DISPOSICIÓN 2483 2016 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

APRUEBA NUEVO PROCEDIMIENTO DIGITAL - DIGITALIZACIÓN PROCESOS - TRANSPARENCIA - TRÁMITES ADMINISTRATIVOS - PRESENTACIÓN EJECUCIÓN Y DESARROLLO DE VERIFICACIONES ESPECIALES - DISTINTAS ETAPAS DE OBRA - WEB DEL DIRECTOR DE OBRA - REGLAMENTACIÓN - FORMULARIOS NOTIFICACIÓN DE DESLIGUE Y DESVINCULACIÓN DE OBRA - SISTEMA WEB - DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS - VIGENCIA - CADUCIDAD PLENO DERECHO PROCEDIMIENTO ANTERIOR - PROCEDIMIENTO DIGITAL 

Publicación:

08/11/2016

Sanción:

02/11/2016

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Estado:

No vigente


VISTO:

LAS LEYES 2624, 4268 y 3304, LA RESOLUCIÓN 66/AGC/2013 Y

MODIFICATORIAS, LA DISPOSICION N° 1227/DGFYCO/2015, Y EL EXPEDIENTE

ELECTRONICO N° 20910698/2016 Y;

CONSIDERANDO:

Que en virtud de las previsiones de la Ley 3304, relativa a la Modernización del

Estado, la Agencia Gubernamental de Control viene desarrollando políticas que

implementan la digitalización de los procesos y circuitos que se llevan a cabo en su

ámbito para lograr una mayor transparencia y celeridad en los trámites administrativos;

Que en línea con lo manifestado en el marco de la Disposición N° 1227/DGFyCO/2015

por el ANEXO I se aprobó el procedimiento aplicable en el ámbito de esta Dirección

General para las inspecciones que regula el Artículo 2.2.1.8 y cc del Código de la

Edificación;

Que en virtud de la continuidad del plan de digitalización de los trámites

administrativos, resulta necesario aprobar un nuevo procedimiento para la

presentación, ejecución y desarrollo de las Verificaciones Especiales y las distintas

etapas de obra, el cual se denominará "WEB DEL DIRECTOR DE OBRA", que se

encuentra glosado en la presente con ANEXO I - Reglamentación del Aplicativo - y

ANEXO II -Formularios por Notificación de Desligue y Desvinculación de la Obra;

Que el citado sistema se encontrará operativo a partir del día 03/11/2016 y funcionará

paralelamente con el procedimiento anterior con el objeto de facilitar la utilización

progresiva;

Que para ello se fija como fecha límite el día 30/12/2016 para el uso del sistema

implementado por Disposición 1227/DGFyCO/2015 el cual quedará sin efecto a partir

de ese momento y pasando a ser de uso único y obligatorio el sistema web;

Que a razón de lo expresado en el párrafo anterior, a partir del 02 de Enero de 2017,

corresponderá determinar que solo tendrá vigencia el "WEB DEL DIRECTOR DE

OBRA" quedando el procedimiento

establecido por la Disposición N°

1227/DGFYCO/2015, caduco de pleno derecho;

Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébese el nuevo procedimiento digital "WEB DEL DIRECTOR DE

OBRA" que se encuentra glosado a la presente con ANEXO I (DI-2016-24579256-

DGFYCO) y ANEXO II (DI-2016-24579355- -DGFYCO).

Artículo 2°.- Manténgase hasta el 30 de Diciembre de 2016, inclusive, la vigencia del

procedimiento aprobado por Disposición N° 1227/DGFYCO/2015, el cual caducará de

pleno derecho el próximo 02 de Enero de 2017, resultando sólo aplicable el

procedimiento digital, estipulado por el "WEB DEL DIRECTOR DE OBRA", para la

presentación, ejecución y desarrollo de las Verificaciones Especiales y las distintas

etapas de una obra.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Notifíquese a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, dependiente del

ministerio de Desarrollo Urbano. Notifíquese al Consejo Profesional de Arquitectura y

Urbanismo (CPAU) y al Consejo de Ingeniería Civil (CPIC) Cumplido, archívese.

Alonso


ANEXOS

ANEXO de la Disposición 2483-DGFYCO-16.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 472-AGC-19 deja sin efecto a la Disposición 2483-DGFYCO-16.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 1143-DGFYCO-17, aprueba la actualización del procedimiento aplicable en el ámbito de la Web del Director de Obra, que fuera oportunamente aprobado por Disposición<strong> </strong>2483-DGFYCO-16.</p>
MODIFICA
<p>El art. 2 de la Disposición 2483-DGFYCO-2016 mantiene hasta el 30 de Diciembre de 2016, inclusive, la vigencia del procedimiento aprobado por Disposición N° 1227/DGFYCO/2015, él cual caducará de<br />pleno derecho el 2 de Enero de 2017.</p>