedores que garanticen la integridad de los mismos durante sus traslados con identificación externa de tipo y cantidad. No podrán estar en contacto durante su traslado las cajas con material estéril y las que contienen elementos sucios.

El traslado de los paquetes deberá realizarse en vehículos especialmente acondicionados, los que deberán guardar las medidas de higiene y contar con separación estanco de área estéril y no estéril con sus correspondientes puertas de acceso independientes si se tratara de un único vehículo, para que los elementos esterilizados no entren en contacto con cualquier tipo de sustancia contaminante.

5. SOBRE LA ENTREGA DE MUESTRAS

Artículo 7° - En los renglones marcados con (MPE) en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los oferentes deberán presentar una muestra para ensayo de cada pack a los efectos de que el hospital licitante pueda verificar calidad, doblado, y presentación del mismo. La no presentación de las muestras dará lugar al descarte de la oferta.

6. MEDIDAS DE LAS PRENDAS

Artículo 8° - La medidas de las prendas se ajustarán a lo establecido en el ANEXO B

7. CONTROL DEL SERVICIO

Artículo 9° - En el protocolo de control de proceso remitido por el oferente además de especificar los parámetros de ciclo de esterilización deberán estar detallados los números de lote de cada ciclo realizado en el transcurso del mes. El área de esterilización deberá cumplir con las Normas de Esterilización del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Resolución N° 1.292.

El hospital se reserva el derecho de efectuar a través de los mecanismos que considere conveniente, los controles de esterilidad del producto terminado.

8. GARANTÍA

Artículo 10 - El oferente deberá presentar una Declaración Jurada firmada por el Director técnico y/o Responsable técnico en la que manifieste que todos los packs que entreguen durante la vigencia del presente contrato contarán con la Garantía de esterilidad solicitada. La no presentación de la misma será motivo de descarte.

Artículo 11 - Al suscribir el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el prestatario reconocen que se trata de la prestación de un servicio público esencial, que su interrupción o suspensión puede ocasionar serios perjuicios al interés general, afectando la salud de los internados, aceptando por ello la aplicación de las leyes de orden público existentes, que no permiten al prestatario por ninguna causa interrumpir o suspender el servicio.

10. CAPACIDAD ECONÓMICA

Artículo 12 - La capacidad económica del adjudicatario deberá guardar una relación suficiente con el monto del servicio que se licita. Por lo que deberá demostrar expresamente, con presentación de Balance certificado por Contador Público, el cumplimiento de los siguientes índices:

ACTIVO CORRIENTE

PASIVO CORRIENTE

COSTO DE 45 DIAS DEL SERVICIO COTIZADO

PASIVO

PATRIMONIO NETO

11. VIGENCIA

Artículo 13 - El presente contrato tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de notificación fehaciente de la orden de provisión al adjudicatario, con opción del organismo contratante de prorrogar el mismo por un período igual.

Artículo 13 - El presente contrato tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de notificación fehaciente de la orden de provisión al adjudicatario, con opción del organismo contratante de prorrogar el mismo por un período igual.

ANEXO B

MEDIDAS DE LAS PRENDAS

CAMISOLÍN PARA CIRUGÍA:

CUELLO: escote redondo, con refuerzo de la misma tela o similar de aproximadamente 1.50 cm de ancho

ESPALDA: retroespaldero obligatorio. Con pares de tiras que producen el cruce adecuado con técnica aséptica para protección del campo quirúrgico.

MANGA: larga, de 85 cm aproximadamente con puño de algodón 100% elastizado, de aproximadamente 7 cm. de alto y de aproximadamente 10 cm. de diámetro- sentido muñeca/ codo) La sisa tendrá una profundidad mínima de 30 cm. Y la unión irá desde el puño al cuello sobre la parte superior con costura doble reforzada.

Ancho / contorno: 1.75 m (+/- 5%)

Largo: 1.55 m (+/- 5%)

OBSERVACIONES: El camisolín contará con refuerzo en el frente el cual cubrirá la totalidad del ancho del mismo y de largo 70 cm aproximadamente. Que supere el límite inguinal, también la manga en su totalidad, contará con el mencionado refuerzo.

COMPRESAS: Para cirugía (doblado quirúrgico), tendrán una medida de (+/- 10%) 0.80 cm. X 0.80 cm. aproximadamente y sus costuras serán dobles.

SÁBANAS: Para cirugía (doblado quirúrgico) tendrán una medida de (+/- 5%) 2.20 m x 1.60 m aproximadamente

SÁBANAS (Envoltorio) Envolvedor de todo el pack, tendrán una medida de (+/- 5%) 2.00 m x 1.50 m aproximadamente.

PIERNERAS: Tipo sobre de 1.10 m de largo x 0.80 m de ancho aproximadamente (+/-5%) con costuras dobles de unión en los laterales. Las partes no unidas, que forman la zona abierta del sobre con dobladillo de costuras dobles.

TOALLÓN: Tendrá una medida de 1.40 m de largo x 0.60 m (+/-5%)

ANEXO C

CARACTERÍSTICAS DE LAS TELAS QUE DEBERÁN

TENER LAS PRENDAS

1. Camisolines: presentan los siguientes requerimientos mínimos:

a. Zonas expuestas: (pechera y mangas) fibra poliéster 100% microfibra peso 115 gr x m2 aproximadamente, tejido tipo gabardina fluorocarbonada que tenga una hemorrepelencia de aproximadamente 70 cm de columna de agua.

b. Zona no expuesta: (espalda, falda) fibra poliéster 50% y algodón 50%, pero 165 grs. por m2 aproximadamente, tejido tafetán con una hemorrepelencia superior a 40 cm de columna de agua.-Campos y sábanas: fibra poliéster 50% y algodón 50%, peso 165 grs. por m2 aproximadamente, tejido tafetán con hemorrepelencia superior a los 40 cm. de columna de agua.

2. Compresas y Sábanas: presentan los siguientes requerimientos:

a. Fibra de poliéster 50% y algodón 50%, 165 grs x m2 y tejido de tafetán, con una hemorrepelencia superior a los 40 cm de columna de agua.

3. 1° Envoltorio:

a. Opción 1: (2 sábanas) Fibra de poliéster 50% y algodón 50%, 165 grs x m2 y tejido de tafetán, con una hemorrepelencia superior a los 40 cm de columna de agua.

b. Opción 2: (1 sábanas + 1 micro fibra) la sábana de fibra de poliéster 50% y algodón 50%, 165 grs x m2 y tejido de tafetán, con una hemorrepelencia superior a los 40 cm de columna de agua + micro fibra de poliéster 100% de hilado continuo, de alta densidad y antiestático.

4. 2° Envoltorio: de papel crepado o SMS.

5. Pierneras: presentan los siguientes requerimientos:

a. Fibra de poliéster 50% y algodón 50% de 165 grs. x m2.

6. Toallones: presentan los siguientes requerimientos:


ANEXOS

ANEXO

ANEXO I

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES TÉCNICAS LAVADO, SECADO Y PLANCHADO DE ROPA HOSPITALARIA

1. OBJETO

Artículo 1° - El objeto de la presente Licitación consiste en la contratación del Servicio de retiro, lavado, secado y planchado y entrega en los establecimientos, de ropa hospitalaria a efectos de cubrir las necesidades de cada uno de los hospitales que se detallan en Anexo de la presente.

2. REQUISITOS

2.1. HABILIDAD PARA OFERTAR

Artículo 2° - Sólo podrán presentarse a cotizar, los lavaderos cuya planta de procesamiento se encuentre habilitada por autoridad competente de la jurisdicción donde se encuentre ubicada.

El oferente deberá presentar fotocopia de la mencionada habilitación, autenticada por Escribano Público.

2.2. VISITA PREVIA

Artículo 3° - El oferente expondrá en carácter de Declaración Jurada conocer el hospital, debiendo completar para ello el formulario que consta como Anexo I del presente pliego. Dicho documento será parte integrante de la oferta.

Consecuentemente, bajo ningún concepto quien resultare adjudicatario de la presente Licitación podrá alegar desconocimiento de los edificios, las instalaciones, y del equipamiento que son parte del hospital, así como tampoco de sus modalidades de trabajo.

3. SOBRE EL SERVICIO LICITADO

3.1. CARACTERÍSTICAS

Artículo 4° - La adjudicación del servicio recaerá sobre la firma comercial que ofrezca, ajustándose a lo solicitado, el mejor precio de abono que, sobre el total mensual de ropa lavada y planchada estimado para el hospital, estipula el presente pliego.

Consecuentemente, el oferente deberá ajustar su oferta a las cantidades mensuales estimadas de prendas a procesar que constituyen el abono, mencionadas en el Anexo II de la presente, las que podrán variar en más o en menos en un 15% por mes, sin que esto pueda dar lugar a reclamo alguno.

3.2. CONFORMACIÓN

Artículo 6° - El servicio licitado incluye:

í provisión de bolsas de polietileno para retiro de ropa sucia hospitalaria.

í retiro de ropa sucia desde el sector Ropería del hospital.

í entrega de ropa limpia al sector Ropería del hospital.

í transporte de ropa entre el hospital y la empresa oferente.

í clasificación, lavado (en sus distintas etapas), centrifugado, secado, costura (si correspondiere), planchado, doblado, y embolsado de ropa limpia.

í eliminación de manchas (toda vez que sea posible).

í provisión de todos los productos, instalaciones, e insumos generales necesarios para cumplir con los objetivos del presente pliego.

4. FORMA, LUGAR Y HORARIOS DE ENTREGA

Artículo 7° - El adjudicatario deberá retirar / entregar la ropa en la sede de la Ropería del hospital, en los días y horarios estipulados en el presente pliego, pudiéndose modificar los mismos de común acuerdo.

Asimismo, deberá acordar con el hospital el procedimiento a seguir para los días feriados.

4.1. SOBRE EL RETIRO Y ENTREGA INICIAL DE LAS PRENDAS

Artículo 8° - Las prendas serán entregadas por el hospital al adjudicatario del servicio como ropa sucia, a medida que se vaya agotando su stock de ropa limpia, dentro de los (3) tres días contados a partir de la emisión de la correspondiente orden de compra. En ningún caso estas entregas iniciales podrán superar el 60% (sesenta por ciento) del total de la dotación disponible para los distintos tipos de prendas propiedad del hospital, los que figuran en el Anexo II de la presente como Cláusulas Particulares, debiendo el adjudicatario comenzar a retornar las mismas en las condiciones de higiene que estipula el presente pliego en los plazos que establezca de común acuerdo con el hospital.

4.2. SOBRE LA DEVOLUCIÓN DE LAS PRENDAS PROPIEDAD DEL HOSPITAL A LA FINALIZACIÓN DEL SERVICIO

Artículo 9° - El adjudicatario deberá retirar la ropa a procesar hasta el día de vencimiento del plazo contractual, lo que implica que continuará entregando la misma, en las condiciones de higiene estipuladas en el presente pliego, una vez vencido dicho plazo y hasta agotar el stock que hubiere retirado.

4.3. SOBRE LOS EXTRAVÍOS / ROTURAS DE ROPA POR CAUSA DEL ADJUDICATARIO

Artículo 10 - En caso de extravío/ rotura de prendas (que no obedezcan al proceso de desgaste natural previsto en el presente pliego) por causa imputable al adjudicatario, esta deberá ser repuesta por el mismo en las condiciones estipuladas en el presente pliego para la ropa nueva.

4.4. SOBRE LOS EXTRAVÍOS / ROTURAS DE ROPA POR CAUSA DEL HOSPITAL

Artículo 11 - En caso de extravío/ rotura de prendas por causa imputable al hospital, éstas deberán ser repuestas por el mismo debiéndose labrar el Acta correspondiente.

Artículo 12 - El hospital designará un responsable del control de la entrega de ropa sucia y recepción de ropa limpia, quien estará facultado para labrar las actas de incumplimiento, como así también a dejar constancia de todo acontecimiento relevante en el Libro de órdenes de servicio que a tal fin deberá habilitar el adjudicatario al inicio del servicio. Dicho Libro de órdenes de servicio será la vía de comunicación fehaciente con el adjudicatario, quien deberá notificarse de lo acontecido suscribiendo el mismo toda vez que le sea requerido. A tal efecto, quien entregue/ retire la ropa del hospital en nombre del adjudicatario, será considerado su representante, sin excepciones.

Artículo 13 - A los efectos de poder cumplimentar lo establecido en los artículos 10 y 11 del presente pliego, se tomará como tiempo de vida útil de la ropa nueva que aporte el hospital, un plazo de 6 (seis) meses de duración. Por lo dicho, se considerará al adjudicatario responsable por los deterioros que se produzcan en las prendas nuevas con antelación a dicho plazo.

5. SOBRE EL ARMADO DE LOS PAQUETES DE ROPA LIMPIA

Artículo 14 - Los paquetes de ropa a entregar por el adjudicatario se armarán de acuerdo al detalle establecido en el Anexo II - Cláusulas Particulares - a la presente para cada Hospital, pudiéndose modificar la cantidad de prendas contenidas en los mismos de común acuerdo durante la vigencia del contrato.

En todos los casos, los paquetes deberán estar acondicionados en bolsas de polietileno conforme lo establece el presente pliego.

6. SOBRE EL EMBOLSADO DE ROPA

Artículo 15 - La ropa se entregará en bolsas de polietileno de color verde de espesor compatible con su peso, con identificación del tipo y cantidad de prendas contenidas, y en la forma establecida por el Anexo para el Hospital.

La ropa sucia se retirará en bolsas de polietileno de color verde, de 60 micrones de espesor como mínimo, y en la forma establecida por Anexo para el Hospital.

Las bolsas, deberán ser provistas por el adjudicatario.

El adjudicatario deberá entregar al Hospital al inicio del servicio un stock de bolsas suficiente para poder luego retirar la ropa, adicionando un stock de seguridad para cubrir el servicio durante una semana como mínimo. Este stock de seguridad deberá estar disponible permanentemente en el Hospital durante la vigencia del contrato. A la finalización del mismo, el Hospital entregará al adjudicatario los excedentes.

7. CONTROL DE LAVADO

7.1 PROCESOS Y PRODUCTOS UTILIZADOS PARA EL TRATAMIENTO DE LAS PRENDAS

Artículo 16 - Los oferentes deberán especificar en su oferta la composición química de la totalidad de los productos que emplearán en los procesos de tratamiento de la ropa, pudiéndose adjuntar folletería explicativa, juntamente con una breve memoria descriptiva de los procesos involucrados para cada tipo de tratamiento como así también deberán explicitar los volúmenes en partes de agua a emplear en cada etapa del proceso, y las características de ésta.

En todos los casos, los productos a emplear en las diferentes etapas de tratamiento de la ropa, deberán estar aprobados por el Hospital.

Artículo 17 - El hospital se reserva el derecho de rechazar, en caso de considerar nocivo para la salud y / o para la durabilidad de las prendas, los procesos propuestos por el adjudicatario para el tratamiento de la ropa. En tal caso, y de no existir acuerdo entre las partes, el adjudicatario deberá realizar el siguiente proceso de lavado de ropa, estipulado por el Manual de Gestión de Lavandería Hospitalaria editado por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, a saber:

Lavado:

í Mojado: Destinado a eliminar el polvo así como las manchas fácilmente solubles en agua.

Agua: nivel alto. Temperatura. 20°C. Tiempo: 3 / 5 minutos.

í Prelavado. Destinado a la eliminación de manchas solubles en agua tibia y medio alcalino (almidón, albúminas, etc.).

Agua: nivel bajo. Temperatura: 40 / 60°C. Tiempo: 5 / 10 minutos.

í Lavado: Destinado a la eliminación de todas las manchas de residuos. Se realiza por las acciones físicas y físico-químicas de los productos utilizados.

Agua: nivel bajo. Temperatura. 85 / 95°C. Tiempo: 15 / 20 minutos.

í Aclarado: Destinado a la eliminación parcial de los productos empleados, así como del agua con suciedad retenida por la ropa.

Agua: nivel medio. Temperatura: 60°C. Tiempo: 4 / 6 minutos.

Le sigue una operación destinada al descenso de la temperatura de la ropa antes de la fase de blanqueo.

Agua: nivel alto. Temperatura: 40°C. Tiempo: 7 minutos.

í Blanqueo. Cloro al 0,2%.

Agua: nivel medio. Temperatura: 20°C. Tiempo: 7 minutos.

í Aclarado anticloro. Destinado a la eliminación del cloro residual del agua. Se realiza utilizando distintos productos.

Agua: nivel alto. Temperatura: agua fría. Tiempo: 3 minutos.

í Aclarado final. Destinado a la eliminación de los productos anticloro y de la alcalinidad residual de la ropa. En esta etapa se puede añadir un producto bactericida.

Agua: nivel alto. Temperatura: 20 / 25 °C. Tiempo: 3 minutos.

El número de secuencias que se apliquen depende del estado de suciedad de la ropa, de la maquinaria y de las cualidades de los productos usados.

La ropa muy sucia puede necesitar de tres a cinco procesos de lavado y cuatro o cinco enjuagues.

7.2. SOBRE EL NIVEL DE CONTAMINACIÓN ADMISIBLE

Artículo 18 - La contaminación de la ropa limpia entregada en el Hospital, no debe ser superior a una colonia por 50 cm2.

7.3. SOBRE EL PH DE LA ROPA LIMPIA

Artículo 19 - El rango establecido como satisfactorio es de 5 a 7 para la ropa limpia entregada en el Hospital.

7.4. SOBRE EL TRANSPORTE DE LA ROPA

Artículo 20 - Los procesos de retiro y entrega de ropa estará a cargo del adjudicatario, y deberán realizarse estableciendo una nítida separación entre ropa limpia sucia, guardando la debida estanqueidad entre ambas y áreas si se tratara de un único vehículo.

7.5. SOBRE LOS CONTROLES DE CALIDAD DEL SERVICIO

Artículo 21 - El hospital y/ o la Secretaría de Salud se reservan el derecho de efectuar, a través de los mecanismos que consideren convenientes, los controles químicos y/ o bacteriológicos que correspondan tanto en la planta de procesamiento como en el producto final.

Artículo 22 - En todos los casos en que en el presente pliego se prevé que debe existir común acuerdo entre el adjudicatario y el hospital, se deberá redactar un REGLAMENTO ORDINARIO que deberá ser suscripto antes del inicio del servicio por el Responsable del hospital y la firma adjudicada. En dicho Reglamento deberán establecerse las rutinas diarias del servicio como así también las situaciones de emergencias.

8. RESPONSABILIDAD

Artículo 23 - Al suscribir el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el prestatario reconocen que se trata de la prestación de un servicio público esencial, que su interrupción o suspensión puede ocasionar serios perjuicios al interés general, afectando la salud de los internados, aceptando por ello la aplicación de las leyes de orden público existentes, que no permiten al prestatario por ninguna causa interrumpir o suspender el servicio.

9. CAPACIDAD ECONÓMICA

Artículo 24 - La capacidad económica del adjudicatario deberá guardar una relación suficiente con el monto del servicio que se licita. Por lo que deberá demostrar expresamente, con presentación de Balance certificado por Contador Público, el cumplimiento de los siguientes índices:

ACTIVO CORRIENTE

PASIVO CORRIENTE

COSTO DE 45 DIAS DEL SERVICIO COTIZADO

PASIVO

PATRIMONIO NETO

10. VIGENCIA

Artículo 25 - El presente contrato tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de notificación fehaciente de la orden de provisión al adjudicatario, con opción del organismo contratante de prorrogar el mismo por un período igual.

ANEXO I

DECLARACIÓN JURADA

Buenos Aires,............................

Por la presente declaro bajo juramento conocer los edificios, las instalaciones y el equipamiento que son parte integrante del hospital.................................................................................. así como su modalidad de trabajo.

ANEXO II

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES TÉCNICAS

SERVICIO DE ENTREGA DIARIA DE PACKS DE ROPA ESTÉRIL REUSABLE PARA

PROCEDIMIENTO QUIRÚRGICO

1. OBJETO

Artículo 1° - El objeto de la presente licitación consiste en la contratación del Servicio de entrega diaria de packs de ropa estéril reusable para procedimientos quirúrgicos

2. REQUISITOS

2.1. HABILIDAD PARA OFERTAR

Artículo 2° - En el momento de la apertura, el oferente deberá presentar:

í Fotocopia certificada por Escribano Público de la constancia de habilitación de la empresa.

í Certificado de habilitación según Resolución N° 255 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación otorgado por la autoridad competente.

í Nombre del Director Técnico y/o Responsable técnico del Establecimiento presentando copia certificada por Escribano de la Inscripción ante autoridad competente ya sea Nacional, Provincial, Municipal y/o Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

í Asimismo, deberá comunicar al Hospital en la misma forma descripta y dentro de las 24 hs de ocurrida, cualquier modificación con respecto al cambio de responsable.

í Nombre del responsable de Esterilización o copia certificada del contrato vigente en el caso de tercerización de dicho servicio.

í La no presentación total o parcial de la documentación antes citada será causa de descarte de la oferta.

2.2. CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS

Artículo 3° - Los oferentes deberán presentar juntamente con la oferta, certificación de haber prestado servicios similares, por lo menos durante un (1) año en otros establecimientos Asistenciales con quirófano y salas de internación, con más de 100 camas. Dicho certificado deberá ser original con el concepto de conformidad del servicio prestado, período de presentación (por lo menos un año) tipo de establecimiento (cantidad de camas, quirófanos etc.) debidamente firmado por el certificante y el oferente. La no presentación del mismo será motivo de descarte.

3. SOBRE EL SERVICIO LICITADO

3.1. CARACTERÍSTICAS

Artículo 4° - La adjudicación del servicio recaerá sobre la firma comercial que ofrezca, ajustándose a lo solicitado y antecedentes de la empresa, la oferta más conveniente de acuerdo a las cantidades, características, y necesidades del hospital licitante que como Cláusulas de condiciones Particulares forman parte del presente.

3.2. SISTEMA A APLICAR

Artículo 5° - El servicio deberá ser realizado bajo las siguientes condiciones:

í La esterilización será realizada por sistema de calor húmedo.

í El adjudicatario deberá presentar en forma mensual el protocolo de esterilización en el que deberán estar debidamente documentado todos los parámetros del ciclo (tiempo, presión, temperatura, etc.).

í Cada pack deberá llevar a la vista una etiqueta de tamaño adecuado para su rápida visualización con una cinta testigo indicadora de la esterilización, número de lote, fecha de vencimiento y el tipo de equipo que contiene el pack.

í Todas las prendas deberán tener doblado quirúrgico.

í En cuanto a la calidad de la tela, deberá ajustarse a las especificaciones técnicas estipuladas en ANEXO C de la presente.

í El oferente deberá presentar los análisis realizados para determinar resistencia a la presión hidrostática del agua, prueba de generación de barrera a partículas, prueba de citotoxicidad e irrigación primaria de la piel, esterilidad, flamabilidad, carga estática, etc.

í Se deberá presentar antecedentes del fabricante en el mercado médico.

í Las prendas que forman los equipos y los individuales deberán contar con un envoltorio final de nylon no menor de 50 micrones, debidamente sellado.

í Entre el envoltorio final y el equipo se incluirá en cada paquete;

a) Una (1) bolsa plástica de no menos de 70 micrones de color verde, con una etiqueta de especificación del tipo de equipo, donde se embolsará la ropa sucia.

b) Un precinto plástico o similar, para el cierre de la bolsa.

c) Un cubre mesa impermeable de 1.50 x 2.00 m de 55 micrones (+/-5%)

í Cada pack estará formado con las prendas que se detallan en ANEXO A.

í El adjudicatario deberá efectuar con la primera entrega un stock de packs a convenir con el hospital licitante, el que deberá ser repuesto diariamente, a fin de que se mantenga siempre estable.

4. FORMA, LUGAR, TRASLADOS y HORARIOS DE ENTREGA

Artículo 6° - Los equipos deberán ser retirados y entregados por personal del Adjudicatario, en cada servicio establecido por el hospital licitante de lunes a viernes en horario a convenir con el hospital. Asimismo, deberá acordar con el hospital el procedimiento a seguir para los días feriados e inhábiles.

Los paquetes se presentarán en cajas o contenedores que garanticen la integridad de los mismos durante sus traslados con identificación externa de tipo y cantidad. No podrán estar en contacto durante su traslado las cajas con material estéril y las que contienen elementos sucios.

El traslado de los paquetes deberá realizarse en vehículos especialmente acondicionados, los que deberán guardar las medidas de higiene y contar con separación estanco de área estéril y no estéril con sus correspondientes puertas de acceso independientes si se tratara de un único vehículo, para que los elementos esterilizados no entren en contacto con cualquier tipo de sustancia contaminante.

5. SOBRE LA ENTREGA DE MUESTRAS

Artículo 7° - En los renglones marcados con (MPE) en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los oferentes deberán presentar una muestra para ensayo de cada pack a los efectos de que el hospital licitante pueda verificar calidad, doblado, y presentación del mismo. La no presentación de las muestras dará lugar al descarte de la oferta.

6. MEDIDAS DE LAS PRENDAS

Artículo 8° - La medidas de las prendas se ajustarán a lo establecido en el ANEXO B

7. CONTROL DEL SERVICIO

Artículo 9° - En el protocolo de control de proceso remitido por el oferente además de especificar los parámetros de ciclo de esterilización deberán estar detallados los números de lote de cada ciclo realizado en el transcurso del mes. El área de esterilización deberá cumplir con las Normas de Esterilización del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Resolución N° 1.292.

El hospital se reserva el derecho de efectuar a través de los mecanismos que considere conveniente, los controles de esterilidad del producto terminado.

8. GARANTÍA

Artículo 10 - El oferente deberá presentar una Declaración Jurada firmada por el Director técnico y/o Responsable técnico en la que manifieste que todos los packs que entreguen durante la vigencia del presente contrato contarán con la Garantía de esterilidad solicitada. La no presentación de la misma será motivo de descarte.

Artículo 11 - Al suscribir el contrato el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el prestatario reconocen que se trata de la prestación de un servicio público esencial, que su interrupción o suspensión puede ocasionar serios perjuicios al interés general, afectando la salud de los internados, aceptando por ello la aplicación de las leyes de orden público existentes, que no permiten al prestatario por ninguna causa interrumpir o suspender el servicio.

10. CAPACIDAD ECONÓMICA

Artículo 12 - La capacidad económica del adjudicatario deberá guardar una relación suficiente con el monto del servicio que se licita. Por lo que deberá demostrar expresamente, con presentación de Balance certificado por Contador Público, el cumplimiento de los siguientes índices:

ACTIVO CORRIENTE

PASIVO CORRIENTE

COSTO DE 45 DIAS DEL SERVICIO COTIZADO

PASIVO

PATRIMONIO NETO

11. VIGENCIA

Artículo 13 - El presente contrato tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de notificación fehaciente de la orden de provisión al adjudicatario, con opción del organismo contratante de prorrogar el mismo por un período igual.

Artículo 13 - El presente contrato tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de notificación fehaciente de la orden de provisión al adjudicatario, con opción del organismo contratante de prorrogar el mismo por un período igual.

PACK MAYOR

SÁBANAS4
COMPRESAS6
CAMISOLINES4
TOALLAS DE PAPEL4

PARA ENVOLTORIO

1° ENVOLTORIOSÁBANAS2 ó 1 (una) Sábana y 1 (una) MICRO FIBRA
2° ENVOLTORIOPAPEL CREPADO O SMS1
3° ENVOLTORIO (FINAL)NYLON SELLADO1

PACK MENOR
SÁBANAS2
COMPRESAS CHICAS3
CAMISOLINES3
TOALLAS DE PAPEL4

PARA ENVOLTORIO
1° ENVOLTORIOSÁBANAS2 ó 1 (una) sábana y 1(una) MICRO FIBRA
2° ENVOLTORIOPAPEL CREPADO O SMS1
3° ENVOLTORIO (FINAL)NYLON SELLADO1

PACK PARTOS Y LEGRADOS
SÁBANAS1
COMPRESAS CHICAS2
CAMISOLINES2
PIERNERAS2

PARA ENVOLTORIO
1° ENVOLTORIOSÁBANAS2 ó 1 (una) sábana y 1(una) MICRO FIBRA
2° ENVOLTORIOPAPEL CREPADO O SMS1
3° ENVOLTORIO (FINAL)NYLON SELLADO1

INDIVIDUALES
SÁBANAS1
COMPRESAS CHICAS1
CAMISOLINES1
TOALLÓN1

ENVOLTORIO DE CADA INDIVIDUAL
1° ENVOLTORIOPAPEL CREPADO DOBLE ENVOLTORIO SIMPLE1
2° ENVOLTORIO (FINAL)POLIPROPILENO1

ANEXO B

MEDIDAS DE LAS PRENDAS

CAMISOLÍN PARA CIRUGÍA:

CUELLO: escote redondo, con refuerzo de la misma tela o similar de aproximadamente 1.50 cm de ancho

ESPALDA: retroespaldero obligatorio. Con pares de tiras que producen el cruce adecuado con técnica aséptica para protección del campo quirúrgico.

MANGA: larga, de 85 cm aproximadamente con puño de algodón 100% elastizado, de aproximadamente 7 cm. de alto y de aproximadamente 10 cm. de diámetro- sentido muñeca/ codo) La sisa tendrá una profundidad mínima de 30 cm. Y la unión irá desde el puño al cuello sobre la parte superior con costura doble reforzada.

Ancho / contorno: 1.75 m (+/- 5%)

Largo: 1.55 m (+/- 5%)

OBSERVACIONES: El camisolín contará con refuerzo en el frente el cual cubrirá la totalidad del ancho del mismo y de largo 70 cm aproximadamente. Que supere el límite inguinal, también la manga en su totalidad, contará con el mencionado refuerzo.

COMPRESAS: Para cirugía (doblado quirúrgico), tendrán una medida de (+/- 10%) 0.80 cm. X 0.80 cm. aproximadamente y sus costuras serán dobles.

SÁBANAS: Para cirugía (doblado quirúrgico) tendrán una medida de (+/- 5%) 2.20 m x 1.60 m aproximadamente

SÁBANAS (Envoltorio) Envolvedor de todo el pack, tendrán una medida de (+/- 5%) 2.00 m x 1.50 m aproximadamente.

PIERNERAS: Tipo sobre de 1.10 m de largo x 0.80 m de ancho aproximadamente (+/-5%) con costuras dobles de unión en los laterales. Las partes no unidas, que forman la zona abierta del sobre con dobladillo de costuras dobles.

TOALLÓN: Tendrá una medida de 1.40 m de largo x 0.60 m (+/-5%)

ANEXO C

CARACTERÍSTICAS DE LAS TELAS QUE DEBERÁN

TENER LAS PRENDAS

1. Camisolines: presentan los siguientes requerimientos mínimos:

a. Zonas expuestas: (pechera y mangas) fibra poliéster 100% microfibra peso 115 gr x m2 aproximadamente, tejido tipo gabardina fluorocarbonada que tenga una hemorrepelencia de aproximadamente 70 cm de columna de agua.

b. Zona no expuesta: (espalda, falda) fibra poliéster 50% y algodón 50%, pero 165 grs. por m2 aproximadamente, tejido tafetán con una hemorrepelencia superior a 40 cm de columna de agua.-Campos y sábanas: fibra poliéster 50% y algodón 50%, peso 165 grs. por m2 aproximadamente, tejido tafetán con hemorrepelencia superior a los 40 cm. de columna de agua.

2. Compresas y Sábanas: presentan los siguientes requerimientos:

a. Fibra de poliéster 50% y algodón 50%, 165 grs x m2 y tejido de tafetán, con una hemorrepelencia superior a los 40 cm de columna de agua.

3. 1° Envoltorio:

a. Opción 1: (2 sábanas) Fibra de poliéster 50% y algodón 50%, 165 grs x m2 y tejido de tafetán, con una hemorrepelencia superior a los 40 cm de columna de agua.

b. Opción 2: (1 sábanas + 1 micro fibra) la sábana de fibra de poliéster 50% y algodón 50%, 165 grs x m2 y tejido de tafetán, con una hemorrepelencia superior a los 40 cm de columna de agua + micro fibra de poliéster 100% de hilado continuo, de alta densidad y antiestático.

4. 2° Envoltorio: de papel crepado o SMS.

5. Pierneras: presentan los siguientes requerimientos:

a. Fibra de poliéster 50% y algodón 50% de 165 grs. x m2.

6. Toallones: presentan los siguientes requerimientos:

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle