DISPOSICIÓN 2483 2016 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
Síntesis:
APRUEBA NUEVO PROCEDIMIENTO DIGITAL - DIGITALIZACIÓN PROCESOS - TRANSPARENCIA - TRÁMITES ADMINISTRATIVOS - PRESENTACIÓN EJECUCIÓN Y DESARROLLO DE VERIFICACIONES ESPECIALES - DISTINTAS ETAPAS DE OBRA - WEB DEL DIRECTOR DE OBRA - REGLAMENTACIÓN - FORMULARIOS NOTIFICACIÓN DE DESLIGUE Y DESVINCULACIÓN DE OBRA - SISTEMA WEB - DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS - VIGENCIA - CADUCIDAD PLENO DERECHO PROCEDIMIENTO ANTERIOR - PROCEDIMIENTO DIGITAL
Publicación:
08/11/2016
Sanción:
02/11/2016
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
Estado:
No vigente
VISTO:
LAS LEYES 2624, 4268 y 3304, LA RESOLUCIÓN 66/AGC/2013 Y
MODIFICATORIAS, LA DISPOSICION N° 1227/DGFYCO/2015, Y EL EXPEDIENTE
ELECTRONICO N° 20910698/2016 Y;
CONSIDERANDO:
Que en virtud de las previsiones de la Ley 3304, relativa a la Modernización del
Estado, la Agencia Gubernamental de Control viene desarrollando políticas que
implementan la digitalización de los procesos y circuitos que se llevan a cabo en su
ámbito para lograr una mayor transparencia y celeridad en los trámites administrativos;
Que en línea con lo manifestado en el marco de la Disposición N° 1227/DGFyCO/2015
por el ANEXO I se aprobó el procedimiento aplicable en el ámbito de esta Dirección
General para las inspecciones que regula el Artículo 2.2.1.8 y cc del Código de la
Edificación;
Que en virtud de la continuidad del plan de digitalización de los trámites
administrativos, resulta necesario aprobar un nuevo procedimiento para la
presentación, ejecución y desarrollo de las Verificaciones Especiales y las distintas
etapas de obra, el cual se denominará "WEB DEL DIRECTOR DE OBRA", que se
encuentra glosado en la presente con ANEXO I - Reglamentación del Aplicativo - y
ANEXO II -Formularios por Notificación de Desligue y Desvinculación de la Obra;
Que el citado sistema se encontrará operativo a partir del día 03/11/2016 y funcionará
paralelamente con el procedimiento anterior con el objeto de facilitar la utilización
progresiva;
Que para ello se fija como fecha límite el día 30/12/2016 para el uso del sistema
implementado por Disposición 1227/DGFyCO/2015 el cual quedará sin efecto a partir
de ese momento y pasando a ser de uso único y obligatorio el sistema web;
Que a razón de lo expresado en el párrafo anterior, a partir del 02 de Enero de 2017,
corresponderá determinar que solo tendrá vigencia el "WEB DEL DIRECTOR DE
OBRA" quedando el procedimiento
establecido por la Disposición N°
1227/DGFYCO/2015, caduco de pleno derecho;
Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas,
Artículo 1°.- Apruébese el nuevo procedimiento digital "WEB DEL DIRECTOR DE
OBRA" que se encuentra glosado a la presente con ANEXO I (DI-2016-24579256-
DGFYCO) y ANEXO II (DI-2016-24579355- -DGFYCO).
Artículo 2°.- Manténgase hasta el 30 de Diciembre de 2016, inclusive, la vigencia del
procedimiento aprobado por Disposición N° 1227/DGFYCO/2015, el cual caducará de
pleno derecho el próximo 02 de Enero de 2017, resultando sólo aplicable el
procedimiento digital, estipulado por el "WEB DEL DIRECTOR DE OBRA", para la
presentación, ejecución y desarrollo de las Verificaciones Especiales y las distintas
etapas de una obra.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, dependiente del
ministerio de Desarrollo Urbano. Notifíquese al Consejo Profesional de Arquitectura y
Urbanismo (CPAU) y al Consejo de Ingeniería Civil (CPIC) Cumplido, archívese.
Alonso
ANEXOS
ANEXO de la Disposición 2483-DGFYCO-16.